Mecanismo Alternativos de Solución de Conflictos
Enviado por Luis Fernando Aldana • 21 de Febrero de 2016 • Ensayo • 634 Palabras (3 Páginas) • 786 Visitas
Mecanismo Alternativos de Solución de Conflictos
Los Mecanismo Alternativos de Solución de Conflictos son herramientas las cuales sirven para solucionar controversias o diferencias de personas naturales o jurídicas siendo estas mismas las creadoras de sus propias soluciones y de esta forma no tener la necesidad de accionar el engranaje jurídico.
También es importante decir que los MASC no pueden ser utilizados de manera forzada o violenta ya que son herramientas voluntarias; en estos mecanismos puede entrar a intervenir un tercero neutral si así lo desean las partes, para que esta persona mediante una orientación pueda resolver las diferencias y así llegar a la toma de una decisión.
En muchos casos no es posible que las partes lleguen a un acuerdo ni entre ellas y con la intervención de un tercero por lo cual se hace necesario acudir a un Juez el cual toma una decisión.
Estos mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos no solamente han surgido como una forma para descongestionar los estrados judiciales de un sinfín de conflictos generados por la violencia e intolerancia entre las personas, si no como un medio por el cual se puedan escuchar los diferentes puntos de vista entre las partes, cuáles son sus intereses y fines para llegar a un acuerdo elaborado por ellos mismos.
Los MASC, pueden resultar en la gran mayoría de los casos una opción eficiente para resolver conflictos ya que son una forma distinta, eficaz, económica y rápida para la solución de estos y así permitiendo descongestionar las cargas de trabajo de las dependencias judiciales.
Es importante decir que los MASC no solamente se encuentran en Colombia, sino también en países latinoamericanos.
Los Mecanismo Alternativos de Solución de Conflictos son de gran importancia en nuestro ordenamiento jurídico, primeramente, estos están regulados en el decreto 1818 del 7 de septiembre de 1998, por medio del cual se expide el estatuto de los MASC, normatividad que fue derogada en gran parte por la ley 1563 de julio 12 de 2012, en lo referente a arbitraje y amigable composición. Y también en la ley Estatutaria de Administración de Justicia (ley 1285 de 2009) la cual da un contexto legal sobre los Mecanismos alternativos en su artículo 8 y 13.
Principalmente la ley 279 de 1996 reformada por ley 1285 de 2009 establece mecanismos alternativos al proceso judicial los cuales llegan para darle una mayor agilidad al poder judicial del estado y también le confieren investidura transitoria a los particulares para que sean los encargados de la función de administrar justicia en ciertas condiciones como de árbitros o conciliadores los cuales deben ser habilitados por las partes para proferir fallos en derecho o en equidad.
Para nuestro ordenamiento jurídico los MASC juegan un papel importante ya que como se ha dicho crea diferentes posibilidades para que las partes en conflicto puedan resolver sus problemas lo cual en gran forma sirve para apoyar la administración de justicia y de esta manera descongestionar los despachos judiciales ya que accionar el engranaje judicial llevaría mucho más tiempo y en algunos casos no sería económico ni eficaz para las partes, mientras que los MASC son rápidos, económicos, eficaces y dan una mayor satisfacción a las partes. También podemos observar la figura en la cual un particular es el encargado en la administración de justicia, en donde este en algunos casos (árbitros o conciliadores) puede acordar las reglas de procedimiento a seguir, pero esto siempre haciéndose mediante los principios Constitucionales que integran el debido proceso.
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