Pincipios Fundamentales En El Texto Constitucional
Enviado por joseMsalmeron • 27 de Abril de 2015 • 2.271 Palabras (10 Páginas) • 128 Visitas
CARIBBEAN INTERNATIONAL UNIVERSITY
INSTITUTO VIRTUAL DE ESTUDIOS AVANZADOS
MASTER EN DERECHO PROCESAL PENAL (MDPP-A-C6)
CATEDRA: DERECHO CONSTITUCIONAL
ENSAYO:
LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL TEXTO CONSTITUCIONAL VENEZOLANO
TUTOR: AUTOR:
Dr. José Rincón Abg. José Salmerón
MARACAY, ABRIL 2015
ENSAYO:
LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL TEXTO CONSTITUCIONAL VENEZOLANO
En el presente ensayo analizaremos los principios fundamentales establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, entendiendo como estos a los valores que sirven de cimiento dando base solida al resto de la norma constitucional. Si bien señalamos que la Constitución representa la base de la legalidad de un Estado, puesto que en la norma marco, es la Carta Magna; dentro de ella los principios fundamentales representan el marco a las demás normas, es decir, los principios fundamentales son los valores que le sirven de fundamento al resto de las normas que contiene la Constitución.
Estos principios fundamentales los encontramos en el TITULO I de la Constitución Nacional compuesto por sus primeros 9 artículos, es en este Titulo primero donde veremos los principales valores que le darán vida y cuerpo al texto constitucional.
El TITULO I de la Constitución Bolivariana de Venezuela está denominado como PRINCIPIOS FUNDAMENTALES y está compuesto por los primeros 9 artículos del texto constitucional, en ellos se establecen los valores del Estado Venezolano, valores que servirán de fundamento al pacto social plasmado en el resto del texto constitucional.
Artículo 1. La República Bolivariana de Venezuela es irrevocablemente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador. Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional.
Establece el constituyente en la exposición de motivos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en referencia al artículo 1: “De esta manera se rescata el legado histórico de la generación emancipadora, que en la gesta heroica de la independencia de Venezuela luchó para forjarnos una patria libre, soberana e independiente de toda potencia extranjera. Al mencionar la figura paradigmática de esa revolución inicial, el Libertador Simón Bolívar, se recoge el sentimiento popular que lo distingue como símbolo de unidad nacional y de lucha incesante y abnegada por la libertad, la justicia, la moral pública y el bienestar del pueblo, en virtud de lo cual se establece que la Nación venezolana, organizada en Estado, se denomina República Bolivariana de Venezuela.”
De esta manera se establece el carácter irrevocable de libertad e independencia tomando como fundamento la doctrina libertaria del Libertador, Simón Bolívar.
Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
Establece el constituyente en la exposición de motivos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en referencia al artículo 2: “Se define la organización juridicopolítica que adopta la Nación venezolana como un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia. De acuerdo con esto, el Estado propugna el bienestar de los venezolanos, creando las condiciones necesarias para su desarrollo social y espiritual, y procurando la igualdad de oportunidades para que todos los ciudadanos puedan desarrollar libremente su personalidad, dirigir su destino, disfrutar los derechos humanos y buscar su felicidad.”
Se propugna como democrático y social de derecho y de justicia al Estado Venezolano y esto se ve fundamentado en la prevalencia de valores superiores como lo son la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
Artículo 3. El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución. La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.
Establece el constituyente en la exposición de motivos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en referencia al artículo 3: “Los principios de la solidaridad social y del bien común conducen al establecimiento de ese Estado social, sometido al imperio de la Constitución y de la ley, convirtiéndolo, entonces, en un Estado de Derecho. Estado social de Derecho que se nutre de la voluntad de los ciudadanos, expresada libremente por los medios de participación política y social para conformar el Estado democrático. Estado social y democrático de Derecho comprometido con el progreso integral que los venezolanos aspiran, con el desarrollo humano que permita una calidad de vida digna, aspectos que configuran el concepto de Estado de Justicia.”
Se Exaltan como procesos fundamentales el trabajo y el estudio, y se fundamenta en ellos la vía para lograr el desarrollo y bienestar social del cual el Estado debe ser garante.
Artículo 4. La República Bolivariana de Venezuela es un Estado federal descentralizado en los términos consagrados en esta Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad.
Establece el constituyente en la exposición de motivos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en referencia al artículo 4: “En cuanto a la estructura del Estado venezolano, el diseño constitucional consagra un Estado Federal que se define como descentralizado, para así expresar la voluntad de
...