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Normatividad, leyes de la educación y sistema educativo nacional


Enviado por   •  19 de Mayo de 2017  •  Ensayo  •  2.547 Palabras (11 Páginas)  •  648 Visitas

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Normatividad, leyes de la educación y sistema educativo nacional

17/03/2017

     


Contenido

NORMATIVIDAD, LEYES DE LA EDUCACIÓN Y SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL        3

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN        3

LEY PARA LA COORDINACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR        4

LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 5° CONSTITUCIONAL        4

LA FILOSOFÍA POLÍTICA        5

MISIÓN        5

ELEMENTOS QUE CONFORMAN EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL        5

RECURSOS Y COBERTURA, CALIDAD Y PERTENENCIA        5

EL PROCEDIMIENTO PARA OTORGAR Y MANTENER EL RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL.        6

ANÁLISIS DELA GUÍA DE GESTIÓN.        6

USO DE APLICACIÓN DE FORMATO        7

CONCLUSIONES        9

NORMATIVIDAD, LEYES DE LA EDUCACIÓN Y SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL

La Secretaría de Educación Pública (SEP) nació a principios del siglo pasado, en una  época en que el país se encontraba buscando estabilidad. Sufre modificaciones en su  orientación al ser influenciada por los procesos históricos de la época: el movimiento  cristero, el fin de la Revolución Mexicana, el nacimiento de la URSS, la Segunda  Guerra Mundial, la creciente industrialización entre otros, fueron durante el siglo  pasado los sucesos que marcaron el rumbo de la educación en México.

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

En México el derecho a la educación se encuentra salvaguardado jurídicamente por el artículo tercero de la Constitución, así como en su ley reglamentaria, la Ley General de Educación. La educación obligatoria pasó de ser sólo la primaria —durante casi un siglo— a extenderse hacia la educación secundaria (1993) y a la preescolar (2002). Aunque parezca obvio, se debe tener presente que el Estado, en sus tres órdenes de gobierno, tiene la obligación de garantizar a través del Sistema Educativo Nacional, que todos los mexicanos tengan acceso a la educación básica, asistan a la escuela de manera regular, permanezcan en ella hasta concluir este ciclo educativo, y que en ese tránsito todos logren aprendizajes equiparables, relevantes para su vida presente y futura. El rol de la secretaria de educación pública en el sentido que demanda su posición como elemento normativos, deberá comprender la planeación y evaluación general; la normatividad y accesoria técnico-pedagógica; así como la compensación de desigualdades. La inasistencia a la escuela es un problema grave para la población vulnerable, pues ésta enfrenta déficits importantes de recursos de diverso tipo. Esta situación es aún más aguda para quienes viven en localidades aisladas e indígenas. En relación con la educación primaria, no deja de llamar la atención que pese a la existencia de una escuela, las niñas y los niños no acuden a ella. Esta realidad induce a reflexionar acerca de que no es suficiente construir escuelas, sino que, además éstas han de ser pertinentes y adecuarse a las condiciones de la demanda, y también deben asegurar que el esfuerzo de asistir a ellas signifique aprender. Por otra parte, en términos generales, de quienes se inscriben en la educación secundaria casi la totalidad consigue concluirla en los tres años establecidos para ello. Sin embargo, existen brechas a considerar entre diversas poblaciones. Es un hecho innegable que la desigualdad social y económica es un rasgo de la sociedad mexicana. Esta situación limita el ejercicio pleno del derecho a la educación por lo que se refiere al acceso, permanencia, tránsito regular, egreso oportuno y aprendizaje. Por su parte, la escuela en particular, lejos de atenuar la desigualdad social, la reproducen al distribuir de manera inequitativa los beneficios de la educación. Como se ha analizado en el Informe, factores como el origen étnico, lugar de residencia y nivel socioeconómico de los alumnos condicionan su trayectoria educativa y sus aprendizajes.

LEY PARA LA COORDINACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR

En cuanto a la educación de bachillerato en adelante esta  regida por la ley de la coordinación de la educación superior la cual en forma coordinada y dentro de sus respectivas jurisdicciones, el servicio público de educación superior, atendiendo a sus necesidades y posibilidades, conforme a lo dispuesto por este ordenamiento y la Ley Federal de Educación.

La coordinación realizará las funciones siguientes:

I.-Promover, fomentar y coordinar acciones programáticas que vinculen la planeación institucional e interinstitucional de la educación superior con los objetivos, lineamientos y prioridades que demande el desarrollo integral del país; II.-Auspiciar y apoyar la celebración y aplicación de convenios para el fomento y desarrollo armónico de la educación superior, entre la Federación, los Estados y los Municipios; III.-Fomentar la evaluación del desarrollo de la educación superior con la participación de las instituciones; IV.-Apoyar la educación superior mediante la asignación de recursos públicos federales, y V.-Las demás previstas en la presente ley y otras disposiciones aplicables.

LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 5° CONSTITUCIONAL

Por otra parte, es importante una normativa que conduzca hacia una adecuado desempeño docente garantizando una justa retribución por su trabajo por lo cual la ley reglamentaria del artículo V menciona las garantías individuales y planea que nadie puede ser obligado a presentar trabajo sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento. Señalando también que los servidores públicos, solo podrán ser obligados en términos que establezcan sus leyes respectivas, así como el desempeño de su cargo. También asienta que el estado no podrá permitir que celebre ningún contrato o convenio que tenga por objeto el menoscabo o la perdida de la libertad de la persona ya sea por causas de trabajo educacional o voto religioso.

Por último, para que un derecho humano se respete y ejerza, es indispensable una mayor conciencia de su existencia, así como de su significado para el desarrollo de las personas y de la sociedad. Asimismo, en la medida en que se logren identificar con mayor precisión los obstáculos que impiden el pleno ejercicio del derecho a la educación de todos los mexicanos, sin discriminación alguna, se estará en mejores condiciones de formular y fraguar soluciones que permitan conseguir los fines de la educación consignados en nuestras leyes fundamentales.

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