Los Contratos Imnominados
Enviado por oswaldo30000 • 23 de Enero de 2013 • 926 Palabras (4 Páginas) • 360 Visitas
CONTRATOS INNOMINADOS
El Contrato Innominado era aquel que consistía en una o varias obligaciones pactadas entre las partes, mismas que se transformaban en contrato, cuando una de ellas cumplía con la prestación, y con esto la otra parte quedaba ya obligada a cumplir con la suya.
No están tipificados en la Ley, se rigen de acuerdo con el C.C. por las Normas de Contratos Nominados Art. 1858.
Se les llamó Innominados por que no entraban en la clasificación de los cuatro grupos de contratos que ya estaban establecidos en forma definitiva en el Derecho Romano. Se trataban de situaciones parecidas a las reales, pero únicamente salían a la luz jurídica, cuando una de las partes cumplía con la prestación.
Entre los principales Contratos Innominados existen los siguientes:
El Cambio, El aestimatum y El precario.
El Cambio: El acto por el cual una parte debe de dar una datio a la otra, quien se obliga a la vez a darle algo. La Venta, es válida con el sólo acuerdo de las partes, mientras que el cambio exige para su validez, que una de las partes transmita propiedad a la otra parte. En el contrato de venta una sola parte estaba obligada a transmitir la propiedad, la otra parte únicamente estaba obligada a recibir la propiedad mediante el pago del precio. En el Cambio cada una de las partes estaban igualmente obligadas a transmitir la propiedad de una cosa a otra.
El Aestimatium: Cuando una
persona entregaba mercancía a otra, por lo general un comerciante, para ser vendidas, con la obligación de devolverlas después de cierto tiempo, en cso de no ser vendidas. Este contrato no era venta ni mandato, ni alquiler ni depósito irregular. Si bien este contrato le llamamos Venta a Consignación.
El Precario: Era cuando una persona otorgaba el uso de una cosa a otra persona que se lo ha rogado, en forma gratuita, con la obligación de devolverla en cuanto se le reclamara. El precario se aplico en principio en fundos de tierra, también a cosas muebles y cosas incorporales como las servidumbres.
Existían dos clases de Pactos, Aislados y adjuntos.
Los Aislados: Aquellos que se realizaban solos, es decir, se presentaban sin ir acompañados de un contrato. A estos los Romanos les llamaban pacto “nudo”, por que estaba despojado de todo efecto jurídico, sin embargo engendraba por lo menos una obligación natural.
Como pactos nudos pueden ser los Contratos Innominados antes del cumplimiento de una de las partes y los pactos unilaterales como la Promesa de Donación y la Promesa de Dote.
Pactos Pretorianos: Son los que sancionaba el pretor, ejemplo:
* Pacto de Juramento: Consiste en la afirmación en forma solemne de un hecho o de un derecho, cuando un acreedor y un deudor tenían una controversia, se decidia la suerte del crédito si convenían en someterse en juramento de uno y otro,
aquí en pretor
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