Prestaciones De Antguedad (2013)
Enviado por inesfroruz • 28 de Enero de 2013 • 459 Palabras (2 Páginas) • 512 Visitas
Prestaciones de Antigüedad.
Las prestaciones de antigüedad es el derecho que tienen los trabajadores y trabajadoras de recibir un beneficio en forma de recompensa por la antigüedad que el mismo posee en el empleo el cual ejerce. Este beneficio solo toma efecto al momento de finalizar la relación laboral, ya sea por renuncia, despido o muerte del trabajador o la trabajadora. Para generar la prestación, se utiliza el último salario devengado por el trabajador o trabajadora, calculando un equivalente de quince días de cada trimestre.
El patrono o patrona debe por ley, depositar a sus trabajadores las prestaciones de antigüedad, como adicional, también se depositara a cada trabajador dos días de salario por año, acumulativos hasta treinta días de salario; después del primer año de trabajo. Las prestaciones se calcularan con base a treinta días por cada año de servicio o fracción superior a los seis meses del último salario, cuando la relación se termine por cualquier causa. El pago de este beneficio se realizara en un lapso de cinco días siguientes a haber culminado la relación laboral; en caso de no hacerlo en este lapso, la prestación generara intereses. Capitulo III, De las Prestaciones Sociales. Artículos 141 y 142 y demás del capitulo.
Las prestaciones de antigüedad tienen ciertas características:
• Comienzan a generarse a partir de tercer mes de trabajo.
• Se calcula con el último salario devengado por el trabajador en el trimestre correspondiente.
• Es recibida por el trabajador dentro de los 5 días siguientes al culminar la relación laboral.
• Es generadora de intereses de mora si no se cumple la obligación.
• Es una garantía.
• Se aplica a todos y cada uno de los trabajadores y trabajadoras.
• El trabajador tendrá conocimiento pleno de a donde se dirige el depósito y cual es su monto.
Ahora bien, calculo breve de las prestaciones de antigüedad:
Juan Felipe Díaz comenzó su relación laboral con la empresa LUZ DE DIA, C.A el día 01 de Febrero del 2012; fue despedido el día 31 de Diciembre del mismo año. Inicio la relación laboral con un salario de 1.244BF (1.244 / 30 = 41,46BF); en el mes de Mayo, su salario aumento a 55BF diarios; en Julio 62BF; en Agosto 70BF; en Octubre 77BF; y finalmente en Noviembre a 80BF. Entonces se procede con estos datos a calcular la prestación.
Mes Salario Calculo x 15 días
Enero 0 0 No existía relación laboral.
Febrero 41,46 BF 0 Inicio de la relación laboral.
Marzo 41,46 BF 0
Abril 41,46 BF 0
Mayo 55 BF 825 BF Primer trimestre.
Junio 55 BF 0
Julio 55 BF 0
Agosto 62 BF 930 BF Segundo trimestre.
Septiembre 62 BF 0
Octubre 77 BF 0
Noviembre 80BF 1.200
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