PRINCIPIOS PROCESALES EN EL DERECHO CIVIL
Enviado por jorgeceballos • 17 de Mayo de 2019 • Ensayo • 1.417 Palabras (6 Páginas) • 139 Visitas
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ISAE UNIVERSIDAD
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS
DERECHO CIVIL I
PROFESORA
DANIA BROCE
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PRINCIPIOS PROCESALES EN EL DERECHO CIVIL
PAMELA RAIZA OJITO REYES
10 de mayo de 2019
PRINCIPIOS PROCESALES EN EL DERECHO CIVIL
Los Principios Generales del Derecho Civil vienen a constituirse en los pilares básicos sobre los que se desarrolla toda la actividad procesal. No constituyen reglas indestructibles, pero su existencia y respeto representan la seguridad y equidad que se busca al momento de acceder a los instrumentos procesales que la Ley presenta.
Los principios procesales constituyen instrumentos interpretativos de gran valor, ya que contribuyen a integrar los vacíos que puede presentar la norma, vienen a regular las relaciones jurídicas del proceso, así como del juez y de las partes dentro del marco limitado en el que se desenvuelve la actividad procesal.
Los Principios Generales del Derecho Procesal Civil los podemos encontrar en el
LIBRO SEGUNDO, PARTE I, TÍTULO PRELIMINAR, Capítulo I, de las REGLAS GENERALES DE PROCEDIMIENTO, del Código Judicial de la República de Panamá, que presenta como los principales a los siguientes:
Principio de dirección judicial del proceso:
Bajo este principio entendemos que la actividad procesal está regulada y es dirigida por el Órgano Judicial por medio de los jueces y magistrados quienes ocupan el lugar que los convierten en directores de proceso, provisto de una serie de facultades para dejar de ser un “convidado de piedra”. Es por ello que este principio consiste en otorgar al Juez la aptitud necesaria para conducir autónomamente el proceso sin necesidad de intervención de las partes para la consecución de sus fines.
Este es uno de los principios más importantes toda vez asegura la seguridad jurídica del proceso, en nuestro caso sólo el órgano Judicial y demás autoridades instituidas por Ley pueden dirigir y dirimir la actividad procesal, es decir, como medio utilizado por el Estado para hacer efectivo el Derecho Objetivo y concretar finalmente la paz social en justicia.
Principio de independencia del órgano judicial:
Para que se pueda obtener el fin de una recta administración de justicia es indispensable que los funcionarios encargados de tan delicada y alta misión puedan obrar libremente en cuanto a la apreciación del Derecho y de la equidad, sin más obstáculos que las reglas que la ley les fije en cuanto a la forma de adelantar el proceso y de proferir su decisión.
Significa que los Jueces y funcionarios son independientes en sus actos y bajo el prisma de este principio de independencia se rechaza toda coacción ajena en el desempeño de sus funciones.
Principio de bilateralidad:
Este principio está basado en que todo proceso civil son indispensables dos partes (demandante y demandado).
Incluye la premisa de que los actos procesales deben realizarse con conocimiento de las partes debe incluir la información previa y oportuna, al contrario, a fin de que éste pueda hacer valer su derecho de defensa y rebatir la pretensión de la otra parte.
Este principio garantiza la defensa según el cual todos los actos del procedimiento deben ejecutarse con intervención de la parte contraria.
Principio de publicidad:
Asegura que todo proceso se desarrolle con conocimiento público; es decir, nada puede ser efectuado de manera escondida, este es un principio muy interesante ya que la publicidad tiene dos vertientes el conocimiento de las partes involucradas y el de todo aquel interesado. Este principio constituye una garantía de que en la Administración de Justicia no existe algo escondido en el proceso, que se preste a suspicacias de las partes o duda en cuanto a la imparcialidad del órgano jurisdiccional.
Principio del impulso procesal de oficio:
Se relaciona con la premisa que una vez iniciado el proceso los administradores de justicia principalmente, deben procurar su marcha sin necesidad de que existan dilaciones intencionadas pues simplemente se trata de cumplir las normas legales que lo regulan, y son responsables de cualquier demora ocasionada por su culpa.
Existen actos que necesariamente deben tener origen en la voluntad expresa de las partes, y, además, hay otros, simplemente de tramitación, que también les corresponden,
Principio de adquisición:
Consiste en todo documentos, medios probatorios e informaciones brindadas a través por las partes deben ser incorporadas al proceso. En consecuencia, los instrumentos presentados con la demanda u otros escritos dejan de pertenecer a las partes y en adelante pertenecen al proceso como instrumento público.
De acuerdo con este principio, todas las partes tienen la posibilidad de beneficiarse o a perjudicar por igual con el resultado de los materiales aportados al proceso por cualquiera de ellas.
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