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Ley Federal Del Trabajo


Enviado por   •  10 de Agosto de 2013  •  2.076 Palabras (9 Páginas)  •  376 Visitas

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¿Quién es el patrón según la LFT?

Según el Artículo 10. Patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores. Si el trabajador, conforme a lo pactado o a la costumbre, utiliza los servicios de otros trabajadores, el patrón de aquél, lo será también de éstos.

¿Quién es el trabajador?

Trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado. Para los efectos de esta disposición, se entiende por trabajo toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio.

¿Cómo se define la relación del trabajo según la ley?

De acuerdo al Artículo 20 de la Ley Federal de Trabajo.-Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario. La relación de trabajo ha sido y continúa siendo el principal medio de acceso de los trabajadores a los derechos y beneficios asociados con el empleo, en las áreas del trabajo y la seguridad social. Es, además, el punto de referencia clave para determinar la naturaleza y alcance de los derechos y obligaciones de los empleadores respecto de sus trabajadores.

¿Qué es el contrato de trabajo?

La Ley Federal del Trabajo (en lo sucesivo LFT), establece en su artículo 25, que los empleadores se encuentran obligados a establecer las condiciones de trabajo con sus empleados, a través de Contratos por escrito, en caso de no cumplirse con dicha obligación legal, éstos se hacen acreedores a sanciones de carácter administrativo y legal.

Los contratos individuales de trabajo especifican las condiciones de trabajo a que se refiere el artículo mencionado y que a continuación se detallan:

• Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, domicilio del trabajador y del patrón.

• Tipo de la relación de trabajo.

• El servicio que debe prestarse.

• El lugar en el que deba prestarse el servicio.

• La duración de la jornada.

• La forma y el monto del salario.

• El día y el lugar de pago del salario.

¿Qué es el salario?

Los salarios mínimos podrán ser generales para una o varias áreas geográficas de aplicación, que pueden extenderse a una o más entidades federativas o profesionales, para una rama determinada de la actividad económica o para profesiones, oficios o trabajos especiales, dentro de una o varias áreas geográficas.

Los salarios mínimos generales regirán para todos los trabajadores del área o áreas geográficas de aplicación que se determinen, independientemente de las ramas de la actividad económica, profesiones, oficios o trabajos especiales.

¿Cuál es la definición entre sueldo y salario?

El salario es la remuneración que recibe el trabajador puede ser de manera diaria.

El sueldo es la suma de dinero asignado por el desempeño de un cargo o servicio profesional de forma periódica a un trabajador.

¿Cuántos días de descanso a la semana establece la LFT y que días son?

Según los artículos:

ARTICULO 69

Por cada 6 días de trabajo el trabajador disfrutará de un día de descanso con goce de salario integro.

ARTÍCULO 71

En los reglamentos de esta ley se procurará que el día de descanso semanal sea el domingo; si lo trabaja tendrá derecho a la prima dominical del 25% por lo menos.

ARTICULO 73

los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios en dias de descanso si lo trabaja se le pagará doble.

ARTÍCULO 74

son días de descanso obligatorio:

I.-1° de enero

ii.-primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero

iii.-tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo

iv.-1° de mayo

v.-el 16 de septiembre

vi.-tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.

Vii.-el 1° de diciembre cada 6 años cuando corresponda a la transmisión del poder

ejecutivo federal.

Viii.-25 de diciembre.

Ix.-el que determinen las leyes federales y locales electorales.

¿Qué es la prima dominical?

La prima dominical es pagada por el Patrón como consecuencia de las labores realizadas por el trabajador en una jornada de trabajo en los días domingos, por lo cual recibe una cuantía adicional a su salario normal. Si su prima dominical es mayor al salario mínimo general de la área geográfica en donde resida el trabajador la parte excedente es la que va a formar parte de la base para el cálculo del Impuesto Sobre la Renta, su fundamento lo encontramos en el Art.109 fr. XI de la L.I.S.R..

ART. 109.- No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:

FR. XI.- Las gratificaciones que reciban los trabajadores de sus patrones, durante un año de calendario, hasta el equivalente del salario mínimo general del área geográfica del trabajador elevado a 30 días, cuando dichas gratificaciones se otorguen en forma general; así como las primas vacacionales que otorguen los patrones durante el año de calendario a sus trabajadores en forma general y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, hasta por el equivalente a 15 días de salario mínimo general del área geográfica del trabajador, por cada uno de los conceptos señalados. Tratándose de primas dominicales hasta por el equivalente de un salario mínimo general del área geográfica del trabajador por cada domingo que se labore.

Por el excedente de los ingresos a que se refiere esta fracción se pagará el impuesto en los términos de este Título.

¿A que tienen derecho los trabajadores cuando prestan sus servicios en los días de descanso según la LFT?

En los trabajos que requieran una labor continua los trabajadores y el patrón fijarán de común acuerdo los días en que los trabajadores deban disfrutar de los de descanso semanal.

En los reglamentos de esta ley se procurará que el día de descanso semanal sea el domingo; si lo trabaja tendrá derecho a la prima dominical del 25% por lo menos.

Los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios en días de descanso si lo trabaja se le pagará doble.

Entre trabajadores y patrones deberán acordar quienes laborarán los días anteriormente mencionados si no llegasen

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