Poderes Del Estado
Enviado por S2fia • 5 de Abril de 2014 • 2.296 Palabras (10 Páginas) • 289 Visitas
INDICE
Los poderes del estado………………………………………………………………………………………….4
Deberes y atribuciones de quienes ejercen el poder ejecutivo…………………………………...4
Responsabilidades y obligaciones del poder legislativo………………………………………………6
Deberes y atribuciones del poder judicial…………………………………………………………………7
Secretarías de estado de Honduras y sus titulares………………………………………………….8
Titulares de los poderes del estado………………………………………………………………………..10
INTRODUCCION
en el presente informe se describen y especifican los aspectos mas importantes de los poderes del estado en nuestro pais desde los deberes que debe ejercer cada uno, hasta sus titulares y las secretarias de estado del pais para llegar a cumplir fines especificos tanto personales en cada lector como los que como autora, sean provechosos.
objetivo general
esta informacion tiene un destino favorable hacia futuros empresarios, ya que siendolo se debe tener conocimiento de todo aspecto legal y situacion del pais para lograr crear una base solida y con ello el apropiado manejo de cualquier empresa. asi como tratar de que todos esten informados de las leyes o razones por las que se toman decisiones en el pais.
LOS PODERES DEL ESTADO
La República de Honduras se encuentra organizada según lo establecido en el Título I: Sobre el Estado De la Constitución de Honduras de 1982, vigente hasta nuestros días. El Título V establece los tres poderes del estado que garantizan la administración y que se cumplan las leyes: el Poder ejecutivo, representado por el presidente constitucional y elegido por los ciudadanos, los Ministros y secretarías del estado; el Poder legislativo, compuesto por los miembros diputados representantes de los dieciocho departamentos elegidos plenamente por el pueblo; el Poder Judicial y, como auxiliar, se encuentran las secretarías, instituciones descentralizadas, las fuerzas armadas y los regímenes municipales de los dieciocho departamentos que componen el territorio nacional.
Deberes y Atribuciones de quienes ejercen el Poder Ejecutivo
ARTÍCULO 139.- Son deberes y atribuciones exclusivas de quien ejerce la Presidencia de la República:
1) Nombrar y remover libremente a los Ministros de Gobierno;
2) Representar a la Nación en los actos de carácter oficial;
3) Ejercer el mando supremo de la fuerza pública;
4) Presentar a la Asamblea Legislativa, al iniciarse el primer período anual de sesiones, un mensaje escrito relativo a los diversos asuntos de la Administración y al estado político de la República y en el cual deberá, además, proponer las medidas que juzgue de importancia para la buena marcha del Gobierno, y el progreso y bienestar de la Nación;
5) Comunicar de previo a la Asamblea Legislativa, cuando se proponga salir del país, los motivos de su viaje. Reformado.
ARTÍCULO 140.- Son deberes y atribuciones que corresponden conjuntamente al Presidente y al respectivo Ministro de Gobierno:
1) Nombrar y remover libremente a los miembros de la fuerza pública, a los empleados y funcionarios que sirvan cargos de confianza, y a los demás que determine, en casos muy calificados, la Ley de Servicio Civil;
2) Nombrar y remover, con sujeción a los requisitos prevenidos por la Ley de Servicio Civil, a los restantes servidores de su dependencia;
3) Sancionar y promulgar las leyes, reglamentarlas, ejecutarlas y velar por su exacto cumplimiento.
4) En los recesos de la Asamblea Legislativa, decretar la suspensión de derechos y garantías a que se refiere el inciso 7) del artículo 121 en los mismos casos y con las mismas limitaciones que allí se establecen y dar cuenta inmediatamente a la Asamblea. El decreto de suspensión de garantías equivale, ipso facto, a la convocatoria de la Asamblea a sesiones, la cual deberá reunirse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes. Si la Asamblea no confirmare la medida por dos tercios de votos de la totalidad de sus miembros, se tendrán por restablecidas las garantías.
Si por falta de quórum no pudiere la Asamblea reunirse, lo hará al día siguiente con cualquier número de Diputados. En este caso el decreto del Poder Ejecutivo necesita ser aprobado por votación no menor de las dos terceras partes de los presentes;
5) Ejercer iniciativa en la formación de las leyes, y el derecho de veto;
6) Mantener el orden y la tranquilidad de la Nación, tomar las providencias necesarias para el resguardo de las libertadas públicas;
7) Disponer la recaudación e inversión de las rentas nacionales de acuerdo con las leyes;
8) Vigilar el buen funcionamiento de los servicios y dependencias administrativas;
9) Ejecutar y hacer cumplir todo cuanto resuelvan o dispongan en los asuntos de su competencia los tribunales de Justicia y los organismos electorales, a solicitud de los mismos;
10) Celebrar convenios, tratados públicos y concordatos, promulgarlos y ejecutarlos una vez aprobados por la Asamblea Legislativa o por una Asamblea Constituyente, cuando dicha aprobación la exija esta Constitución.
Los Protocolos derivados de dichos tratados públicos o convenios internacionales que no requieran aprobación legislativa, entrarán en vigencia una vez promulgados por el Poder Ejecutivo. Reformado.
11) Rendir a la Asamblea Legislativa los informes que ésta le solicite en uso de sus atribuciones;
12) Dirigir las relaciones internacionales de la República;
13) Recibir a los Jefes de Estado así como a los representantes diplomáticos y admitir a los Cónsules de otras naciones;
14) Convocar a la Asamblea Legislativa a sesiones ordinarias y extraordinarias;
15) Enviar a la Asamblea Legislativa el Proyecto de Presupuesto Nacional en la oportunidad y con los requisitos determinados en esta Constitución;
16) Disponer de la fuerza pública para preservar el orden, defensa y seguridad del país;
17) Expedir patentes de navegación;
18) Darse el Reglamento que convenga para el régimen interior de sus despachos, y expedir los demás reglamentos y ordenanzas necesarios
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