Periciales
Enviado por pierroth • 12 de Abril de 2013 • 859 Palabras (4 Páginas) • 427 Visitas
Periciales
Quienes son peritos
Son aquellas personas especializadas en ciertas materias, con estudios superiores en áreas especificas, donde pueda surgir alguna controversia.
Existen también los peritos prácticos, estos son aquellos expertos en materias no reglamentadas.
También son llamados peritos prácticos cuando en la región donde se realizara el peritaje no existan personas que estén tituladas.
Requisitos para ser peritos
Tener titulo oficial en la ciencia, técnica o artes relativas al punto sobre el cual dictaminaran.
Cuando el inculpado pertenezca a un grupo étnico indígena podrán ser peritos prácticos, personas que pertenezcan a dicho grupo.
Personas que deben ser designadas
La designación de peritos hecha por el Juzgador o por el Ministerio Público deberá recaer en personas que desempeñen ese empleo por nombramiento oficial y a sueldo fijo. Si no las hubiere, se nombrarán preferentemente de entre las personas que prestan servicios al Estado, a los Municipios o a los Organismos Descentralizados.
Designación y números de peritos
El Ministerio Público y la defensa en la averiguación previa, o ambos y el Juzgador en el proceso, nombrarán los peritos que sean necesarios para dictaminar sobre cada punto que amerite su intervención.
La autoridad competente y las partes podrán interrogar a los peritos.
Peritos nombrados por las autoridades o las partes
Todos los gastos que se originen en un proceso por diligencias que no fueran decretadas por el juzgador o promovidas por el Ministerio Público se pagarán por el que las promueva, pero cuando el inculpado carezca de recursos y la prueba resulte trascendente, el juzgador ordenará que sea desahogada con cargo al erario público para garantizar el derecho a la defensa.
Dictámenes periciales
Cuando el inculpado pertenezca a un grupo étnico indígena, el juzgador deberá allegarse dictámenes periciales, a fin de ahondar en el conocimiento de su personalidad y captar su diferencia cultural respecto a la cultura media regional y nacional.
protesta
Los peritos, al aceptar su cargo, tienen obligación de protestar su fiel desempeño ante el funcionario que practique las diligencias.
En casos urgentes, la protesta la rendirán al producir o ratificar su dictamen.
Plazo para rendir dictamen
El funcionario que practique las diligencias fijará a los peritos el plazo que deban cumplir su cometido. Si transcurrido el mismo no rinden su dictamen, o si legalmente citados y aceptado el cargo no concurren a desempeñarlo, se hará uso de los medios de apremio.
Si a pesar de haber sido apremiado el perito no cumple con las obligaciones señaladas en el párrafo anterior, se denunciará su conducta ante el Ministerio Público.
Médicos en los hospitales públicos
Cuando se trate de una lesión proveniente del delito y el lesionado se encuentre en algún hospital público, los médicos de éste se tendrán por nombrados como peritos, sin perjuicio de
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