Necesidad de Diferenciar.
Enviado por Suanny Padilla • 31 de Octubre de 2016 • Informe • 1.368 Palabras (6 Páginas) • 206 Visitas
Necesidad de Diferenciar
Augusto Morello dice que la insistencia de la Corte en pos de la verdad jurídica objetiva, supera la distinción entre verdad jurídica formal y material, pues lo que se quiere es que los jueces, actuando de un modo activo y vigilante:
- Ejerzan sus poderes sus poderes de dirección y;
- Parejamente, los instructorios .
Uno de los postulados de la ciencia del proceso (moderno) consiste en el sistema de prueba del proceso (civil) se construye sobre el principio de la verdad material, Carnelutti distinguía entre una verdad –la materia- y una verdad convencional –la formal-.
La Solución Formal
Aquello que la doctrina jurisprudencial de la verdad jurídica objetiva está rechazando es la solución formal. Por ejemplo el caso de Grisetti cuando de resolvió que la sentencia en recurso al priva de efectos a la institución de un locador, con el solo argumento de que constituía un requerimiento superior a la cantidad adeudada por alquileres(a pesar de que los importes precisos se hallaran necesariamente involucrados) esto, consagraba una solución formal que prescinde de la justicia del caso y que no es derivación razonada de los hechos comprobados en la causa y del derecho consecuentemente aplicable.
Teoría del conocimiento
La convicción del Juez:
[pic 1]
Diners Almonacid.
COMPONENTES GNOSEOLÓGICOS
Gnoseológico: [pic 2]
- LA VERDAD
- La perspectiva gnoseológica Desde la teoría del conocimiento se ha dicho que es en el juicio donde se consuman la verdad y la certeza.[pic 3]
-El punto de confluencia gnoseológico es el juicio jurisdiccional;
[pic 4]
[pic 5][pic 6]
- La verdad empírica
La teoría sobre la verdad es la denominada de la ADECUACIÓN, según las raíces de cuño aristotélico:[pic 7]
Klaus Adomeit critica esta postura y distingue la VERDAD por DEFINICIÓN, la LÓGICA y la EMPÍRICA que la comprobación de una proposición empírica requiere de Preguntar a la realidad mediante métodos de investigación propios de cada ciencia. Tomamos el proceso judicial como un MÉTODO DE INVESTIGACIÓN.[pic 8]
- Una noción operativa de verdad
Siguiendo a Ferrater Mora, podemos señalar el vocablo de Verdad de dos formas[pic 9]
Con respecto a la Verdad Jurídica Objetiva pareciera más ajustado quedarnos con la segunda, teniendo en cuenta los vínculos con la realidad y existencia de los hechos y del derecho ya marcados por la jurisprudencia.
- El Problema de la Verdad como Valor
Determinar si la verdad en sí misma es considerada, es o no un valor.
La posesion de la verdad y el impulso hacia ella, constituyen un valor.
En una linea axiologica la Verdad como valor de conocimiento, ha querido situarse la jurisprudencia sobre la verdad juridica objetiva.[pic 10]
Cámara Civil, Sala E[pic 11]
Spota y Colmo
Reconociendo la polaridad de los valores:
En efecto tomando la verdad como VALOR DE CONOCIMIENTO, aparecen como principales disvalores La ignorancia, el error, la falta de interés y la ausencia de aspiración a la verdad y sus similares; la falsedad es un disvalor frente a la verdad.[pic 12]
2) LA CERTEZA
La evidencia como máxima certeza:
EVIDENCIA Actual y clara inteligibilidad del objeto, lo cual presupone la realidad de dicho objeto.[pic 13]
CERTEZA Es una cualidad propia del conocer, habiéndosela caracterizado como la Adhesión Firme de la Mente a un Enunciado Evidente.[pic 14]
- La evidencia es una cualidad del objeto
CERTEZA ABSOLUTA Es aquella en la cual toda posible duda sobre la verdad del hecho está totalmente excluida. [pic 15]
- LA CERTEZA MORAL
En el proceso formativo de su convicción respecto de la acción entablada, el juzgador, excepcionalmente, puede lograr una certeza absoluta sobre la forma en que ocurrió el hecho, pero le basta para fundar su decisión haber alcanzado una certeza moral, debiendo entenderse por tal el grado sumo de probabilidades acerca de la verdad.
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