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Ley General De Educacion Y Su Reglamento


Enviado por   •  8 de Julio de 2013  •  4.568 Palabras (19 Páginas)  •  684 Visitas

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LEY GENERAL DE EDUCACIÓN REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

Artículo 66°.- Definición y finalidad

La Institución Educativa, como comunidad de aprendizaje, es la primera y principal instancia de gestión del sistema educativo descentralizado. En ella tiene lugar la prestación del servicio. Puede ser pública o privada.

Es finalidad de la Institución Educativa el logro de los aprendizajes y la formación integral de sus estudiantes.

El Proyecto Educativo Institucional orienta su gestión.

La Institución Educativa, como ámbito físico y social, establece vínculos con los diferentes organismos de su entorno y pone a disposición sus instalaciones para el desarrollo de actividades extracurriculares y comunitarias, preservando los fines y objetivos educativos, así como las funciones específicas del local institucional.

Los programas educativos se rigen por lo establecido en este capítulo en lo que les corresponde.

Artículo 127º.- La institución educativa

Es una comunidad de aprendizaje y enseñanza que presta el servicio educativo en Determinado nivel, modalidad o forma educativa.

Tiene autonomía en el planeamiento, ejecución, supervisión, monitoreo y evaluación del servicio educativo, así como en la elaboración de sus instrumentos de gestión, en el marco de la normatividad vigente. Se vincula con su entorno y está abierta a la participación de la comunidad, atiende a sus necesidades y apoya propuestas de desarrollo.

Los programas educativos se rigen por las normas aplicables a las instituciones educativas en lo que les corresponda.

Artículo 67°.- Ámbito de la Institución Educativa

La Institución Educativa comprende los centros de Educación Básica, los de Educación Técnico-Productiva y las instituciones de Educación Superior.

Los lineamientos generales que nos proporciona la ley general educación sobre las instituciones educativas es de vital importancia pero

LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

Artículo 68°.- Funciones

Son funciones de las Instituciones Educativas:

a) Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional, así como su plan anual y su reglamento interno en concordancia con su línea axiológica y los lineamientos de política educativa pertinentes.

b) Organizar, conducir y evaluar sus procesos de gestión institucional y pedagógica.

c) Diversificar y complementar el currículo básico, realizar acciones tutoriales y seleccionar los libros de texto y materiales educativos.

d) Otorgar certificados, diplomas y títulos según corresponda.

e) Propiciar un ambiente institucional favorable al desarrollo del estudiante.

f) Facilitar programas de apoyo a los servicios educativos de acuerdo a las necesidades de los estudiantes, en condiciones físicas y ambientales favorables para su aprendizaje.

g) Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto anual de la institución.

h) Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión, experimentación e investigación educativa.

i) Promover el desarrollo educativo, cultural y deportivo de su comunidad;

j) Cooperar en las diferentes actividades educativas de la comunidad.

k) Participar, con el Consejo Educativo Institucional, en la evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo. Estas acciones se realizan en concordancia con las instancias intermedias de gestión, de acuerdo a la normatividad específica.

l) Desarrollar acciones de formación y capacitación permanente

m) Rendir cuentas anualmente de su gestión pedagógica, administrativa y económica, ante la comunidad educativa.

n) Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia.

En centros educativos unidocentes y multigrados, estas atribuciones son ejercidas a través de redes. Artículo 128º.- Funciones de la institución educativa

Son funciones de las instituciones educativas las señaladas en la Ley, y en este marco

se desarrollan las siguientes acciones:

a) Realizar el proceso de selección del personal docente y administrativo, en el marco de los lineamientos establecidos por el Gobierno Nacional.

b) Gestionar, reconocer y sancionar al personal por su desempeño profesional y laboral.

c) Celebrar convenios de cooperación, en el ámbito de su competencia, que contribuyan a mejorar la calidad del servicio educativo y sin afectarlo.

d) Implementar la gestión de riesgos, frente a desastres naturales, ambientales y convulsiones sociales.

e) Promover, afianzar, regular y autoevaluar la participación de la comunidad en los procesos de gestión de la institución.

f) Promover y decidir la participación en la organización y/o funcionamiento de redes educativas.

g) Desarrollar y autoevaluar la producción, búsqueda, selección, uso, conservación y difusión de la información educativa.

Artículo 137º.- Clasificación por el número de docentes

a) Polidocente completa: cuando atiende todos los grados de estudio del nivel o modalidad educativa, en la que cada sección está a cargo de un docente.

b) Polidocente incompleta o multigrado: cuando uno o más docentes tienen a su cargo de dos o más grados de estudio.

c) Unidocente: cuando cuenta con solo un docente para atender todos los grados de estudio del nivel o modalidad.

Artículo 71°.- Tipos de gestión de las Instituciones Educativas

a) Las Instituciones Educativas, por el tipo de gestión, son:

a) Públicas de gestión directa por autoridades educativas del Sector Educación o de otros sectores e instituciones del Estado.

b) Públicas de gestión privada, por convenio, con entidades sin fines de lucro que prestan servicios educativos gratuitos.

c) De gestión privada conforme al artículo 72°.

Artículo 72°.- Las Instituciones Educativas Privadas

Las Instituciones Educativas Privadas son personas jurídicas de derecho privado, creadas por iniciativa de personas naturales o jurídicas, autorizadas por las instancias descentralizadas del Sector Educación. El Estado en concordancia con la libertad de enseñanza y la promoción de la pluralidad de la oferta educativa, reconoce, valora y supervisa la educación

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