PTU Generalidades Y Base De cálculo
Enviado por BENADAd • 30 de Abril de 2013 • 3.165 Palabras (13 Páginas) • 703 Visitas
PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS
GENERALIDADES
Es importante platicar de un antiguo derecho de los trabajadores el cual es el percibir una parte de los resultados económicos de una empresa, los meses en los que se debe entregar el reparto son mayo y junio.
Por esta razón conviene elaborar un análisis de los procedimientos, obligaciones y derechos que tienen tanto patrones como trabajadores, para cumplir de forma adecuada con esta obligación.
En la actualidad, el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de las empresas emana del Artículo 123 apartado A fracción IX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual a la letra establece: “Los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de las empresas (...)”. Esta referencia es importante ya que son únicamente los trabajadores contemplados en el apartado A del referido artículo, para quienes se contempla esta prestación, siendo éstos los trabajadores de la iniciativa privada.
Determinación de la Base del Reparto
Para determinar el monto de la utilidad a repartir a los trabajadores, el Artículo 123 constitucional, inciso A en su fracción IX inciso e) indica que “. Se tomará como base la renta gravable de conformidad con las disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta”. A su vez, el inciso a) señala que “Una Comisión Nacional, integrada con representantes de los trabajadores, de los patronos y del gobierno, fijará el porcentaje de utilidades que deba repartirse entre los trabajadores”, mismo que mediante Resolución hecha en su Quinta reunión con fecha 3 de febrero de 2009 , se estableció que sería de 10%.
Objeción de los Trabajadores con Respecto a la Base del Reparto
Los trabajadores tienen el derecho de formular objeciones en caso de no estar de acuerdo con la declaración de ISR que presente el patrón ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Para estos propósitos, el Artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece el siguiente procedimiento:
1. El patrón presenta su declaración anual ante la autoridad fiscal.
2. El patrón tiene un plazo de 10 días a partir de la presentación de la declaración anual, para entregar a los trabajadores una copia de ésta. En el caso de las declaraciones presentadas vía Internet, se entregarán los anexos correspondientes que se imprimen del software denominado “DEM” utilizado para la presentación de la declaración anual de las personas morales, o del DeclaraSat para el caso de las personas físicas.
3. Los anexos de la declaración quedan a disposición de los trabajadores durante 30 días, éstos no deben difundir esta información a terceros.
4. Los trabajadores tienen 30 días para formular las objeciones correspondientes ante la SHCP, ya sea a través del sindicato, o bien, de la mayoría de los trabajadores. Si no tienen objeciones, se procede a la individualización de la base, y al reparto.
5. En caso de que los trabajadores presenten objeciones, la SHCP dicta la resolución definitiva, la cual no puede ser recurrida por los trabajadores. Para estos efectos, la SHCP no tiene plazo definido en la Ley.
6. Una vez dictada la resolución por parte de la SHCP, el patrón tiene un plazo de 30 días para dar cumplimiento a la misma, independientemente de que la impugne. En este caso, si el patrón impugna la resolución y ésta resultara a su favor, podrá deducir los pagos efectuados en exceso, de las utilidades correspondientes a los trabajadores en el siguiente ejercicio.
Una vez aceptado por ambas partes el monto base del reparto, se procede a calcular la parte que en lo individual le corresponde a cada trabajador.
Individualización del Reparto
De acuerdo con el Artículo 125 de la LFT, la participación de cada trabajador se determinará observando las siguientes normas:
1. Se formulará un proyecto en el que se determine la PTU que le corresponde a cada trabajador y se colocará en un lugar visible de la empresa. Este proyecto se formulará por una comisión integrada por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón.
2. Si los representantes de los trabajadores no se ponen de acuerdo, decidirá el Inspector del Trabajo.
3. Los trabajadores tendrán un plazo de 15 días para realizar las observaciones correspondientes.
4. En caso de haber objeciones, éstas serán resueltas por comisión mixta dentro de un plazo de 15 días.
Una vez aceptados por las partes los montos que en forma individual les corresponden a los trabajadores, se procede a efectuar el reparto.
Época de pago
El reparto de utilidades se efectuará:
• En el mes de mayo para los trabajadores de patrones que sean personas morales.
• En el mes de junio para los trabajadores de patrones que sean personas físicas.
• Patrones obligados a dictaminarse 60 días siguientes a la fecha en que se presentó la declaración por dictamen.
Sujetos obligados
Están obligados a efectuar reparto de utilidades todas las personas físicas o morales que tengan trabajadores a su servicio, sean o no contribuyentes del Impuesto sobre la Renta.
Sujetos exceptuados (126 LFT)
Quedan exceptuados de la obligación de repartir utilidades:
• Empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.
• Empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo (calificado por SECOFI), durante los dos primeros años de funcionamiento.
• Empresas de nueva creación, de la industria extractiva, durante el período de exploración.
• Instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.
• El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
• Las empresas que tengan capital menor al que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Industria y Comercio. Dicha Secretaría establece que quedan exceptuadas de la obligación de repartir utilidades las empresas cuyo capital y trabajo generen un ingreso anual declarado al ISR no superior a $300,000, de acuerdo a la resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación del 19 de diciembre de 1996.
Trabajadores con derecho a PTU
Los trabajadores que tienen derecho a recibir PTU son los siguientes:
• Trabajadores de planta, ya sea período indeterminado,
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