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ORDINARIO MERCANTIL


Enviado por   •  5 de Agosto de 2012  •  980 Palabras (4 Páginas)  •  765 Visitas

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ASUNCION LEONARDA ISADORA ORTIZ NAVA

VS.

BENJAMIN CAMARENA TAMAYO y/o PLOMERIA DOMESTICA INDUSTRIAL “SANTA MARIA”

JUICIO: ORDINARIO MERCANTIL

ESCRITO INICIAL.

C. JUEZ DE PAZ EN TURNO

EN EL DISTRITO FEDERAL

P R E S E N T E

ASUNCION LEONARDA ISADORA ORTIZ NAVA, por mi propio derecho, señalando como domicilio en esta ciudad de México, Distrito Federal el despacho XXXXXXXXXXXCódigo Postal 06100, y autorizando en términos de los dispuesto en el tercer párrafo del artículo 1069 del Código de Comercio al Doctor en Derecho al Doctor en Derecho XXXXXXXXX con numero de cédula profesional XXXXXX y a la Licenciada en derecho XXXXXXXXZ, con número de Cédula Profesional XXXXXXXXXXX, expedida a su favor por la Dirección General de Profesionistas de la Secretaria de Educación Pública y para los efectos de oír y recibir notificaciones, documentos y valores e imponerse de autos, al C. XXXXXXXXXX, ante Usted con el debido respeto comparezco a exponer lo siguiente:

Vengo a promover JUICIO ORDINARIO MERCANTIL en contra de BENJAMIN CAMARENA TAMAYO o PLOMERIA DOMESTICA INDUSTRIAL “SANTA MARIA”

BENJAMIN CAMARENA TAMAYO. y PLOMERIA DOMESTICA INDUSTRIAL “SANTA MARIA” con domicilio para efectos de ser emplazado en CALLE AMADO NERVO, NÚMERO 55 (CINCUENTA Y CINCO), COLONIA SANTA MARIA LA RIBERA, DELEGACION CUAUHTÉMOC, C.P. 06400 EN MÉXICO DISTRITO FEDERAL.

El cumplimiento de las siguientes:

P R E S T A C I O N E S

1. El pago de la cantidad de $ 2,000.00 (DOS MIL PESOS 00/100 M.N.) por concepto de suerte principal.

2. El pago de los intereses moratorios que se generaron y se sigan generando hasta el pago de la suerte principal, a razón del 6% (SEIS POR CIENTO) anual, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 362 del código de comercio.

3. Los gastos y costas que el presente juicio ocasionen.

Se funda la presente promoción en los siguientes hechos y consideraciones de derecho que a continuación me permito exponer:

H E C H O S

I.-El día veintinueve de marzo de dos mil once, solicite los servicios del señor Benjamin Camarena Tamayo. en su negocio llamado “HERRERIA, PLOMERIA DOMESTICA INDUSTRIAL SANTA MARIA” ubicado en la calle Amado Nervo, número 55 (cincuenta y cinco), colonia Santa María la Ribera, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06400 en México Distrito Federal, para la construcción de una ventana y colocación de vidrios claros en mi casa, ya que anteriormente ya me había hecho otros trabajos y las medidas de mi ventana ya las había tomado y me cobraría en total la cantidad de $6,500.00 (SEIS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N), por lo cual le di a cuenta para efectos de empezar a trabajar y comprar el materia $2,000.00 (DOS MIL PESOS 00/100 M.N) tal

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