PRINCIPIOS DE DERECHO ARBITRAL
Enviado por richardmagne • 12 de Octubre de 2012 • 653 Palabras (3 Páginas) • 540 Visitas
1. Principio de libertad. (Autonomía de la voluntad de las
partes).
La regulación del procedimiento arbitral tiene como norma
suprema la voluntad de las partes en conflicto, siempre
dentro de los límites que impone el orden público.
El artículo 2. de la Ley Nº 1770 considera que las partes
pueden pactar el reconocimiento de facultades potestativas
a éstas, para adoptar medios alternativos al proceso judicial
para la solución de controversias.
Es la voluntad de las partes, establecida en un compromiso
arbitral en forma de cláusula y convenio independiente, la
que determina la composición del Tribunal y el
procedimiento arbitral, y sólo en el caso que las partes no
hayan señalado nada sobre este punto se aplica la ley.
Reafirmándose así el principio de la autonomía de la
voluntad de las partes, situándolo incluso por encima de
la ley, aunque esta voluntad de las partes puede estar
limitada en el caso de un Laudo que sea contrario al orden
público.
Si bien la ley consagra el principio de la libertad, no omite
cierto control sobre las actuaciones de las partes, lo que
se manifiesta en determinadas normas de contenido
imperativo, particularmente en la etapa referida a la emisión
del Laudo Arbitral, a fin de garantizar que este sea dictado
con las garantías que la propia ley señala.
2. Principio de Flexibilidad
Consiste en el establecimiento de actuaciones informales,
adaptables y simples. Se trata de las reglas a que se sujeta
el procedimiento, pudiendo disponerse la aplicación del
reglamento que tenga establecido la institución a quien se
encomienda su administración.
La doctrina toma como punto de partida el eje central sobre
el que se apoya el arbitraje, la autonomía de la voluntad
de las partes; descargando el formalismo, planteando la
sencillez de la unidad conceptual del arbitraje, la plena
libertad formal para celebrar con eficacia las actuaciones
procesales en la que deben concurrir requisitos mínimos
necesarios para su validez.
3. Principio de Privacidad.
Consiste en el mantenimiento obligatorio de la necesaria
reserva y obligatoriedad. El arbitraje tiene una dimensión
concebida dentro de un marco privatista. Esto permite que
el “buen nombre” de las partes que intervienen en el conflicto
no se vea afectado por el hecho del litigio, lo que no ocurre
en la justicia ordinaria cuando ambas partes son conocidas
en el medio.
4. Principio de idoneidad.
Consiste en la capacidad de desempeñarse como árbitro
o conciliador. Asegurándose así la calidad del fallo por la
condición moral
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