MATERIA SOBRE USO DE SERVICIOS HIGIÉNICOS EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES SUBVENCIONADOS MUNICIPALES
Enviado por c_amon • 21 de Junio de 2017 • Tarea • 646 Palabras (3 Páginas) • 109 Visitas
REPUBLICA DE CHILE
PROVINCIA DE CAUQUENES
MUNICIPALIDAD DE CAUQUENES
DEPARTAMENTO EDUCACION
CIRCULAR ORD. N° 1
MATERIA SOBRE USO DE SERVICIOS HIGIÉNICOS EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES SUBVENCIONADOS MUNICIPALES
CAUQUENES ABRIL 2017
A : SEGÚN DISTRIBUCIÓN
DE : JEFE DEPARTAMENTO ADMINISTATIVO DE EDUCACIÓN MUNICIPAL
1.- En cumplimiento a lo establecido en decreto n° 549/2000 del Minsal párrafo IV de los servicios higiénicos y evacuación de aguas servidas, articulo 23°, sobre número mínimo de artefactos en base a N° de personas que elaboran turnos de trabajo. Se hace necesario emitir la presente circular con el objeto de que sea aplicada por todos los establecimientos educacionales de la comuna.-
2.- Sobre la materia es preciso tener presente que en los lugares de trabajo donde laboren hombres y mujeres deberán existir servicios higiénicos independientes y separados y será responsabilidad del empleador mantenerlos protegidos del ingreso de vectores de interés sanitario, y su buen estado y funcionamiento.-
3.- Por su parte el decreto N° 143/2012 que modifica en parte el decreto N° 548/88 del Mineduc, artículo 5° de la infraestructura, punto 2. nivel de educación básica, letra C área de servicio, indica que los servicios higiénicos deben ser independientes para alumnos y para alumnas de acuerdo a la ordenanza de urbanismo y construcción, título 4, capítulo 5 referente a locales escolares.
Mientras que el uso de estos está estipulado por los decretos del Minsal, donde el personal docente y administrativo se diferencian del personal de servicio y manipuladores. Sin perjuicio de lo anterior, cuando el local cuente con hasta 5 aulas, podrán tener servicios higiénicos comunes para personal docente, administrativo, de servicio y manipuladores.-
4.- Las infracciones a que se arriesgan los encargados de locales escolares que no acaten esta circular, así como su personal a cargo, dará pie a sumario según lo establecido en el art 124 y siguientes de la ley 18.883 de 1989, sobre estatuto administrativo de funcionarios municipales u otros que pueda ser aplicables por el solo hecho de hacer un uso discriminatorio de los servicios higiénicos.-
5.- Todo local escolar municipal deberá hacer llegar una carta compromiso sobre el uso no discriminatorio de los servicios higiénicos, dentro de los primeros 5 días hábiles de recibida esta circular.-
ANÓTESE Y TÓMESE RAZÓN.-
FELIPE CORREA URRUTIA
DIRECTOR DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE EDUCACION
DISTRIBUCION
LICEO ANTONIO VARAS |
LICEO CLAUDINA URRUTIA DE LAVIN |
LICEO POLITECNICO PEDRO AGUIRRE CERDA |
LICEO BICENTENARIO |
ESC. ESPECIAL HORIZONTE |
ESC. ANIBAL PINTO |
COLEGIO BLANCO ENCALADA |
ESC. BARRIO ESTACION |
ESC. INDEPENDENCIA |
ESC. ROSITA OHIGGINS |
ESC. PORONGOO |
ESC. LOS CONQUISTADORES |
ESC. JAVIERA CARRERA |
ESC. PURISIMA CONCEPCION DE POCILLAS |
ESC. HECTOR SILVESTRE PAIVA |
ESC. CARLOS RODRIGUEZ URRUTIA |
ESC. GUSTAVO ILUFI |
ESC. PEDRO DE VALDIVIA |
ESC. RINCON DE PILEN |
ESC. PEDERNALES |
ESC. PADRE HURTADO |
ESC. MARIA GONZALES VERA |
ESC. CHORRILLOS |
ESC. ESTER URRUTIA DE RUIZ |
ESC. ADOLFO QUIROZ HERNANDEZ |
ESC. CLORINDO ALVEAR |
ESC. OCTAVIO PALMA PEREZ |
ESC. MARIA RUIZ MARTINEZ |
ESC. LA CAPILLA DE PILEN ALTO |
ESC. MIXTA ATENEA |
ESC. LA PATAGUA |
ESC. EL TROZO |
ESC. CABRERIA |
ARCHIVO UDOP
...