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Ley De Presupuesto


Enviado por   •  5 de Diciembre de 2012  •  535 Palabras (3 Páginas)  •  372 Visitas

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LEY DE PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y GASTO PUBLICO

CAPITULO IV

De la contabilidad

Artículo 39

Cada entidad llevará su propia contabilidad, la cual incluirá las cuentas para registrar tanto los activos, pasivos, capital o

patrimonio, ingresos, costos y gastos, como las asignaciones, compromisos y ejercicios correspondientes a los

programas y partidas de su propio presupuesto.

Los catálogos de cuentas que utilizarán las entidades a que se refieren las fracciones I a V del artículo 2o. de esta ley

serán emitidos por la Secretaría de Programación y Presupuesto y los de las entidades mencionadas en las fracciones VI

a VIII del mismo artículo serán autorizados expresamente por dicha Secretaría.

Artículo 40

La contabilidad de las entidades se llevará con base acumulativa para determinar costos y facilitar la formulación,

ejercicio y evaluación de los presupuestos y sus programas con objetivos, metas y unidades responsables de su

ejecución.

Los sistemas de contabilidad deben diseñarse y operarse en forma que faciliten la fiscalización de los activos, pasivos,

ingresos, costos, gastos, avances en la ejecución de programas y en general de manera que permitan medir la eficacia y

eficiencia del gasto público federal.

Artículo 41

Las entidades suministrarán a la Secretaría de Programación y Presupuesto, con la periodicidad que ésta lo determine, la

información presupuestal, contable, financiera y de otra índole que requiera.

A su vez, la Secretaría de Programación y Presupuesto, proporcionará a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la

información relacionada con estas mismas materias en la forma y con la periodicidad que al efecto convengan.

Artículo 42

La Secretaría de Programación y Presupuesto girará las instrucciones sobre la forma y términos en que las entidades

deban llevar sus registros auxiliares y contabilidad y, en su caso, rendirle sus informes y cuentas para fines de

contabilización y consolidación. Asimismo, examinará periódicamente el funcionamiento del sistema y los

procedimientos de contabilidad de cada entidad y podrá autorizar su modificación o simplificación.

Artículo 43

Los estados financieros y demás información financiera, presupuestal y contable que emanen de las contabilidades de las

entidades comprendidas en el Presupuesto de Egresos de la Federación serán consolidados por la Secretaría de

Programación y Presupuesto, la que será responsable de formular la Cuenta anual de la Hacienda Pública Federal y

someterla a la consideración del Presidente de la República para su presentación en los términos del párrafo sexto de la

fracción IV del artículo 74 Constitucional.

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