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Legislación Industrial.


Enviado por   •  22 de Agosto de 2016  •  Apuntes  •  1.185 Palabras (5 Páginas)  •  359 Visitas

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TALLER DE LEGISLACIÓN INDUSTRIAL

Bachilleres:

  • Benítez M, Cindy C.
  • Bermúdez B, Angelina.
  • Hernández S, Anabell D.

  1. Explique las normas N°10 y  14 en el Código de Ética Profesional del Ingeniero.

10mo. (licitaciones): Concurrir deliberadamente o invitar, a licitaciones de Estudio y/o proyectos de obras.

Plantea que los ingenieros no deben actuar mediante soborno, fraude o corrupción, todo ingeniero debe mantener una conducta basada en la capacidad, honradez y justicia.

En otras palabras, esta norma lo que se plantea es que todo ingeniero debe solicitar de manera legal presupuestos, estudiarlos cada uno detalladamente para posteriormente adquirir el que mejor se adapte a las necesidades de su lugar de trabajo basándose en los costos, sin obtener ningún tipo de soborno, fraude o corrupción por la adquisición de productos o servicios.

14to. (intereses): Adquirir intereses que, directa o indirectamente colindan con los de la empresa o cliente que emplea sus servicios o encargases sin conocimiento de los interesados de trabajos en los cuales existan intereses antagónicos.

Se entiende por esto, que los ingenieros no deben aceptar ni solicitar un empleo fuera de su interés personal sin el consentimiento de sus empleadores

  1. Un futbolista profesional le reclama al dueño del equipo el pago de horas extraordinarias puesto que entre los juegos y el entrenamiento trabaja 10 horas al día, además exige que se le otorgue un pago adicional por haber trabajado en horas nocturnas. Explique si el reclamo de este jugador está o no ajustado a derecho.

Según el artículo 223 de la LOTTT, la jornada laboral de los trabajadores del deporte, en este caso el futbolista, estarán sujetos a las modalidades y características de la actividad, tomando en cuenta que el tiempo empleado para su entrenamiento cuenta como parte de su jornada laboral que no podrá exceder de la jornada semanal definida en la LOTTT por su artículo 173, la cual establece que las jornadas diurnas no podrán exceder de 40 horas semanales,35 horas en jornadas nocturnas y 37 horas y medias en una jornada mixta semanalmente. En caso de exceder las horas de la jornada laboral el dueño del equipo debe establecer compensaciones especiales al futbolista.

Sin embargo las mismas no podrán definirse como el pago de horas extras ni bono nocturno, pues según el artículo 224 de la LOTTT para los deportistas no aplica el pago de horas extras, trabajo nocturno ni transporte. Por lo tanto el deportista no se encuentra en lo cierto al pedir bono nocturno, pero si se le debe cancelar compensaciones especiales al exceder su jornada laboral semanal.

  1. De acuerdo con lo estudiado acerca de la clasificación de los contratos de trabajo según su duración, se podría decir que los trabajadores rurales permanentes se equiparan con los trabajadores por tiempo indeterminado, y los trabajadores rurales por temporadas con los trabajadores por tiempo determinado. Explique.

Se entiende como trabajadores rurales permanentes,  aquellas personas que prestan su servicio en un fundo agrícola o pecuario al menos 6 meses al año de forma regular e ininterrumpida, trabajando exclusivamente para un solo empleador. Este tipo de trabajadores agrícolas tienen relación con el contrato de trabajo a tiempo indeterminado, puesto que, los trabajadores rurales permanentes no están vinculados con una obra determinada o por tiempo determinado, sino que, en el contrato no está expresada la voluntad del patrono y el trabajador de finalizar la relación laboral en un momento determinado.

Asimismo, los trabajadores rurales por temporada,  se conocen como empleados que trabajan en épocas específicas del año y en jornadas continuas e ininterrumpidas, por tiempos concretos que delimiten el trabajo que estén realizando, su labor está relacionada con los contratos a tiempo determinado, porque éste tipo de contrato  se lleva  acabo solo por un lapso de tiempo determinado y cuando sea necesario la prestación del servicio. Puesto que en Venezuela la agricultura se organiza en época de lluvia y sequía, es común utilizar a los trabajadores por temporada al inicio y final de la cosecha.

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