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Los Tratados Internacionales


Enviado por   •  20 de Agosto de 2014  •  3.785 Palabras (16 Páginas)  •  258 Visitas

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 LOS TRATADOS INTERNACIONALES.

Cualquiera que sea su denominación, el tratado internacional se nos aparece como un acuerdo entre los sujetos de gentes destinadas a producir determinados efectos jurídicos.

 LOS TRATADOS INTERNACIONES EN SENTIDO AMPLIO: la denominación de tratado debe aplicarse a todo acuerdo concluido entre miembro de la comunidad internacional.

En consecuencia, no pueden ser calificados tratados, ya que por lo menos uno de los contratantes que intervienen en el acuerdo no es sujeto directo del derecho internacional:

1. Los acuerdos concluidos con poblaciones no civilizadas o con tribus indígenas.

2. Los contratos matrimoniales concluidos por los príncipes de las fami lias reinantes, porque estos actúan no como órganos o como representantes de los estados, sino a titulo estrictamente privado y personal.

3. Los convenios celebrados entre un Estado e individuos extranjeros o entre individuos todos ellos extranjeros.

Pueden calificarse como tratados internacionales:

1. Los concordaros concluidos entre la santa sede y los Estados, a pesar de que, el punto de vista material, tengan por objeto la regulación de materias en orden interno que dependen de la competencia exclusiva del Estado contratante.

2. Los acuerdos concluidos por un organismo internacional con un Estado (p. ej. El acuerdo entre la O.N.U y USA sobre el estato legal de la sede permanente de la O.N.U) .

 LOS TRATADOS INTERNACIONES EN SENTIDO ESTRICTO: se define por el procedimiento utilizado para formalizarlo o concluirlo, es decir, por su forma y no por su contenido.

Los tratados se caracterizan por dos rasgos:

a. Conclusión inmediata: que comprenden tres fases distintas (negociación, firma y ratificación)

b. Unidad del instrumento jurídico.

 EL FUNDAMENTO DE LA OBLIGATORIEDAD:

Los acuerdos internacionales son una fuente del Derecho mediante la cual se crean derechos y obligaciones que debido a su origen se conocen como “derecho convencional” y que constituyen el efecto jurídico general del Tratado.

En las relaciones entre entidades de derecho internacional público no existe un órgano legislativo superior, menos aun un órgano con capacidad coactiva sobre los sujetos de Derecho Internacional Público, la existencia de algo así iría en contra del principio de respeto a la soberanía de cada estado y solamente se da de forma muy limitada en los países que pasan por procesos de integración.

Por tanto la obligatoriedad de los tratados no puede basarse en el principio de legalidad, por que al no existir un órgano legislativo ni una jerarquía de leyes dentro del ordenamiento internacional, no es posible aplicar el principio de legalidad, ya que este fue ideado para conservar la coherencia legislativa dentro de un derecho doméstico y necesita para ser funcional, la esquematización propia de un derecho interno, y al carecer la comunidad internacional de este tipo de orden, debemos señalar que el principio de legalidad no es aplicable en el derecho internacional publico.

Así mismo, tampoco es aplicable para fundamentar la obligatoriedad del cumplimiento de los tratados, el principio de autonomía de la voluntad de las partes, pues se crearía inestabilidad jurídica, esto debido a que el proceso de formación de voluntad de los estados esta regido exclusivamente por el derecho interno de cada uno, y los otros estados asumen la manifestación de esta voluntad como cierta, basándose en el principio de buena fe, es por eso que en el derecho internacional público no cabe el cuestionamiento de la nulidad del tratado por un vicio en la manifestación de la voluntad.

La respuesta al dilema sobre el origen de la obligatoriedad de los tratados fue encontrada en el principio pacta sunt servanda, reconocido repetidamente en la Jurisprudencia internacional y consagrado como regla general sobre los efectos del Tratado por la inmensa mayoría de la Comunidad Internacional y por los 103 Estados representados en la Conferencia de Viena, que negoció el Convenio de Viena de 1969, sobre el Derecho de los Tratados.

 PACTA SUND SERVANDA

El principio pacta sunt servanda que significa literalmente que “los pactos deben cumplirse”, implica que la actitud de buena fe ha de prevalecer durante la ejecución de un Tratado en vigor, esto satisface la necesidad de seguridad jurídica, y ha sido transmitida a través del tiempo como una verdad evidente y universalmente aceptada.

El Art. 26 del Convenio de Viena dice:

“todo tratado en vigor obliga a las Partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe”

esto consagró al principio pacta sunt servanda como la regla general en lo relativo a los efectos generales del Tratado (su obligatoriedad entre las Partes), conectándola con el principio de buena fe, básico en lo relativo a la ejecución de los mismos.

El Art. 27º añade:

“Una parte no podrá invocar las disposiciones de su derecho interno como justificación del incumplimiento de un tratado”

por tanto debemos tener en cuenta que una ves entrado en vigor el tratado es casi ineludible, de modo que los mecanismos de protección de nuestro sistema legal deben implementarse a modo de filtro durante las etapas de la negociación y aprobación.

Es un principio fundamental de Derecho Internacional que un Tratado en vigor obliga a las partes contratantes y debe ser cumplido por ellas de buena fe. El principio “Pacta sunt servanda” es la norma más importante del Derecho Internacional.

Principio de la buena fe:

Definición: Es un principio jurídico fundamental del ordenamiento jurídico internacional y forma parte de la norma Pacta sunt Servanda.

Proyección: Proyecta su exigencia en todos los ámbitos del Derecho de los tratados: observancia, interpretación, suspensión, y terminación.

Cumplimiento: El deber de cumplir de buena fe un tratado permanece al margen de cambios revolucionarios dentro de un Estado.

 ACUERDO SIMPLE:

Los acuerdos en forma simplificada son acuerdos internacionales cuyo proceso de conclusión incluye solamente una etapa de negociación y la firma, materializándose comúnmente en varios instrumentos.

Son aquellos en los que obliga al Estado un funcionario de categoría inferior al jefe de Estado, mediante la sola firma.

Pertenece a una de las fases de celebración de los tratados, los pasos completos son los siguientes:

-Negociación, Autentificación, Prestación del consentimiento

-De forma solemne, y De forma simplificada

 CLASIFICACIÓN DE LOS TRATADOS:

a. La primera, es una clasificación de orden material (distinción entre los tratados- contratos y los contratos

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