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MODELO DE AMPARO DIRECTO


Enviado por   •  29 de Octubre de 2014  •  5.482 Palabras (22 Páginas)  •  463 Visitas

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AMPARO DIRECTO.

QUEJOSO:José Israel Rodríguez Velázquez,

H.TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN TURNODEL DISTRITO FEDERAL.P R E S E N T E.

JOSÉ ISRAEL RODRÍGUEZ VELÁZQUEZpor mi propio derecho y en mi carácter de Ciudadano del Distrito Federal señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones documentos y valores el ubicado en la calle Lago Taulebe número 74 setenta y cinco de la colonia Tacuba en la Delegación Miguel Hidalgoautorizando en términos del artículo 27 de la Ley de Amparo, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 12 de la misma Ley reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para oírlas en nuestro nombre quedarán facultados para interponer los recursos que procedan, ofrecer y rendir pruebas, alegar en las audiencias, solicitar su suspensión o diferimiento, pedir se dicte sentencia para evitar la consumación del término de caducidad o sobreseimiento por inactividad procesalasí como para que se impongan de los autos del expediente del juicio constitucional que se origine y para que recojan toda clase de documentos que se relacionen con el presentey realizar cualquier acto que resulte ser necesario para la defensa de mis derechos, por lo que autorizo para imponerse en autos a los CC.Licenciado JAIR REYES VELASCO con cédula profesional número 2554396 debidamente inscrita en el registro de cédulas de ese H. Juzgado y la Licenciada AMMY BERENICE TZIU PACHECO con cédula profesional número 2554758 debidamente inscrita en el registro de cedulas de este H. Juzgadoante usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Que por este medio, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 103 fracción I, 107 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 1 fracción I, 22 fracción I, 107 fracción I inciso g) y 108 y demás relativos y aplicables de la Ley de Amparo reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, vengo en tiempo y forma legales a solicitar el amparo y protección de la justicia federal, en contra de los actos que en su capítulo correspondiente señalaré y En cumplimiento de lo ordenado en el artículo 108 de la Ley de Amparo reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo protesta de decir verdad, me permito manifestar:

I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO: Ya han quedado debidamente señalados en el proemio de la presente demanda de garantías.

II.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO INTERESADO: No existe tercero interesado que deba ser llamado al presente Juicio Constitucional.

III.- AUTORIDADES RESPONSABLES:

Como ordenadoras:MAGISTRADO ROBERTO LARA HERÁNDEZ de la tercera sala del tribunal superior de justicia del DISTRITO FEDERAL.

Juez del juzgado tercero de primera instancia del distrito judicial del Distrito Federal.

Como ejecutoras:DIRECTOR DEL RECLUSORIO PREVENTIVO VARONIL NORTE DEL DISTRITO FEDERAL, coordinación regional de la policía ministerial con domicilio en calle gladiola de la colonia Cuauhtémoc de esta ciudad.

IV.- LEY O ACTO QUE SE RECLAMA:

Se reclama a las autoridades ya señaladas La libertad bajo protesta con sustento en la tesis jurisprudencial que se anexa más adelante en mi SEGUNDO CONCEPTO DE VIOLACION, consistente en La sentencia definitivadictada en el toca penal número 338/2011 considerándome responsable del delito de ABUSO SEXUAL, en agravio de VIRGINIA AGUILAR JUAREZ previsto y sancionado por el Artículo 178, fracción primero del Código Penal del distrito federal vigente y por el cual se me impone injusta pena privativa de mi libertad” pronunciada por los Magistrados de la Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado del Distrito Federal que confirma la sentencia condenatoria dictada por el Juez del Juzgado Tercero de Primera Instancia del Distrito Judicial del Distrito Federal, la cual resulta violatoria de mis derechos humanos, por una ilegal privación a mi libertad derivado de un proceso defectuoso y sin apego a lo establecido en la constitución.

V.- FECHA DE NOTIFICACION DEL ACTO RECLAMADO.- dicha sentencia definitiva arriba citada, de la cual me aquejo y vengo combatiendo con esta demanda de amparo directo me fue notificada con fecha tres de mayo de dos mil doce, se terminó de engrosar la sentencia de fecha de sesión veintiséis de abril del mismo año, para los efectos señalados en la parte final del último considerando de esta resolución en el juzgado tercero de primera instancia del distrito judicial del Distrito Federal, así mismo anexo la tesis jurisprudencial que lo sustenta a mi favor, en la cual demuestra la forma en que debe computarse el plazo;

AMPARO DIRECTO PROMOVIDO CONTRA LA SENTENCIA DEFINITIVA CONDENATORIA EN UN PROCESO PENAL QUE IMPONE PENA DE PRISIÓN. FORMA EN QUE DEBE COMPUTARSE EL PLAZO DE HASTA OCHO AÑOS PARA PRESENTAR LA DEMANDA (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 3 DE ABRIL DE 2013). El plazo de hasta ocho años del que disponen las partes para promover el juicio de amparo directo contra la sentencia definitiva condenatoria en un proceso penal que impone pena de prisión, establecido en la fracción II del artículo 17 de la Ley de Amparo, vigente a partir del 3 de abril de 2013, debe computarse a partir del día siguiente al en que: a) haya surtido efectos, conforme a la ley del acto, la notificación al promovente de la sentencia definitiva condenatoria que impugne; b) haya tenido conocimiento de ésta o de su ejecución; o, c) se hubiese ostentado sabedor de la resolución; plazo dentro del cual no deberán incluirse los días inhábiles, pues el artículo 19 de la citada ley establece para la promoción de los juicios de amparo, todos los del año, con excepción de los sábados y domingos, uno de enero, cinco de febrero, veintiuno de marzo, uno y cinco de mayo, dieciséis de septiembre, doce de octubre, veinte de noviembre y veinticinco de diciembre, así como aquellos en que se suspendan las labores en el órgano jurisdiccional ante el cual se tramite el juicio o cuando no pueda funcionar por causa de fuerza mayor.

SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo directo 215/2013. 11 de julio de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Lilia Mónica López Benítez. Secretaria: Rosa Dalia A. Sánchez Morgan.

TESIS JURISPRUDENCIAL 3/2013 (10ª)

AMPARO DIRECTO EN MATERIA PENAL. PUEDE PROMOVERSE EN CUALQUIER TIEMPO CONTRA LA SENTENCIA CONDENATORIA POR LA QUE SE IMPONE UNA PENA DE PRISIÓN, NO OBSTANTE QUE ÉSTA HUBIERA SIDO COMPURGADA. El artículo 22, fracción II, de la Ley de Amparo, fija las excepciones a la regla general de quince días para presentar la demanda de amparo prevista

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