Plan Emergencia
Enviado por briggit • 7 de Noviembre de 2012 • 1.361 Palabras (6 Páginas) • 1.249 Visitas
4. MARCO LEGAL
El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Ministerio de Salud, consciente de los diferentes fenómenos que pueden afectar la integridad física y mental de las personas, así como las estructuras productivas y habitacionales, y el medio ambiente ha generado una serie de desarrollos legislativos y normativos que buscan regular y reglamentar los aspectos relacionados con dicho tema, principalmente dentro de las esferas empresariales. A continuación, se presentan algunas normas que se plantean para el control de una emergencia y que tenemos en cuenta para la implementación del plan de emergencias:
Declaración universal de los derechos humanos ONU de diciembre de 1948.
Artículo 3.
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Constitución Política Colombiana. 1991.
Artículo: - 1°. “Compromete a todos los ciudadanos a participar en las decisiones de carácter ambiental respetando el pluralismo (diversas formas de vida y cultura), siendo la conservación del medio ambiente un componente esencial en la Prevención de Desastres”.
Decreto No. 919 de mayo 1 de 1979.
Por el cual se organiza el sistema nacional para la prevención y atención de desastres y se dictan otras disposiciones. Este decreto consta de cinco capítulos en los que se plantean las actividades a realizarse, los responsables de cada una de ellas y la disposición y distribución de los recursos necesarios en las situaciones de emergencia en el país
Resolución 2400 de 1979.
Estatuto de Seguridad Industrial, en los artículos 205 a 234 hace referencia a la prevención y extinción de incendios en los lugares de trabajo.
Ley novena (9ª), de enero de 1979.
Código Sanitario Nacional, en sus artículos 114 y 116 hace referencia a la necesidad de contar con recursos humanos entrenados y con equipos adecuados y suficientes para combatir incendios en una Institución
Artículo 80. Para reservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones, la presente ley establecer normas tendientes a:
Artículo 96. Todos los locales de trabajo tendrán puertas de salida en número suficientes y de características apropiadas para facilitar la evacuación de personal en caso de emergencia o desastre, las cuales no podrán mantenerse obstruidas o con seguro durante las jornadas de trabajo. Las vías de acceso a las salidas estarán claramente señalizadas.
Decreto 1400 de 1984 Disposiciones reglamentarias conforman el Código Colombiano de Construcciones Sismo Resistentes
Resolución 1016, marzo de 1989 Ministerio de trabajo y seguridad social.
Reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los programas de salud ocupacional que deben desarrollarse en el país. En el artículo 18, trata de la obligación de organizar y desarrollar un plan de emergencias teniendo en cuenta las ramas preventiva, pasiva o estructural y activa o de control de emergencias
Numeral 7. Organizar e implementar un servicio oportuno y eficiente de primeros auxilios.
Artículo 11. El subprograma de Higiene y Seguridad Industrial, Tiene como objeto la identificación, reconocimiento, evaluación y control de los factores ambientales que se originen en los lugares de trabajo y que puedan afectar la salud de los trabajadores.
Numeral 11. Inspeccionar periódicamente las redes e instalaciones eléctricas locativas, de maquinaria, equipos y herramientas, para controlar los riegos de electrocución y los peligros de incendio.
Numeral 18. Organizar y desarrollar un plan de emergencias teniendo en cuenta las siguientes ramas:
a. Rama preventiva. Aplicación de las normas legales y técnicas sobre Combustibles, Equipos Eléctricos, Fuentes de Calor y Sustancias Peligrosas propias de la actividad económica de su empresa.
b. Rama pasiva o estructural. Diseño y construcción de edificaciones con materiales resistentes, vías de salida suficientes y adecuadas para la evacuación, de acuerdo con los riegos existentes y número de trabajadores.
Rama activa o control de las emergencias. Conformación y organización de brigadas, (Selección, Capacitación, Planes de Emergencia y Evacuación), sistema de detección, alarma comunicación, selección y distribución de equipos de control fijo o portátiles (manuales o automáticos), inspección, señalización y mantenimiento de los sistemas de control.
Ley 99 de
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