MODELO DE PROYECTO DE INVESTIGACION
Enviado por MONIKA1000 • 17 de Marzo de 2019 • Informe • 12.883 Palabras (52 Páginas) • 155 Visitas
Índice del proyecto de investigación
- Introducción……………………………………………………………………………..p.3
- Problema de investigación y breve descripción del mismo ………………………....p.8
- Justificación del tema…………………………………………………………...……….p.9
- Objetivos generales……………………………………………………………..….…..p.10
- Objetivos específicos…………………………………………………………..…...….p.10
- Preguntas de investigación………………………………………………..…………....p.11
- Marco teórico: Antecedentes legislativos, doctrinarios y jurisprudenciales..………….p.12
- Marco metodológico: metodología de la investigación ……………………………….p.29
- Tipo de estudio …………………………………………………………………….p.29
- Estrategia metodológica……………………………………………………...…….p.30
- Fuentes a utilizar……………………………………………………………..…….p.30
- Técnica de recolección y análisis de datos…………………………………..…….p.31
- Delimitación temporal y nivel de análisis de estudio ………………….………….p.32
- Esquema tentativo del trabajo…………………………… …………………………………………………………………………………….……p.32
- Diseño tentativo del plan de trabajo……………………………………………………p.37
- Listado final de bibliografía……………………………………………………………p.38
- Introducción
La complejidad del mundo moderno exige contar con profesionales, y los abogados en particular vienen a ocupar un importante lugar como especialistas del derecho que brindan asesoramiento legal y procuran resolver conflictos. Sin dudas, todos los profesionales- una vez inmersos en el ejercicio, en cada quehacer de cada día - se encuentran frente a desafíos técnicos y éticos. Si se piensa en la sociedad actual, se puede afirmar- y casi sin dudas- que las negligencias profesionales existen; y de hecho, en respaldo de este pensamiento, nuestra jurisprudencia lo confirma.
Siguiendo a Mosset Iturraspe, cabe preguntarse qué tan bueno es que la sociedad y el Derecho sean más exigentes con sus profesionales. Afirma el mencionado autor:
No dudamos de la conveniencia de profesionales comprometidos con la sociedad, preparados en su ciencia y arte, capaces de brindar un servicio idóneo y eficiente. Estamos convencidos de que el desprestigio que cubre a varias profesiones, entre ellas y en un lugar muy destacado a los operadores jurídicos, tiene origen en la “mala formación”, en negligencias e impericias, además de la búsqueda desenfrenada de beneficios económicos, sin atender a los principios éticos que rigen tales quehaceres. El Derecho, se piensa hoy, luego de variadas vicisitudes, es inseparable de la Moral. (Mosset Iturraspe, 2005, pág. 23)
“Derecho inseparable de la Moral”, frase ésta que todo profesional abogado debería tener presente al obrar. De hecho, quienes ejercen la profesión olvidando o desplazando la ética a un segundo plano, en gran medida acaban generando con su obrar un perjuicio a terceros; sujetos que en absoluto merecen soportar el daño que ocasiona la inmoralidad de los abogados.
¿Qué sucede cuando por las conductas del profesional se genera un daño a otra persona? Para responder este interrogante se recurre a lo que se ha denominado “Responsabilidad del profesional”.
En la actualidad nos encontramos diariamente con situaciones que generan perjuicio en las demás personas y que merecen ser resarcidas. En el área de las profesiones liberales, los actos de los abogados, como profesionales de las ciencias del derecho – y como hombres al fin- pueden generar daños que sin lugar a dudas deben resarcirse. De hecho, ya existe en nuestra jurisprudencia - y así lo afirmó Kemelmajer de Carlucci - un frondoso elenco de casos en los cuales se juzgó la responsabilidad del abogado. (Kemelmajer de Carlucci, 2005).
Es por esto, que a través del presente trabajo, se busca particularmente obtener una respuesta al siguiente interrogante: ¿En qué supuestos de abandono de la causa por parte del profesional abogado se genera responsabilidad civil y debe indemnizarse?. Como consecuencia, se tiene por objetivo analizar las situaciones que generan responsabilidad por parte del profesional abogado, particularmente en el supuesto de abandono de la causa, y determinar la indemnización adecuada en miras de que la persona que ha sufrido el daño obtenga el resarcimiento que le corresponde. Todo lo dicho, en cumplimiento de lo que establece nuestro Código Civil, en su artículo 1109 denominado deber genérico de no dañar: “todo el que ejecuta un hecho, que por su culpa o negligencia ocasiona un daño a otro, está obligado a la reparación del perjuicio”.
Asimismo, se pretende ilustrar determinadas soluciones (a través del análisis de jurisprudencia destacada) para aquellas situaciones en las que se encuentre comprometida la responsabilidad del abogado. ¿Qué se puede hacer cuando se endilga responsabilidad al profesional? ¿Qué deben prever los abogados – en cuanto a las reglas éticas- para evitar llegar a dichas situaciones? ¿Qué conductas deberían haber adoptado?
Se procura, a través del presente trabajo, que se conozca que todas las conductas negligentes y descuidadas e incluso las inconductas procesales- y por supuesto, las dolosas- deben ser sancionadas para reparar el daño que ocasionan. De igual manera, se busca dar herramientas a los profesionales abogados para que en caso de verse inmersos en estas situaciones, se defiendan conforme al Derecho.
En primer lugar y por la importancia de esta figura jurídica, corresponde definir a la responsabilidad. Haciendo uso de las palabras de Matilde Zavala de González, citamos la definición que esta autora utiliza en su obra “Resarcimiento de daños”:
La responsabilidad es la reacción jurídica contra un perjuicio injusto. Responder implica asumir las consecuencias nocivas injustas que sufren o que pueden sufrir otras personas, con motivos de una actividad que actual o potencialmente lesiona sus intereses. Responde el sujeto sobre quien recae la obligación de prevenir o de resarcir esas consecuencias y que debe suministrar alguna respuesta jurídica con motivo del peligro o del daño ajeno. (Zavala de Gonzalez, 1999, pág. 67)
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