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MARCO JURIDÍCO EN MATERIA DE INVERSIÓN EXTRANJERA.


Enviado por   •  31 de Mayo de 2014  •  Ensayo  •  533 Palabras (3 Páginas)  •  246 Visitas

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MARCO JURIDÍCO EN MATERIA DE INVERSIÓN EXTRANJERA.

Atribuciones de la Comisión Nacional de Inversión Extranjera.

- Dictar los lineamientos de política en materia de inversión extranjera y diseñar mecanismos para promover la inversión en México.

- Resolver, a través de la Secretaría, sobre la procedencia y, en su caso, sobre los términos y condiciones de la participación de la inversión extranjera.

- Ser órgano de consulta obligatoria en materia de inversión extranjera.

- Establecer los criterios para la aplicación de las disposiciones legales para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Atribuciones del Comité de Representantes

Tendrá las facultades que la propia CNIE le delegue.

Atribuciones del Secretario Ejecutivo (Subsecretario de Competitividad y Normatividad)

- Representar a la Comisión.

- Notificar las resoluciones de la Comisión, a través de la Secretaría.

- Realizar los estudios que le encomiende la Comisión.

- Presentar al Congreso de la Unión un informe estadístico cuatrimestral sobre el comportamiento de la inversión extranjera en el país, que incluya sectores económicos y las regiones en las que ésta se ubica.

Fundamento legal: artículos 25, 26 y 27 de la Ley de Inversión Extranjera

Solicitudes ante la CNIE

- La CNIE deberá resolver las solicitudes sometidas a su consideración dentro de un plazo que no exceda de 45 días hábiles contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud respectiva.

- Si la CNIE no resuelve en el plazo señalado, la solicitud se considerará aprobada en los términos presentados.

- A petición expresa la Secretaría deberá expedir la autorización correspondiente.

b) Criterios de la CNIE para resolver

Fundamento legal: artículo 29 y 30 de la LIE

TRATADOS DE INVERSIÓN EXTRANJERA.

Los Tratados de Inversión Extranjera también conocidos como Acuerdos de Promoción y Protección de Inversiones, en el caso de Chile, nuestro país ha suscrito 52 de estos tratados, encontrándose vigentes alrededor de 40, hay que agregar Inversión existentes en ciertos Tratados de Libre Comercio (TLC), que en la práctica constituyen verdaderos tratados de inversión extranjera dentro de los TLC. Este es el caso de los Tratados de Libre Comercio con Japón, Estados Unidos de América, México, Canadá y Corea.

Un Tratado de promoción y protección de Inversiones consiste entre dos Estados que establece un marco legal para el tratamiento de los flujos de inversión entre la dos naciones, mediante el cual se crean derechos para los inversores de ambos Estados

Los Tratados en cuestión contienen un conjunto de normas jurídicas destinadas a ser cumplidas por los Estados y

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