Ley De Presupuesto
Enviado por PAKITO74 • 5 de Diciembre de 2012 • 535 Palabras (3 Páginas) • 372 Visitas
LEY DE PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y GASTO PUBLICO
CAPITULO IV
De la contabilidad
Artículo 39
Cada entidad llevará su propia contabilidad, la cual incluirá las cuentas para registrar tanto los activos, pasivos, capital o
patrimonio, ingresos, costos y gastos, como las asignaciones, compromisos y ejercicios correspondientes a los
programas y partidas de su propio presupuesto.
Los catálogos de cuentas que utilizarán las entidades a que se refieren las fracciones I a V del artículo 2o. de esta ley
serán emitidos por la Secretaría de Programación y Presupuesto y los de las entidades mencionadas en las fracciones VI
a VIII del mismo artículo serán autorizados expresamente por dicha Secretaría.
Artículo 40
La contabilidad de las entidades se llevará con base acumulativa para determinar costos y facilitar la formulación,
ejercicio y evaluación de los presupuestos y sus programas con objetivos, metas y unidades responsables de su
ejecución.
Los sistemas de contabilidad deben diseñarse y operarse en forma que faciliten la fiscalización de los activos, pasivos,
ingresos, costos, gastos, avances en la ejecución de programas y en general de manera que permitan medir la eficacia y
eficiencia del gasto público federal.
Artículo 41
Las entidades suministrarán a la Secretaría de Programación y Presupuesto, con la periodicidad que ésta lo determine, la
información presupuestal, contable, financiera y de otra índole que requiera.
A su vez, la Secretaría de Programación y Presupuesto, proporcionará a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la
información relacionada con estas mismas materias en la forma y con la periodicidad que al efecto convengan.
Artículo 42
La Secretaría de Programación y Presupuesto girará las instrucciones sobre la forma y términos en que las entidades
deban llevar sus registros auxiliares y contabilidad y, en su caso, rendirle sus informes y cuentas para fines de
contabilización y consolidación. Asimismo, examinará periódicamente el funcionamiento del sistema y los
procedimientos de contabilidad de cada entidad y podrá autorizar su modificación o simplificación.
Artículo 43
Los estados financieros y demás información financiera, presupuestal y contable que emanen de las contabilidades de las
entidades comprendidas en el Presupuesto de Egresos de la Federación serán consolidados por la Secretaría de
Programación y Presupuesto, la que será responsable de formular la Cuenta anual de la Hacienda Pública Federal y
someterla a la consideración del Presidente de la República para su presentación en los términos del párrafo sexto de la
fracción IV del artículo 74 Constitucional.
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