OPERACIONES DE CREDITO
Enviado por alex16455 • 3 de Abril de 2014 • 347 Palabras (2 Páginas) • 233 Visitas
OPERCIONES DE CREDITO
Certificado de deposito: Es el contrato por el cual el depositario se obliga hacia el depositante a recibir una cosa, mueble o inmueble que aquel le confía, y a guardarla para restituirla cuando la pida al depositante.
Bono de prenda: La prenda es un derecho real constituido sobre un bien mueble enajenable para garantizar el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago.
Deposito de dinero: Es el depósito de una suma determinada de dinero en moneda nacional, en divisas o monedas extranjeras, transfiere la propiedad al depositario (depósito irregular) y la obliga a restituir la suma depositada en la misma calidad y especie (art. 267, LGTOC) salvo el caso de los depósitos que se constituyan en caja, saco o sobres cerrados que no transfieren la propiedad al depositario (depósito regular) y que su retiro quedará sujeto a los términos y condiciones que en el contrato mismo se señalen (art. 268, LGTOC).
Deposito de titulos: Generalmente no transfiere la propiedad al depositario a menos que, por convenio escrito, el depositante lo autorice a disponer de ellos con obligación de restituir otros tantos títulos de la misma calidad y especie, en este caso el depositario está obligado a la simple conservación material de los títulos a menos que por convenio expreso, se haya constituido el depósito en administración, en el cual el depositario se obliga a efectuar el cobro de los títulos y practicar todos los actos necesarios para la conservación de los derechos que aquéllos confieran al depositante. Existen : a) con transmisión de propiedad; b) sin transmisión de propiedad y c) en administración.
Fideicomisos: Un fideicomiso es un contrato o convenio en virtud del cual una persona, llamada “fideicomitente” o también “fiduciante”, transmite bienes, cantidades de dinero o derechos, presentes o futuros, de su propiedad a otra persona (una persona natural, llamada fiduciaria), para que ésta administre o invierta los bienes en beneficio propio o en beneficio de un tercero, llamado “fideicomisario”. Cabe señalar que, al momento de la creación del fideicomiso, ninguna de las partes es propietaria del bien objeto del fideicomiso.
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