ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Personalidad Jurídica De Los Estados


Enviado por   •  12 de Marzo de 2014  •  1.672 Palabras (7 Páginas)  •  402 Visitas

Página 1 de 7

Personalidad jurídica de los estados: El Estado tiene la personalidad jurídica internacional natural y originaria, no obstante algunas teorías han intentado negar su personería.

• Tesis de Scelle: los únicos sujetos de derecho internacional son los individuos, puesto que una vez disuelto el Estado no quedan más que individuos, ya sea como gobernantes o como particulares. Esta teoría es inaceptable ya que sería imposible explicar la subsistencia y continuidad de las obligaciones de un Estado a pesar de toda modificación en la persona de sus gobernantes.

La Subjetividad Jurídica Internacional:, o lo que es lo mismo, la condición de Sujeto de Derecho Internacional Publico, es la actitud que tiene un determinado ente para ser titular de derechos y Deberes Jurídicos Internacionales.

Diversas formas de atribución de la personalidad jurídica internacional.

La atribución de personalidad viene determinada por dos vías distintas. Para las corporaciones, asociaciones y fundaciones de interés público, la ley que las instituye les atribuye personalidad (art. 35.1 C.C.). Las asociaciones de interés particular quedan sujetas al requisito de establecerse su creación en documento público, seguida de la inscripción en un registro público; cumplidos tales trámites, se entienden válidamente constituidas.

Consecuencias de la Personalidad Jurídica

* La necesidad de poseer personalidad jurídica internacional para que la organización pudiera cumplir sus cometidos

* La existencia de órganos a los que se le ha encomendado el cumplimiento de tareas especificas

* La posibilidad, de que la organización celebre acuerdos con sus miembros

Sujetos atípicos

“Sujetos son los destinatarios de las normas internacionales”.

Sujetos atípicos: los sujetos atípicos son aquellos sujetos que se encuentran inmersos en las relaciones de derecho internacional, pero no cumplen con alguno de los requisitos esenciales de un Estado Soberano, es decir, territorio, población y gobierno. Son sujetos atípicos los siguientes:

• La Nación

La diferencia que hay entre Estado y Nación es que el Estado posee sus elementos esenciales: territorio, población y gobierno, mientras que la nación posee territorio, población y en lugar de gobierno con un fin social pre-determinado, existe un sentimiento histórico, religioso, étnico o de otro orden que es muy difícil de precisar; esta distinción es necesaria para poder establecer por qué la nación no es sujeto de Derecho. La diferencia radica en sus elementos constitutivos. Por esta razón la Nación es considerada como un sujeto atípico.

• Los Beligerantes

Son aquellos países que se encuentran en situación de guerra con otros.

La comunidad beligerante que ha sido reconocida, posee ciertos derechos y obligaciones emanados del orden jurídico internacional, como por ejemplo, la posibilidad de instruir bloqueos, tomar presas, cobro de impuestos, etc. Esto evidencia que la comunidad beligerante posee el carácter de un sujeto de Derecho Internacional ejerciendo supremacía de hecho en el territorio bajo su control. Como obligaciones puede decirse que debe comportarse de acuerdo al DIP en lo que se refiere al uso de la violencia, entre otros aspectos.

• Los Insurrectos

Es el levantamiento, sublevación o rebelión de un pueblo o ejército, o parte de ellos, contra el gobierno reconocido. En el contexto del Derecho Internacional, constituye un grupo de personas que se levanta en armas contra el gobierno de su propio Estado, controlando algunas plazas y disponiendo de algunos buques de guerra. Éste constituye una aproximación a los beligerantes, a la diferencia que los insurrectos sólo poseen algunos elementos materiales para la rebelión sin contar con el dominio del territorio. Los insurrectos sólo gozan de subjetividad internacional si consiguen apoyo territorial, y de obtenerlo se transformarían en beligerantes.

• Gobiernos en el Exilio

El exilio es el estado de estar lejos de la propia tierra ya sea ciudad o nación, es decir, abandono voluntario o forzado del propio país o del lugar donde se vive por razones políticas.

Además de personas en exilio, también hay gobiernos en exilio que es un grupo político que reclama ser el legítimo gobierno de un país, pero por diversos motivos está incapacitado para ejercer dicho poder, y además reside en el extranjero. Los gobiernos en el exilio habitualmente operan bajo la idea de que algún día volverán a su país de origen y recuperaran el poder.

Es frecuente que se formen gobiernos en el exilio en tiempos de ocupación militar durante una guerra. Por ejemplo, durante la Segunda Guerra Mundial, numerosos gobiernos y monarcas europeos, ante la expansión de la Alemania nazi, se vieron forzados a buscar refugio en el Reino Unido, estableciendo allí sus gobiernos en el exilio.

• La Santa Sede

Es la reunión de del Romano Pontífice y de los organismos superiores de la Curia Romana, dicho de otra forma, la Santa Sede se compone de las congregaciones, tribunales y oficios de los cuales el Sumo Pontífice se vale para gobernar a la Iglesia Católica. Este sujeto atípico puede participar en la celebración de tratados y algunos otros negocios jurídicos internacionales con otros Estados en materia religioso-administrativa.

Sin embargo, el autor Guerra, considera que desde el punto de vista jurídico no puede considerarse como sujeto porque, strictu sensu, no es igual al Estado y que en efecto, a la Santa Sede le hacen falta esas características que perfilan y configuran al Estado en su misión fundamental de convivir dentro de la comunidad internacional realizando fines materiales conforme a las exigencias de esta última. Esto no se observa en el Papado.

• Mini-Estados soberanos

Son los Estados que cuentan con un territorio reducido, escasa población, o que tienen un número reducido

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (11 Kb)
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com