Plan De Trabajo
Enviado por vrncclq • 1 de Noviembre de 2012 • 2.998 Palabras (12 Páginas) • 292 Visitas
PLAN DE TRABAJO
1.- TITULO
Ley Marco de Autonomía y Descentralización
2.- ANTECEDENTES
El Presidente Evo Morales Ayma, promulgó la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, aprobada por la Asamblea Legislativa Plurinacional denominada Andrés Ibáñez, en honor al caudillo cruceño que lideró la llamada Revolución de 1877.
La nueva norma, que consta de 149 artículos, viabiliza y garantiza en el país los cuatro niveles autonómicos: departamental, municipal, regional e indígena originario campesino.
En poco más de cuatro meses la ALP ha aprobado las Leyes de los Órganos Electoral y Judicial, del Régimen Electoral y del Tribunal Constitucional.
El oficialismo asegura que la Ley Marco de Autonomías fue construida con base en la Constitución Política del Estado (CPE), por lo tanto las observaciones de la oposición y los gobernadores opositores al Gobierno, no tiene razón de ser.
La oposición anunció hoy un recurso de inconstitucionalidad en contra de las cinco leyes orgánicas aprobadas hace poco, bajo el concepto de violación del mandato que contempla la Constitución Política del Estado (CPE).
3.- DELIMITACION
3.1.- DELIMITACION GEOGRAFICA
Universidad Autónoma Gabriel René Moreno, Facultad de Contaduría Pública o Auditoria Financiera, Carrera de Contaduría Pública, Materia Administración Publica, grupo “z”.
3.2.- DELIMITACION TEMPORAL
18/04/2012 al 30/05/2012
3.3.- DELIMITACION SUSTANTIVA
Ley de Marco de Autonomía y Descentralización
4.- PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
El desconocimiento de la Ley Marco de Autonomía y Descentralización por el público ciudadano, no es su totalidad pero en gran parte desconoce de muchas Leyes.
5.- JUSTIFICACION
Para la comprensión de esta Ley para los alumnos como mínimo conocer conceptos básicos, saber el objetivo de dicha Ley.
6.- FORMULACION DE LA HIPOTESIS
Sera que con el conocimiento de esta ley los alumnos tengan mayor información de las diferentes tipos de autonomías que se dan en el país.
7.- FORMULACION DE LOS OBJETIVOS
7.1.- OBJETIVO GENERAL
Explicar esta ley para que con el conocimiento de la misma los alumnos puedan tener información necesaria de la ley las cuales serán importantes en su formación académica.
8.- METODOLOGIA
8.1.- FUENTES PRIMARIA
Libros: La Ley de Marco de Autonomía y Descentralización
8.2.- FUENTES SECUNDARIAS
Páginas de internet
9.- CONTENIDO TENTETIVO
LEY MARCO DE AUTONOMIA Y DESCENTRALIZACION
OBJETIVO
La presente Ley tiene por objeto regular el régimen de autonomías por mandato del Artículo 271 de la Constitución Política del Estado y las bases de la organización territorial del Estado establecidos en su Parte Tercera, Artículos 269 al 305.
CONCEPTO DE AUTONOMIA
Es la cualidad gubernativa que adquiere una entidad territorial de acuerdo a las condiciones y procedimientos establecidos en la Constitución Política del Estado y la presente Ley, que implica la igualdad jerárquica o de rango constitucional entre entidades territoriales autónomas, la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos y el ejercicio de facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva por sus órganos de gobierno autónomo, en el ámbito de su jurisdicción territorial y de las competencias y atribuciones establecidas por la Constitución Política del Estado y la ley. La autonomía regional no goza de la facultad legislativa.
TIPOS DE AUTONOMIA Y FUNCIONES
AUTONOMÍA INDÍGENA ORIGINARIA CAMPESINA
Tiene como función impulsar el desarrollo integral como naciones y pueblos, así como la gestión de su territorio.
DENOMINACIÓN
I. La denominación de autonomía indígena originaria campesina es común, cualquiera que sea la jurisdicción territorial en la que se ejerce.
II. La conformación de la autonomía indígena originaria campesina establecida en una región no implica necesariamente la disolución de las que le dieron origen, en este caso dará lugar al establecimiento de dos niveles de autogobierno: el local y el regional, ejerciendo el segundo aquellas competencias de la autonomía indígena originaria campesina que le sean conferidas por los titulares originales que la conforman. La decisión de disolución de las entidades territoriales que conforman la región deberá ser establecida según proceso de consulta o referendo de acuerdo a ley, según corresponda, pudiendo conformarse un único gobierno autónomo indígena originario campesino para toda la región.
III. Los pueblos indígena originario campesinos tienen el derecho de definir la denominación propia de sus entidades territoriales autónomas de acuerdo a sus normas y procedimientos propios.
RÉGIMEN AUTONÓMICO INDÍGENA ORIGINARIO CAMPESINO
El régimen autonómico indígena originario campesino se regula de conformidad a lo establecido en la Constitución Política del Estado de forma específica en los Artículos 2, 30, 289 a 296 y 303 al 304, la presente Ley, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo ratificado por Ley N° 1257, del 11 de julio de 1991, la Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas ratificada por Ley N° 3760, del 7 de noviembre de 2007, las normas y procedimientos propios de los pueblos indígena originario campesinos y los estatutos de cada autonomía indígena originaria campesina. Este régimen alcanza al pueblo afroboliviano en concordancia a su reconocimiento en el Artículo 32 de la Constitución Política del Estado.
CARÁCTER DE LO INDÍGENA ORIGINARIO CAMPESINO
Lo indígena originario campesino es un concepto indivisible que identifica a los pueblos y naciones de Bolivia cuya existencia es anterior a la colonia, cuya población comparte territorialidad, cultura, historia, lenguas y organización o instituciones jurídicas, políticas, sociales y económicas propias; y así se denominen solamente como indígenas o como originarios o como campesinos, pueden acceder en igualdad de condiciones al derecho a la autonomía establecido en la Constitución Política del Estado, en sus territorios ancestrales actualmente habitados por ellos mismos y en concordancia con el Artículo 1 del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas de la Organización Internacional del Trabajo. El pueblo afroboliviano está incluido en estos alcances, en concordancia con el Artículo 32 de la Constitución Política del Estado.
JURISDICCIÓN TERRITORIAL DE LA AUTONOMÍA INDÍGENA ORIGINARIA CAMPESINA
Las
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