Partes relacionadas
Enviado por cagh • 4 de Enero de 2012 • Ensayo • 1.539 Palabras (7 Páginas) • 854 Visitas
PARTES RELACIONADAS
CONCEPTO
Las personas físicas como morales se consideran partes relacionadas cuando una participa de manera directa o indirecta en la administración, control o capital de la otra; o cuando una persona o grupo de personas participen, directa o indirectamente, en la administración, control o en el capital de dichas personas.
MARCO LEGAL
Artículo 106, penúltimo párrafo LISR:
“Se considera que dos o más personas son partes relacionadas, cuando una participa de manera directa o indirecta en la administración, control o capital de la otra, o cuando una persona o grupo de personas participe, directa o indirectamente, en la administración, control o en el capital de dichas personas, o cuando exista vinculación entre ellas de acuerdo con la legislación aduanera.”
Artículo 215, quinto y sexto párrafo LISR:
“Se considera que dos o más personas son partes relacionadas, cuando una participa de manera directa o indirecta en la administración, control o capital de la otra, o cuando una persona o grupo de personas participe directa o indirectamente en la administración, control o capital de dichas personas. Tratándose de asociaciones en participación, se consideran como partes relacionadas sus integrantes, así como las personas que conforme a este párrafo se consideren partes relacionadas de dicho integrante.
Asimismo, se consideran partes relacionadas de un establecimiento permanente, la casa matriz u otros establecimientos permanentes de la misma, así como las personas señaladas en el párrafo anterior y sus establecimientos permanentes.”
Esta definición puede aplicarse a los siguientes supuestos:
• Una persona física sea parte de la administración de dos sociedades diferentes (artículo 142 de la Ley General de Sociedades Mercantiles).
• Una persona tenga el control de otra; este concepto no es muy preciso, pues no se define si corresponde al control que puede ejercer un accionista mayoritario en los acuerdos de asamblea (artículos 189 y 190 de la LGSM), o simplemente al control sobre las operaciones de la sociedad que realiza el administrador, aunque de alguna manera necesariamente debe incidir en las decisiones de una compañía.
• Participación en el capital; en este rubro no existe limitación sobre la tenencia accionaria, por lo que bastaría con poseer una acción.
Adicionalmente a lo anterior, por prescripción de la última oración, del penúltimo párrafo del citado artículo 106, las personas físicas también serán partes relacionadas cuando exista vinculación con otra persona de acuerdo con la legislación aduanera, según su artículo 68, esto es si:
• Una de ellas ocupa cargos de dirección o responsabilidad en una empresa de la otra.
• Están legalmente reconocidas como asociadas en negocios.
• Tienen una relación de patrón y trabajador.
• Una persona tiene directa o indirectamente la propiedad, el control o la posesión del 5% o más de las acciones, partes sociales, aportaciones o títulos en circulación y con derecho a voto en ambas.
• Una de ellas controla directa o indirectamente a la otra.
• Ambas personas están controladas directa o indirectamente por una tercera persona.
• Juntas controlan directa o indirectamente a una tercera persona.
• Son de la misma familia.
PRECIOS DE TRANSFERENCIA
CONCEPTO
Es el precio pactado en las operaciones entre dos o más divisiones que pertenecen a un mismo grupo de empresas, sean multinacionales o no, también son llamadas operaciones Inter compañía o entre partes relacionadas.
El intercambio de bienes y servicios han dado origen a la problemática de determinar cual es el precio optimo de transferencia entre dichas empresas, dadas las condiciones económicas en cada país y determinarlas a un valor de mercado, de la misma forma para las autoridades fiscales ha significado una problemática el poder vigilar que dichas empresas paguen impuestos en cada jurisdicción fiscal de acuerdo a una base coherente con la utilidad que obtendrían empresas independientes en el mercado.
MARCO LEGAL
Las operaciones intercompañía que realizan las empresas en diversos países pueden ser muy diversas, pero en todos los casos deberá existir una razón de negocio y observarse el cumplimiento del principio de valor de mercado (Arm´s Length Principle). La aplicación de este principio permitirá a las autoridades fiscales de cada país controlar los precios de estas operaciones, sean nacionales o extranjeras, y recaudar el impuesto justo de acuerdo con los ingresos en cada uno de los países en donde fueron generados
Principio de valor de mercado:
Los precios pactados en operaciones entre partes relacionadas se deben realizar como si se hubieran pactado con partes no relacionadas o independientes en operaciones idénticas o similares. Este principio debe ser respetado por los miembros de la OCDE (organización de la cual México es miembro desde 1994) e introducidos en su legislación doméstica. En este sentido, la LISR contempla los siguientes aspectos:
Personas obligadas a aplicar el principio de valor de mercado:
• Personas físicas que celebren operaciones con partes relacionadas. Art. 106 de la LISR.
• Personas morales que celebren operaciones con partes relacionadas en el extranjero.
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