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Metodo Hermeneutico


Enviado por   •  27 de Marzo de 2012  •  1.879 Palabras (8 Páginas)  •  782 Visitas

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1. CUALES SON LAS NORMAS QUE SE REFIEREN A LA GESTIÓN DEL EMPLEO:

Introducción a las normas:

“Las reglas que rigen la economía global deberían destinarse a mejorar los derechos, los medios de subsistencia, la seguridad y las oportunidades para las personas, las familias y las comunidades en todo el mundo." Comisión Mundial sobre la Dimensión Social de la Globalización, 2004”.

Desde 1919, la Organización Internacional del Trabajo ha mantenido y desarrollado un sistema de normas internacionales del trabajo que tiene por objetivo la promoción de oportunidades para hombres y mujeres, con el fin de que éstos consigan trabajos decentes y productivos, en condiciones de libertad, igualdad, seguridad y dignidad. En la economía globalizada de la actualidad, las normas internacionales del trabajo constituyen un componente esencial del marco internacional para garantizar que el crecimiento de la economía global sea beneficioso para todos.

Aplicación y promoción de las normas:

"La acción normativa es una herramienta indispensable para convertir en realidad el trabajo decente. Juan Somavía, Director General de la OIT, 2001”.

Las normas internacionales del trabajo están respaldadas por un sistema de control que es único en el ámbito internacional y que contribuye a garantizar que los países apliquen los convenios que ratifican. La OIT examina regularmente la aplicación de las normas en los Estados Miembros y señala áreas en las que se podría mejorar su aplicación. Si existe algún problema en la aplicación de las normas, la OIT se dirige a asistir a los países, a través del diálogo social y de la asistencia técnica.

La OIT ha creado diversos mecanismos de control que permiten hacer un seguimiento de las medidas adoptadas para hacer efectivos los convenios y recomendaciones por ley y en la práctica, tras su aprobación por la Conferencia Internacional del Trabajo y su ratificación por los Estados.

Mecanismo de control:

Existen dos tipos de mecanismos de control:

1. Sistema de control periódico: Prevé el examen de las memorias que presentan periódicamente los Estados Miembros sobre las medidas que han adoptado para poner en ejecución los convenios a los cuales se han adherido.

2. Procedimientos especiales: Incluyen un procedimiento de reclamaciones y un procedimiento de quejas de aplicación general, así como un procedimiento especial en materia de libertad sindical.

OIT inicio > Normas del trabajo:

Normas del trabajo:

Las normas internacionales del trabajo se desarrollaron con el fin de constituir un sistema global de instrumentos relativos al trabajo y a la política social, sostenido a su vez por un sistema de control que permite abordar todos los tipos de problemas que plantea su aplicación a escala nacional.

La OIT: Su Estructura y Mandato:

Estructura:

 Organizaciones de Empleadores.

 Gobiernos.

 Organizaciones de Trabajadores.

Mandato:

Promover los derechos humanos, los derechos fundamentales en el trabajo, los derechos laborales y la justicia social, mediante la adopción de normas internacionales del trabajo.

Significa:

•Establecer normas laborales.

•Proveer asistencia técnica.

Los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo (OIT 1998):

 La libertad de asociación y la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva.

 La eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio.

 La abolición efectiva del trabajo infantil.

 La eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.

Normas Internacionales del Trabajo (N.I.T): Objetivos, Formas e Instrumentos:

•Objetivos:

 Ayudar a los gobiernos a la realización de la justicia social, mediante el combate de la injusticia, la opresión y las carencias.

 Desarrollar la política social.

 Defender y promover los derechos humanos.

•Formas:

 Convenios.

 Recomendaciones.

 Resoluciones y declaraciones.

•Instrumentos:

 Acuerdos Regionales (ejemplo: legislación de UE sobre Sistema Generalizado de Preferencias para Comercio).

 Legislación Nacional.

 Regulación voluntaria.

 Acuerdos colectivos referidos a una rama o a una empresa.

 Contratos y compras del Estado.

 Acciones civiles de consumidores.

Cómo se adopta una Norma Internacional del Trabajo (Convenio, Recomendación):

 Se identifica la necesidad de la norma.

 Se prepara por la Oficia Internacional del Trabajo un informe técnico que se envía a los gobiernos, empleadores y trabajadores para solicitar su opinión. Se elabora un segundo informe con el resumen de esas opiniones. Ambos informes se someten para discusión a los gobiernos, empleadores y trabajadores en la Conferencia Internacional del Trabajo (junio de cada año, Ginebra, Suiza).

 Se prepara informe técnico detallado sobre lo discutido en la CIT y se elabora un proyecto de norma.

 Todos los miembros de gobiernos, trabajadores y empleadores realizan comentarios sobre el proyecto.

 Los trabajadores, empleadores y gobiernos discuten nuevamente en la CIT.

 El instrumento final propuesto se adopta por 2/3 de los votos delos delegados gobiernos, empleados y trabajadores en la CIT presentes.

 El convenio puede ser ratificado, si el Estado lo estima oportuno, y se adoptan las medidas necesarias para adaptar la legislación nacional a las disposiciones del convenio.

2. CUALES SON LOS ORGANOS QUE EN LA ACTUALIDAD TIENEN ESA FUNCION:

Los órganos y procedimientos de control son:

1) Conferencia Internacional:

La Conferencia Internacional del Trabajo es el órgano superior de la OIT. Se reúne anualmente, en junio, en Ginebra. Está integrada por cuatro delegados por cada país miembro, dos de ellos elegidos por el gobierno, y los otros dos propuestos por las organizaciones de trabajadores y empleadores respectivamente. De este modo, la mitad de los integrantes de la Conferencia representan a los gobiernos, en tanto que una cuarta parte integra el bloque de trabajadores, y la otra cuarta parte integra el bloque de empleadores.

A la Conferencia Internacional le corresponde la sanción de las normas internacionales del trabajo]], fundamentalmente convenios y recomendaciones por las dos terceras partes de sus miembros.

También corresponde a la Conferencia Internacional examinar las memorias anuales que cada país debe presentar sobre el estado de la aplicación de

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