Libros Sociales
Enviado por arrankar3000 • 21 de Noviembre de 2012 • 713 Palabras (3 Páginas) • 348 Visitas
Una vez obtenida la personería jurídica y otorgado el número de Matrícula, las entidades deberán rubricar como mínimo los siguientes libros:
1º- Registro de Socios
2º- Actas de Asamblea y Reuniones de Comisión Directiva.
3º- Asistencia a Asambleas y Sesiones de Comisión Directiva.
4º- Diario.
5º Inventario o Balance.
Uso y contenido de los Libros Sociales
Los mismos deben mantenerse en perfecto estado. No deben estar intercaladas hojas en blanco. En caso de destrucción o desaparición de una o más hojas deberán efectuar la denuncia policial correspondiente. Serán puestos a disposición de los inspectores de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas cada vez que lo soliciten.
Del Libro Registro de Socios
Se asentará en una línea para cada uno el nombre y apellido, domicilio y número de documento de identidad, número de orden o matrícula que se le asigne. Además categoría de socio, cuota de ingreso, cuotas abonadas, fecha de ingreso y si corresponde las sanciones de las que haya sido pasible.
Del Libro de Actas de Asamblea y Sesiones de Comisión Directiva
A) Actas de Asamblea:
Se llevará una numeración correlativa especificando el lugar, fecha y hora en que se realiza, tipo de Asamblea (Ordinaria / Extraordinaria), y cantidad de concurrentes. Se transcribirá la convocatoria a la Asamblea y el orden del día a considerar. Se asentará cada punto a tratar, el desarrollo del debate y la resolución de cada tema, al pie firmarán el Secretario que redactó, el Presidente de la Asamblea y los socios que la misma Asamblea haya designado.
Advertencia ! ! !
Toda Asamblea Ordinaria o Extraordinaria deberá comunicarse al Departamento Contralor de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas con 10 días de anticipación con el correspondiente orden del día. Una vez realizada la misma, deberán remitir al mismo lugar la documentación post Asamblea dentro de los 30 días. Si se trata de Asamblea anual ordinaria, acompañar balance y anexo III.
B) Actas de Reuniones de Comisión Directiva:
Se procederá de la misma forma indicada precedentemente; la numeración de las actas será correlativa e independiente de las Asambleas. Al pie firmarán el Presidente y el Secretario de la Institución. Cuando la comisión revisora de cuentas realizara sus reuniones en forma separada de la Comisión Directiva, sus actas y asistencia se documentará en los mismos libros y de igual forma que las del Organo Administrativo.
Del Libro de Asistencia a Asambleas y Sesiones de Comisión Directiva.
Asambleas:
Se encabezará con el número de acta y fecha que corresponda, con indicación de si se trata de Ordinaria o Extraordinaria, luego en una línea para cada socio, su nombre y apellido, domicilio, número de documento y firma de cada uno de ellos.
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