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Marco jurídico en materia de tratados internacionales


Enviado por   •  29 de Julio de 2013  •  Trabajo  •  2.806 Palabras (12 Páginas)  •  678 Visitas

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Indice

Introducción

Capítulo I. Historia y generalidades de los tratados internacionales en México

1. Concepto y sujetos de los tratados internacionales.

2. Antecedentes de los tratados internacionales en México

3. Clasificaciones de los tratados internacionales en México

4. Procedimiento para la celebración de los tratados internacionales

5. Reservas, competencia y deposito de los tratados internacionales

Capítulo II. Marco jurídico en materia de tratados internacionales

1. Legislación interna

1.1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

1.2. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

1.3. Ley sobre la Celebración de Tratados

1.4. Jurisprudencias y tesis en materia de tratados internacionales

2. Legislación internacional

2.1. Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969

2.2. Convención de Viena sobre la Sucesión de Estados en Materia de Tratados (1978

2.3. Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados entre Estados y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales (1986

CAPÍTULO I. ANTECEDENTES Y CONCEPTO DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES EN MÉXICO

1.0 Antecedentes de los tratados internacionales

La Historia tiene como punto de partida la existencia de la escritura. Antes de la escritura no había Historia, era Prehistoria .En el mundo, la escritura se originó cuando surgieron conglomerados humanos sedentarios que desarrollaron documentos escritos. Esto ocurrió con los pueblos sumerios ubicados entre los ríos Tigris y Éufrates, en la baja Mesopotamia, contigua al Golfo Pérsico.

Esos pueblos eran varios y estaban estructurados como auténticos Estados, dado que poseían sus propios elementos humanos, una porción propia territorial, gobernantes y una normatividad jurídica propia. Entre las ciudades de los Estados sumerios podemos citar a Lagash, Ur, Uruk, Eridú, Umma, Larsa, Isin, Erech y Nippur.

Esos Estados sostuvieron guerras entre sí, con tendencia a la hegemonía, pero también mantuvieron relaciones pacíficas con señalamiento de sus respectivos derechos y obligaciones. En esos pueblos se forjó, entre sus habitantes, la clase de los escribas, quienes sabían leer y escribir, y dejaron testimonio escrito de documentos comerciales, administrativos, listas de reyes, himnos, recetas médicas, poemas épicos y narrativos, y también tratados internacionales.

El dato de que hubiesen existido tratados internacionales resalta la necesidad de que en una comunidad internacional de países es preciso que haya tranquilidad y paz, lo que se consigue a través de normas jurídicas internacionales recogidas por escrito en tratados internacionales. Había la fijación de límites del territorio perteneciente a cada ciudad-Estado sumerio, y ocurrió que el gobernante de Umma arrancó una estela de la frontera y penetró en la llanura de Lagach. Es decir, se desacató un tratado de límites que mantenía la necesaria concordia y convivencia pacífica, y ello produjo la guerra entre los dos países de esa época.

Se hizo la guerra por incumplimiento de un tratado internacional que fijaba fronteras, es decir, un tratado anterior, cuyo texto se desconoce, pero se sabe de su existencia, porque se aludió a él en un tratado posterior del año 3100, antes de Cristo, en el cual, los dos Estados beligerantes restauraron la paz y para que, en caso de violación del tratado no volviera a suscitarse la guerra se previó el arbitraje del rey de Kish. Este tratado se redactó en idioma sumerio y se ha conservado su texto en una estela de piedra. El referido tratado no es el primero porque alude a un tratado anterior que no se cumplió.

Más adelante encontramos el Acta Final del 9 de junio de 1815 del Congreso de Viena, este documento forma un punto de referencia innegable, ya que es el primer documento que imponía derechos y obligaciones con calidad jurídica para todos los Estados involucrados.

Posteriormente encontramos con la creación del primer organismo intergubernamental, la Sociedad de Naciones, la cual fue creada con objetivos principalmente pacíficos debido al desastre causado por la primer Guerra Mundial. Aunque este organismo no cumplió con los fines para los que fue creado, no se perdió de vista la idea de llegar a acuerdos para evitar futuros conflictos a gran escala, por lo que después de la Segunda Guerra Mundial, se creó la Organización de las Naciones Unidas, la cual todavía tiene vigencia en nuestros días y cuenta con la participación de 192 Estados.

Posterior a la creación de esta organización se realizó la Conferencia de Viena de 1968 – 1969, y al final de esta se adoptó la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, la cual se firmó el 23 de mayo de 1969, aunque entró en vigor hasta el 27 de enero de 1980.

Esta convención adoptó principios que ya se contemplaban previamente en la Convención de la Habana sobre Tratados, algunos de los cuales señalan que:

1. Los órganos estatales competentes para celebrar tratados, son aquellos que señale el derecho interno, constitucional, de cada Estado

2. Es condición esencial para los tratados el que tengan forma escrita

3. Los tratados deben ser publicados después de entrar en vigor, pero si no se publican, ello no afecta a su vigencia

4. Los tratados solamente son obligatorios después de ser ratificados

5. Las reservas deben ser aceptadas, explícita o implícitamente (al no haber objeción) y ellas no afectan sino a la cláusula o artículo pertinente y no al conjunto del tratado

6. Las cláusulas o artículos que afecten a un tercer Estado dependen de la voluntad de éste

7. Los tratados terminan por cumplimiento, vencimiento de plazo, condición resolutoria, acuerdo común, renuncia del beneficiario, denuncia lícita, imposibilidad de ejecución o si las causas que le dieron origen han desaparecido.

A la Convención ya mencionada le siguen: La Convención de Viena sobre la Sucesión de los Estados del 23 de agosto de 1978, que entró en vigor el 6 de noviembre de 1996, y de la cual México no es Parte; y la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados entre Estados y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales del 21 de marzo de 1986, misma que hasta el 2 de febrero del 2007, no había entrado en vigor por no haberse reunido los 35 instrumentos de ratificación como lo contempla el Artículo 85 de la citada Convención.

2.0 Concepto y Principios que rigen a los tratados internacionales.

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