Los Seguros
Enviado por jfmg • 30 de Octubre de 2013 • 423 Palabras (2 Páginas) • 307 Visitas
1.- Conformación del Seguro Privado en el Ecuador:
La Ley General de Seguros regula la constitución, organización, actividades, funcionamiento y extinción de las personas naturales y jurídicas que integran el sistema de seguro privado, las cuales están sujetas a la vigilancia y control de la Superintendencia de Bancos.
La actividad aseguradora regulada por este reglamento, es de naturaleza privada; no obstante, ésta tiene el carácter de interés público.
2.- Sistema del Seguro Privado en el Ecuador:
El sistema de seguro privado en el Ecuador está integrado por:
a) Las empresas que realicen operaciones de seguros
b) Las compañías de reaseguros;
c) Los intermediarios de reaseguros;
d) Los peritos de seguros; y,
e) Los asesores productores de seguros
Las actividades de las personas naturales o jurídicas determinadas en los literales a), b), c),d) y e) del artículo precedente serán aquellas que se encuentren definidas en los artículos 3, 4, 5, 6 y 7 de la Ley General de Seguros.
3.- Aspectos para la Constitución de una Compañía de Seguros Privados:
Las empresas que realicen operaciones de seguros se constituirán bajo la modalidad de compañía anónima. Para tal efecto, dos o más personas naturales o jurídicas, que actúen por sus propios derechos o en representación de otras, en calidad de promotores, deberán presentar la solicitud de autorización al Superintendente de Bancos, incluyendo la siguiente información:
a) Nombre, domicilio, nacionalidad, número de cédula de identidad o pasaporte, según el caso, o si fuere persona jurídica, número del R.U.C., de los promotores o fundadores y calidad en la que comparecen;
b) Nombre y domicilio de la compañía;
c) Capital autorizado, suscrito y pagado de la compañía, el número de acciones en que está dividido y el nombre de los accionistas, con su respectivo porcentaje de participación; y,
d) El seguro en que se propone operar.
A la solicitud se deberá acompañar la siguiente documentación:
1. Proyecto de contrato de constitución que debe incluir el estatuto previsto para la compañía;
2. Estudio de factibilidad económico-financiero de la compañía por constituirse, el que debe fundamentarse en datos actualizados y pruebas reales.
3. Antecedentes personales de los promotores y fundadores propuestos, que permitan verificar su responsabilidad, probidad y solvencia.
Cada promotor y fundador deberá justificar su solvencia económica y el origen de los recursos que desea aportar; para el efecto presentarán una declaración sobre su estado de situación patrimonial y copia certificada de la declaración de impuesto a la renta de los últimos tres años, en los casos que corresponda.
Cuando el accionista fundador sea una persona jurídica, se acompañará a la solicitud, los balances
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