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Las Miserias Del Proceso Penal


Enviado por   •  2 de Febrero de 2012  •  3.668 Palabras (15 Páginas)  •  1.042 Visitas

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Juicio Oral

El Juicio Oral es como coloquialmente se conoce al nuevo sistema penal acusatorio vigente en México a partir del 19 de junio del 2008.

Se ha llamado Juicio Oral porque el sistema se caracteriza por desahogar la etapa central del procedimiento de viva voz ante un juez o tribunal que entiende del litigio.

Los llamados juicios orales permiten que todas las partes en el proceso estén presentes durante el desarrollo de las audiencias, con especial énfasis en la presencia indelegable del juez. Esto a fin de que todos tengan conocimiento directo de las pruebas recabadas y la misma oportunidad de defenderlas o contradecirlas durante una o dos audiencia de manera pública y sin interrupciones.

El Juicio Oral es un procedimiento ágil y transparente que facilita el balance entre el acusado y el ofendido, y asegura el respeto a sus derechos humanos.

Del Arresto al Juicio

Arresto

a) El presunto delincuente es arrestado y conducido a la estación de policía donde es cateado y los artículos de su propiedad le son recogidos y enlistados en un "registro de custodia". Se le informa su derecho de no decir nada y de contar con los servicios de un abogado antes de ser interrogado y durante cualquier interrogatorio.

Policía:

a) Arresta y conduce al delincuente a la estación de policía donde es cateado.

b) Recoge los artículos de propiedad del detenido y los enlista en un

"registro de custodia".

Acusado:

a) Es informado de su derecho de no decir nada.

b) Tiene derechos a los servicios de un abogado antes y durante cualquier interrogatorio.

Detención e Interrogatorio

Mientras permanezca en la estación de policía el detenido será vigilado por el "Oficial de Custodia", el cual permanece absolutamente independiente de la investigación y tiene la obligación de registrar todo lo que suceda al prisionero: es responsable del trato que reciba, escuchará del acusado o de su abogado cualquier protesta formal y tomará nota de las muestras de evidencia que se le soliciten.

El acusado debe tener derecho a ver y firmar las notas de los oficiales de policía que guarden relación con su arresto, ya sea en la escena del crimen o en la estación de policía.

Esto aumenta la confianza que los acusados tienen en la policía y protege a los oficiales de acusaciones injustas o falsas.

Oficial de Custodia:

a) Vigilar al detenido y es independiente de la investigación.

b) Tiene la obligación de registrar todo lo que suceda al prisionero.

c) Es responsable del trato que se le dé y de que se respeten sus derechos.

d) Escucha cualquier protesta formal del acusado o de su abogado.

e) Toma nota de nuestras de evidencia solicitadas.

Acusado:

a) Tiene derecho a ver y firmar las notas de la policía relacionadas con su arresto, tanto en la escena del crimen como en la estación de policía.

b) Tiene derecho a comer, dormir y a que lo vea un médico si es necesario.

Presentación de documentación por parte de la policía.

Si se encuentra suficiente evidencia, la policía decide si un detenido debe de ser acusado.

Una vez que el sospechoso haya sido entrevistado, el oficial de custodia, dependiendo de la naturaleza del delito, presenta los cargos de un delito cuando éste es menor o, en todos los demás casos, refiere el archivo del caso al Fiscal de la Corona para que tome la decisión sobre la presentación de cargos. Cualquier respuesta adicional a los cargos presentados que quisiera dar el sospechoso, será registrado por el oficial de custodia en el registro de custodia. Será entonces liberado bajo fianza o permanecerá en custodia para comparecer ante un magistrado en las siguientes 24 horas.

Policía:

a) Entrevista al detenido.

b) Decide si el detenido debe ser acusado.

Oficial de Custodia:

a) Presentar cargos si el delito es menor.

b) Si el delito es menor, refiere el archivo del caso al Fiscal de la Corona para que tome la decisión sobre la presentación de cargos.

c) Registra en el registro de custodia cualquier respuesta a los cargos presentados que quiera añadir el sospechoso.

Acusado:

a) Tiene derecho a ser liberado bajo fianza o permanecerá en custodia para comparecer ante un magistrado en las siguientes 24 horas.

Presentación de cargos

El archivo del caso pasa a manos de la Fiscalía de la Corona, encargada de conducir el caso y de tomar todas las decisiones respecto a la presentación de cargos, en los casos que no sean delitos menores. Si el presunto delincuente, se podrá proceder a un juicio en la Corte de los Magistrados en la que no participan un jurado.

El abogado defensor instruirá a un litigante para que defienda a su cliente en el tribunal.

Además de presentar el caso ante el tribunal, los litigantes de ambas partes deberán notificar la evidencia que se requiera en el juicio y redactar cualquier argumento legal que necesite presentarse antes del juicio o durante el transcurso del mismo.

Fiscal de la Corona:

a) Recibe el archivo del caso y se encarga de conducir el caso y de tomar todas las decisiones respecto a la presentación de cargos.

b) Si el sospechoso se declara culpable, se procede a un juicio en la Corte de los Magistrados sin la participación de un jurado.

c) Presenta el caso ante el tribunal, notifica la evidencia que se requerirá en el juicio y redacta los argumentos legales para presentar antes o durante el juicio.

Abogado Defensor:

a) Instruirá a un litigante para que defienda a su cliente ante el tribunal.

b) Presenta su versión del caso ante el tribunal, notifica la evidencia que se requerirá en el juicio y redacta los argumentos legales para presentar antes o durante el juicio.

El Juicio

Los juicios en el Juzgado de la Corona actualmente son presididos por "Audiencias de Declaración y Administración del Caso", en las que se dan órdenes detalladas y se discuten temas relacionados con la declaración, la apertura, la longitud y la conducción del juicio.

La ley presume a un acusado inocente hasta no ser comprobada su culpabilidad por la fiscalía más allá de la duda razonable. El juicio empieza con la selección y protesta del jurado. La selección es

aleatoria y se hace a través de citatorios a personas que aparecen en el padrón electoral. Todos los juicios por jurado requieren ser conformados por doce miembros, aunque el juicio puede continuar con sólo nueve, si es necesario liberar alguno de ellos por mala conducta o enfermedad.

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