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PRINCIPIO DE LEGALIDAD


Enviado por   •  22 de Mayo de 2014  •  365 Palabras (2 Páginas)  •  244 Visitas

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PRINCIPIO DE LEGALIDAD

EL CONGRESO DE LA UNIÓN DEBE DISCUTIR Y APROBAR ANUALMENTE, DURANTE SU PERIODO ORDINARIO DE SESIONES, LAS CONTRIBUCIONES QUE BASTEN PARA CUBRIR EL PRESUPUESTO DE EGRESOS, DE DONDE CONCLUYE QUE LAS CONTRIBUCIONES DEBEN ESTAR ESTABLECIDAS EN UNA LE EXPEDIDA POR EL PODE LEGISLATIVO.

IMPLICA QUE “TODO TRIBUTO DEBE, PARA SU VALIDEZ Y EFICACIA, ESTAR DEBIDAMENTE PREVISTO EN UNA NORMA JURÍDICA EXPEDIDA CON ANTERIORIDAD A LOS HECHOS O SITUACIONES A LOS QUE VA A SER APLICADO. DE OTRA FORMA EL MISMO CARECERÁ DE TODA VALIDEZ Y SU POSIBLE APLICACIÓN APLICARA AUTOMÁTICAMENTE UN ABUSO Y UNA ARBITRARIEDAD POR PARTE DEL ESTADO”

LA EXIGENCIA DE QUE LAS CONTRIBUCIONES SOLAMENTE SE PUEDEN IMPONER POR MEDIO DE UNA LEY, Y EL ACTO LEGISLATIVO ES FACULTADA DEL CONGRESO DE LA UNIÓN Y POR ELLO, LAS CONTRIBUCIONES DEBEN DISCUTIRSE PRIMERO EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS.

ES IMPORTANTE MENCIONAR, QUE EL PRINCIPIO DE LA LEGALIDAD NO SIGNIFICA TAN SOLO QUE LA CONTRIBUCIÓN, COMO TAL, HA DE SER DETERMINADA POR UNA LEY, SINO QUE IMPLICA QUE EL PODER LEGISLATIVO HABRÁ DE DETERMINAR, DE UNA FORMA CLARA Y PRECISA, TODOS SUS ELEMENTOS.

TIENE UNA DOBLE FUNCIÓN, YA QUE EN PRIMER LUGAR ATAÑE FISCO Y EN SEGUNDO LUGAR A LOS PARTICULARES. LA AUTORIDAD HACENDARIA NO PUEDE LLEVARA CABO ACTO ALGUNO O REALIZAR DETERMINADA FUNCIÓN DENTRO DEL ÁMBITO FISCAL, SIN ENCONTRARSE PLENAMENTE FACULTADA.

LOS CONTRIBUYENTES SOLO SE ENCUENTRAN OBLIGADOS A CUMPLIR CON LOS DEBERES QUE PREVIA Y EXPRESAMENTE LES IMPONGAN LAS LEYES, YA QUE EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD EN MATERIA TRIBUTARIA, ESTABLECE QUE PARA LA EXISTENCIA JURÍDICA DE CUALQUIER CONTRIBUCIÓN, ESTA DEBE PREVERSE EN LEY

PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD Y EQUIDAD.

LOS IMPUESTOS DEBEN SER ESTABLECIDOS EN FUNCIÓN DE LA CAPACIDAD CONTRIBUTIVA DE LAS PERSONAS A QUIENES VA DIRIGIDO Y QUE SEAN ESTABLECIDOS ATENDIENDO A LA CAPACIDAD ECONÓMICA DEL CONTRIBUYENTE. LOS SUJETOS PASIVOS DE UN TRIBUTO DEBEN CONTRIBUIR A LOS GASTOS PÚBLICOS EN FUNCIÓN DE SU RESPECTIVA CAPACIDAD CONTRIBUTIVA.

EL IMPACTO FISCAL DEBERÁ SER CUALITATIVAMENTE MAS FUERTE EN EL CASO DE LOS CONTRIBUYENTES QUE OBTENGAN ELEVADOS INGRESOS Y CUALITATIVAMENTE MAS LEVE TRATÁNDOSE DE CONTRIBUYENTES DE MENOS RECURSOS, POR ELLO, QUE TODOS LOS QUE TIENEN CAPACIDAD CONTRIBUTIVA PAGUEN ALGÚN IMPUESTO Y QUE ESTE REPRESENTE PARA TODOS EL MÍNIMO SUFICIENTE POSIBLE.

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