MECANISMO NACIONALES DE PROTECCION DHH DEFENSORIA DEL PUEBLO A
Enviado por joisie • 30 de Marzo de 2014 • 1.941 Palabras (8 Páginas) • 412 Visitas
República Bolivariana de Venezuela
Universidad Nacional Abierta (UNA)
Especialización en Derechos Humanos
San Felipe-Estado Yaracuy
Mecanismos Nacionales de Protección de los Derechos Humanos
Defensoría del Pueblo de Venezuela en
Análisis Comparativo con la República de Colombia
Elaborado por:
Abg. Joisie J. James Peraza
C.I: V-15.108.447
Facilitadora: Militza Pérez Velásquez
Grupo: Nº 4 (Táchira-Yaracuy-Zulia-Delta Amacuro)
San Felipe, 08 de Marzo de 2014
Introducción
La reciente indagación comienza con la tesis de reseñar históricamente la Institución del de Defensoría del Pueblo Venezolana, tomando en consideración que la misma nace de la necesidad de defender, prevenir, investigar y sancionar los hechos que atenten contra la ética pública y la moral administrativa; cubriendo así la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público, esta se encuentra enmarcada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), donde de igual forma yace en la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo (2004) con su reglamento respectivo.
Se habla que la inspiradora fuente de infusión en la motiva de nuestra Carta Magna fue en base a los distinto ideales del Libertador Simón Bolívar, rompiendo así con la cadena de los Poderes Públicos.
Simón Bolívar quería fundar una República con base en un pueblo que amara la patria, las leyes, los magistrados, porque esas "son las nobles pasiones que deben absorber exclusivamente el alma de un republicano.
Posteriormente, se construyó un coincido comparativo entre la defensoría del pueblo en Venezuela y la Defensoría del la Republica de Colombia.
El apoyo que se obtuvo de las diversas bibliografías que son las que permiten crear la contribución de la presente búsqueda.
El trabajo posee portada y cinco (05) páginas de contenido según instrucciones.
Reseña Histórica
La Defensoría del Pueblo en la República Bolivariana de Venezuela
Esta figura fue creada a partir de la Constitución del año de 1999, mas sin embargo, su comienzo viene en la figura del Ombudsman, fundada en Suecia en 1809, que quiere decir: "el que actúa en nombre de otro", "su representante”, y en los principios educativos del Poder Moral propuesto por el Libertador Simón Bolívar, se ubica a partir del siglo XVI, como mecanismo de control, en relación a lo antes expuesto existen autores que señalan la insuficiencia de un mecanismo para oponerse al poder de la administración del Estado, cuando éste es ejercido desconociendo los derechos de los ciudadanos y ciudadanas.
Nacen así, las figuras del Defensor del Pueblo, el Ombudsman o el Procurador de Derechos Humanos para logar constituir un alto a los abusos cometidos por las autoridades estatales, poseyendo estas instituciones carácter netamente complementario, es decir, es aquella que supervisa las actuaciones de los órganos de la administración pública y del sistema de justicia sin sustituirlos en sus funciones solo velando por el buen y correcto funcionamiento de las actuaciones de los mismos.
En nuestro país los cambios políticos se iniciaron a partir del año de 1998, mediante la convocatoria de un referendo llamado para ese entonces por el Presidente de la República; dando oportunidad así de que el pueblo manifestara o no la aprobación del proceso constituyente, correspondiendo a la Asamblea Nacional (AN) redactar un nuevo texto constitucional en el cual se consagrara el privilegio de los Derechos Humanos, concibiéndose una estructura de cinco (5) Poderes Públicos, entre ellos el Poder Ciudadano integrado por la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público y la Contraloría General de la República.
En cuanto a su fundamentación jurídica se tiene como base el artículo 280 de la Constitución de la republica que establece que:
“…La Defensoría del Pueblo tiene a su cargo la promoción, defensa y vigilancia de los derechos y garantías establecidos en esta Constitución y los tratados internacionales sobre derechos humanos, además de los intereses legítimos, colectivos y difusos, de los ciudadanos.
La Defensoría del Pueblo actuará bajo la dirección y responsabilidad del Defensor o Defensora del Pueblo, quien será designado o designada por un único período de siete años.
Para ser Defensor o Defensora del Pueblo se requiere ser venezolano o venezolana, mayor de treinta años, con manifiesta y demostrada competencia en materia de derechos humanos y cumplir con las exigencias de honorabilidad, ética y moral que establezca la ley. Las faltas absolutas y temporales del Defensor o Defensora del Pueblo serán cubiertas de acuerdo con lo dispuesto en la ley”...
Quiere decir entonces, que esta Defensoría tiene a su cargo la promoción, defensa y vigilancia de los derechos y garantías establecidos en esta Constitución y en los tratados internacionales sobre derechos humanos, además de los intereses legítimos, colectivos o difusos de los ciudadanos y ciudadanas. De allí que se hable de un triple eje de acción. Sin embargo la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo regula esta institución adscrita al poder ciudadano. De igual forma cuenta con un Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento de la Defensoría del Pueblo (RIOFDP) que fue publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.838 en fecha 26 de Diciembre de 2007.
Se afirma que la defensoría del pueblo de la República Bolivariana de Venezuela, se ha propuesto construir confianza a partir de la vigencia del Estado Social de Derecho y de Justicia y contribuir a la estabilidad institucional del país, enalteciendo así la dignidad humana, cuenta con un ámbito facultativo por el cual va enfrentando los problemas de los habitantes a partir de un mecanismo de protección alternativo desde el momento en que recibe una queja o denuncia. Asimismo, las facultades con que cuenta incluye normalmente la facultad para mediar y conciliar en nombre del poder público, la obligación para los funcionarios y órganos del Estado de colaborar con sus investigaciones y procedimientos, así como la emisión de recomendaciones para mejorar sus prácticas – facilitan la efectividad de la institución y coadyuvan a fortalecer su papel de órgano supervisor de la administración.
Su visión se basa en se un órgano del Poder Ciudadano comprometido a alcanzar el pleno reconocimiento y protección de la dignidad
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