Medios de prueba
Enviado por karisregam • 6 de Junio de 2013 • Informe • 514 Palabras (3 Páginas) • 296 Visitas
MEDIOS DE PRUEBA
INSPECCIÓN JUDICIAL.
1.- SOBRE LA PERSONA.- dar fe de las consecuencias del delito.
2.-UN LUGAR.- acudir al lugar de los hechos para verificar.
3.-ALGUNA COSA.- instrumentos producto del delito.
FASES DE LA INSPECCIÓN.-
1.-OBSERVACIÓN.- acción que realiza el funcionario por medio de los sentidos.
2.- DESCRIPCIÓN.- constatar lo visto.
DESAHOGO.- para la descripción de lo inspeccionado se emplearan dibujos, planos, fotografías haciéndolas constar en un acta.
RECONSTRUCCION DE LOS HECHOS
Es la producción artificial del delito, realizada por orden del juez en su presencia y la de las partes, con el fin de darse cuenta sobre la narración de los hechos narrados por los testigos o el inculpado.
ELEMENTOS DE LA RECONSTRUCCION DE LOS HECHOS.
1.- la reproducción de los hechos.
2.- la observación que de esa reproducción hace el juez.
3.- el acta que se levanta de lo ocurrido de la diligencia.
COMO SE HACE LA RECONSTRUCCION DE LOS HECHOS.
1 se traslada el personal al ligar de los hechos.
2.- en ese lugar se le toma a los peritos y testigos la protesta.
3.- se determina que personas sustituyen a los agentes del delito
4.- el perito emite la opinión atendiendo a las declaraciones rendidas.
LA CONFESION
Es el reconocimiento que hace la persona sobre su propia culpabilidad, una declaración en la que reconoce la culpabilidad en la comisión de un delito.
ELEMENTOS DE LA CONFESION
1.- una declaración.
2.- que el contenido de la declaración implique al reconocimiento de la culpabilidad.
CLASES DE CONFESION
1.- CONFESION JUDICIAL.- es la que hace el inculpado de manera espontánea o mediante interrogatorio ante el órgano jurisdiccional.
2.-CONFESION EXTRAJUDICIAL.- la que se hace fuera de juicio.
3.- CONFESION SIMPLE.- cuando acepta su intervención como autor o participe.
4.- CONFESION CALIFICADA.- reconoce la verdad del hecho pero agrega circunstancias de falsedad.
5.- CONFECION ORAL Y ESCRITA.
DESAHOGO.
1.- se fijara hora y fecha para la diligencia que se practique, en audiencia pública, en compañía del defensor con la asistencia del mp.
2.- debe tratarse de hechos propios del inculpado.
3.- en el inicio de la diligencia se le deben hacer saber al inculpado el derecho que tiene a no declarar.
4.- el defensor deberá estar presente para que objete las preguntas que se le formulen y que sean contrarias a las reglas del interrogatorio.
5.- la confesión se rinde ante el mp o juez que conozcan del asunto.
TESTIMONIAL
Es la declaración hecha por una persona distinta de los sujetos principales del proceso penal, sobre percepciones sensoriales recibidas por el declarante.
TESTIGO.-
...