Memorial De Rebeldia
Enviado por maryoric • 20 de Octubre de 2013 • 322 Palabras (2 Páginas) • 891 Visitas
SEÑORA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA, TRABAJO PREVISION SOCIAL Y DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE ZACAPA.
MARCO TULIO FLORES, único apellido, de generales conocidas dentro del juicio identificado en la parte superior del presente escrito, respetuosamente comparezco ante usted, y para el efecto.
E X P O N G O.
Que no obstante que la demandada NORA ELIZABETH ESTRADA FUENTES, ha sido notificada de la resolución de fecha VEINTIOCHO DE FEBRERO DEL DOS MIL UNO, y a la fecha no ha contestado la demanda ni ha interpuesto ninguna excepción en los términos de ley en su momento procesal oportuno, es procedente se decrete la rebeldía de la demandada, y consecuentemente al no haber oposición a mi pretensión procesal, procede se tenga por contestada la demanda en sentido negativo y continuar el juicio en rebeldía a solicitud del presentado.
FUNDAMENTO DE DERECHO.
Preceptúa el artículo 113 del Código Procesal Civil y Mercantil, REBELDÍA DEL DEMANDADO. Si transcurrido el término del emplazamiento el demandado no comparece, se tendrá por contestada la demanda en sentido negativo y se le seguirá el juicio en rebeldía, a solicitud de parte.
P E T I C I O N.
1. Que sea aceptado para su trámite el presente memorial y que se agregue a sus antecedentes.
2. Que en virtud de que la demandada NORA ELIZABETH ESTRADA FUENTES no hizo uso de su derecho en los términos de ley, para contestar la demanda e interponer excepciones, se decrete su rebeldía y consecuentemente se tenga por contestada la misma en sentido negativo y se siga el juicio en rebeldía, a solicitud del presentado.
CITA DE LEYES. El artículo citado y los artículos 25,26,28,29,50,51,61,63,66,67,71,75,79,96,106,107 y 114 del Código Procesal Civil y Mercantil, 141,142 y 143 de la Ley del Organismo Judicial. Acompaño dos copias del presente escrito, Zacapa 3 de abril del 2001.
A RUEGO DEL PRESENTADO QUIEN PUEDE FIRMAR, PERO NO PUEDE HACERLO POR EL MOMENTO.
Y EN SU AUXILIO.
...