ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Las normas sociales


Enviado por   •  9 de Noviembre de 2013  •  Monografía  •  4.347 Palabras (18 Páginas)  •  609 Visitas

Página 1 de 18

TEMA 1: EL DERECHO

1. Concepto y funciones.

El objeto del derecho es la regulación de las relaciones sociales, es decir aquellas que establecen una pluralidad de seres humanos. En efecto la convivencia de los seres humanos solo es posible si se marcan unos límites entre la esfera de los seres humanos y las demás. Hace falta, en definitiva, en los seres humanos un sistema, reglas de conductas que hagan viable la convivencia. Cuando estas reglas se establecen y su cumplimiento se impone, por quien tiene potestad de ello, configuran en su conjunto el derecho como unidad jurídica.

Podemos definir el derecho como el conjunto de normas jurídicas que ordenan las conductas de los sujetos en sus relaciones con los demás. Enunciadas por órganos competentes e impuestas coactivamente a los ciudadanos.

Hay que distinguir las normas jurídicas de los morales y sociales.

Las normas sociales son las normas prácticas generalmente admitidas en una comunidad o en alguno de sus sectores, cuya infracción acarrea una sanción exclusivamente social. Las normas morales supone la conciencia de un deber de una conducta que debemos que observar cuya infracción lleva consigo un reproche moral.

En definitava a primera vista, la distinción entre normas sociales y morales y los jurídicos no parecen difícil. Estos últimos aparecen obligatorios, porque puede exigirse su aplicación coactiva a través de los órganos y medios para hacer las cumplir. Por lo tanto, estas normas de conductas externa del sujeto en sus relaciones con los demás han de ser enunciadas por los órganos e impuestos coordinadamente a los ciudadanos.

Las funciones del derecho.

1. La regulación de las relaciones sociales: el derecho responde a la necesidad de ordenar el mundo en base a una dimensión social del hombre en familia, en asociación, relaciones de cooperación, etc.

2. La solución de conflictos: correlativa a la regulación de las relaciones sociales, es la solución de los conflictos que pueden surgir de las relaciones sociales. El derecho se muestra, entonces, en su vertiente ya no reguladora, sino represiva.

Los fines del derecho

1) Seguridad:tiene 3 verticentes:

- La paz que debe entenderse como que el individuo se encuentre protegido frente a la agresión de los demás, es decir, la relaciones sociales discurran normalmente sin necesidad de recurrir a la violencia.

- El orden en este sentido es organizar la convivencia imponiendo una orden cualquiera equitativo o dual para todos.

- La corteza del derecho que se trata de la seguridad del individuo frente al poder del Estado. El derecho tiene que ser cierto, es decir, que sus normas sean conocidas y comprendidas y fijen con razonable precisión que ordenan, que prohiben o que autorizan las consecuencias legales de nuestra conducta.

2) La Justicia, toda la norma deben representar una formación y una equilibrio en la distribución de derechos y sanciones. Sin embargo, contexto justicia vista mucho de ser universal en variable. Por ello, los valores fundamentales del hombre, el desarrollo de derecho y libertades proclamados por la Constitución han de actuar como marco de referencia necesario en la organización de la convivencia humana.

Una distinción fundamental dentro del derecho es la que se establece entre derecho público y derecho privado:

- El Derecho Público es el conjunto de normas jurídicas destinadas a regular la organización de los poderes políticos y las relaciones que pueden mantener entre sí y con el resto de los ciudadanos, siempre y cuando que actúen en su versión de órgano revestido de poder.

- El Derecho Privado está constituido por aquel conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre entes privadas y entes públicas cuando estas no actúen con el imperio, en ellas características, si no como particulares.

Las ramas de derecho privado son principalmente:

- El Derecho Civil, que se aplica a todas las personas sujetas a un determinado ordenamiento jurídico nacional por el solo hecho de ser personas, sin exigirse, por tanto, ningún otro requisito. Las normas del mismo regulan los aspectos fundamentales de la vida de una persona: su nacimiento, matrimonio y familia; su patrimonio, su muerte y la sucesión derivada de ella.

- El Derecho Mercantil regula las relaciones de los empresarios entre sí o la de estos con sus clientes, por lo que se califica como especial por aplicarse solo a ciertos individuos, frente al derecho civil que es como general, es decir que se aplica a todos.

- El Derecho del Trabajo es de difícil adscripción a una categoría. Por tanto, además del estudio del contrato de trabajo, que es derecho privado por excelencia, aborda materia de derecho público como la seguridad social o el derecho sindical.

Las ramas del derecho público son fundamentalmente:

- El Derecho Internacional Público: regula las relaciones entre estados.

- El Derecho Penal: relativo a los delitos y a las penas que son su consecuencia.

- El Derecho Administrativo: regula la administración pública respecto a su organización y servicios en relaciones con sus ciudadanos.

- El Derecho Procesal: regula tanto el proceso jurisdiccional como la integración y la competencia de los órganos del Estado que intervienen en el mismo.

- El Derecho Tributario: estudia las normas jurídicas, a través de las cuales el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar el gasto público en arras a la consecución del bien común.

- El Derecho Constitucional: cuyo objeto es la forma de Estado y de Gobierno y la regulación de los poderes públicos.

2. La Norma del Derecho.

Del Derecho se habla en dos sentidos:

- Derecho como facultad, que es llamado Derecho Subjetivo.

- Si el legislador establece normas, hablamos de Derecho objetivo. Por ejemplo si el legislador establece normas para la jubilación.

En su sentido más estricto la Norma se caracteriza por ser:

- Abstracta y general, es decir, planteando una hipótesis y estableciendo una consecuencia que se establecerá siempre que se dé la hipótesis. Por ejemplo al fallecimiento del padre sin testamento los hijos podrán reclamar la herencia.

- No son normas las sentencias judiciales.

- Imperatividad o coactividad: las normas son tales, no solo porque el legislador haya proclamado su imperatividad, sino que su observancia puede ser impuesta por la fuerza a quienes se resistan aceptarla y sin esta nota no podemos hablar de Derecho Positivo.

Clases de normas:

No toda norma obliga de igual modo:

- Unas imponen una determinada conducta activa o pasiva, es decir,

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (28 Kb)
Leer 17 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com