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Los principios juridicos de contradiccion y de tercero excluido


Enviado por   •  3 de Octubre de 2012  •  Informe  •  493 Palabras (2 Páginas)  •  1.142 Visitas

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.- LOS PRINCIPIOS JURIDICOS DE CONTRADICCION Y DE TERCERO EXCLUIDO.

1.- EL PRINCIPIO GENERAL DE CONTRADICCION.

El principio Jurídico dice: Dos normas de derecho contradictorias no pueden ser válidas ambas, un acto no puede hallarse a la vez jurídicamente prohibido y jurídicamente permitido, no debe interpretarse como principio ontológico ni psicológico sino normativo, en el ordenamiento jurídico pueden de hecho existir prescripciones contradictorias, la lógica no se pregunta como pensamos sino como debemos pensar, la lógica debe enseñarnos el recto uso del entendimiento.

Desde el punto de vista de la lógica, hay oposición contradictoria entre dos juicios cuando uno atribuye y el otro niega a un mismo objeto la misma terminación, dos preceptos jurídicos se contradicen, cuando en iguales circunstancias uno prohíbe y el otro permite a un sujeto la misma conducta, el conflicto deriva de la oposición entre la prohibición y el facultamiento, pues en lo demás las dos normas son iguales.

Dos normas se oponen contradictoriamente cuando teniendo ámbitos iguales de validez material, espacial y temporal una prohíbe y otra permite a un mismo sujeto la misma conducta, cuando la coincidencia de los ámbitos de validez no es completa los preceptos no son contradictorios, si dos normas poseen ámbitos comunes de validez material, espacial y temporal, pero una prohíbe y otra permite a personas distintas la misma conducta no pueden decirse que se opongan contradictoriamente, igual para las esferas de validez material, personal y temporal, pueden vedar y permitir sin contradecirse en un mismo acto, si el facultamiento y prohibición se refieren a momentos diversos.

1° Hipótesis: Afirmación y negación de un deber jurídico, relativamente al mismo sujeto y en condiciones iguales de espacio y tiempo estos preceptos son contradictorios cuando uno afirma y el otro niega la existencia de un mismo deber jurídico, en relación con la misma persona, se habla de afirmación y negación en sentido normativo.

2° Hipótesis: Afirmación y negación de un derecho subjetivo de primer grado, relativamente a un mismo sujeto en condiciones iguales de espacio y tiempo.

3° Hipótesis: Afirmación y negación del derecho del obligado o facultad de cumplir el propio deber.

4° Hipótesis. Afirmación y negación del derecho de libertad o derecho de segundo grado, hay contradicción entre una norma general referida a todos los comprendidos dentro de un cierto conjunto de clase y otra aplicable solamente a determinado grupo de la misma clase.

2.- EL PRINCIPIO JURIDICO DE TERCERO EXCLUIDO.

Igual que el principio de contradicción el de tercero excluido se refiere a dos juicios opuestos contradictoriamente, mientras el de contradicción afirma que tales juicios no pueden ser verdaderos ambos, el de tercero excluido enseña que cuando dos juicios se contradicen no pueden ser ambos

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