Pena De Muerte
Enviado por geryas • 27 de Abril de 2015 • 1.520 Palabras (7 Páginas) • 161 Visitas
INTRODUCCIÓN:
Según los últimos documentos eclesiásticos, del Concilio Vaticano II y el Catecismo de la iglesia Católica, la pena de muerte se admite en casos excepcionales. Porque en los últimos años la delincuencia ha ido aumentando de manera considerable. Esta seria, en la actualidad la posición oficial de la Iglesia.
La pena de muerte es un acto criminal de venganza.
La Razón de Justicia de la pena de muerte, se sustenta por un lado, por fundamentaciones religiosas, cuya máxima expresión se encuentra en el Antiguo Testamento, una de ella puede ser la ley del talión "Vida por vida, ojo por ojo, diente por diente"
Por otro lado, se fundamenta en las Teorías Absolutas de la pena, estas teorías se basan en la libertad e igualdad naturales de todos los hombres. Por lo tanto, cuando un hombre comete un delito, se ha de retribuir al autor del delito con una pena equivalente al mal que ha ocasionado.
¿Es necesario correr el riesgo de que el criminal luego de ser declarado culpable y encarcelado, quede en libertad y vuelva a cometer otro crimen?
Pena de muerte, privación de la vida del condenado por la comisión de un delito grave que la ley sanciona con dicha pena. Es denominada asimismo pena capital.
Escritores y filósofos del siglo XVIII como Montesquieu, Voltaire o Cesare Beccaria abogaron por importantes reformas en los sistemas penales, que fueron llevando poco a poco desde la limitación de los delitos castigados con la pena capital hasta su completa abolición en muchas legislaciones. En la actualidad muchos países admiten la pena de muerte sólo en casos excepcionales como en tiempo de guerra y en situaciones de extrema gravedad. En Estados Unidos existe esta pena en algunos estados. Después de que una sentencia del Tribunal Supremo se pronunciara en contra de la misma, aduciendo su inconstitucionalidad, otra sostuvo en cambio su adecuación a la Constitución de Estados Unidos. En España la pena de muerte fue abolida por la Constitución de 1978.
Los defensores de la pena capital alegan en su favor un carácter ejemplarizante que, según su interpretación, no se alcanza con las penas privativas de libertad. Los que se oponen a la aplicación de la pena de muerte aducen todo lo contrario, y añaden como argumento la posibilidad de error judicial, que siempre sería imposible de remediar, así como la indefensión de aquellos reos que, al no tener recursos económicos, tampoco podrían pagar una defensa eficaz en el juicio. Son sobre todo las consideraciones de orden ético y hasta religioso las que más pesan a la hora de abogar por la abolición de esta pena, al considerar el derecho a la vida como algo incuestionable.
Las sentencias de muerte hay que pensarlas mucho. Para condenar á pena capital siempre hay tiempo de sobra. No nos precipitemos.
No hay que negarlo. La ciencia es implacable, y al parecer es fría y árida y mata muchas ilusiones.
SIGNIFICADO DEL DICCIONARIO:
Pena. (Del lat. poena). f. Castigo impuesto conforme a la ley por los jueces o tribunales a los responsables de un delito o falta. || ~ capital. f. La de muerte. || ~ correccional. f. Antiguamente, la de menor gravedad. || ~ de daño. f. En la teología tradicional, privación perpetua de la vista de Dios en la otra vida. f. pena capital. || ~ del talión. f. La que imponía al reo un daño igual al que él había causado. || ~ grave. Cada una de las de mayor severidad. || ~ leve. Cualquiera de las de menos rigor. || ~ pecuniaria. f. multa.
Muerte. (Del lat. mors, mortis). f. Cesación o término de la vida. || 2. En el pensamiento tradicional, separación del cuerpo y el alma.|| ~ a mano airada. f. muerte que causa intencionadamente una persona a otra. matar (ǁ quitar la vida).
BREVE RESEÑA HISTORICA:
La pena de muerte
Este grabado muestra uno de los momentos claves de la Revolución Francesa: la ejecución del rey Luis XVI en la guillotina. Hoy día la mayoría de los países prohíben la pena de muerte, al considerar que nadie -ni siquiera el Estado- puede apropiarse de la vida de una persona. Suele sustituirse por una larga pena de prisión, donde se intenta rehabilitar y reinsertar en la sociedad al individuo que ha hecho daño. A veces se consigue, y otras veces no.
LA CONTITUCIÓN NACIONAL DICE:
Artículo 18. Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden escrito de autoridad competente.
...