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Procedimiento Administrativo Y Contencioso Administrativo


Enviado por   •  9 de Noviembre de 2012  •  12.111 Palabras (49 Páginas)  •  754 Visitas

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Procedimiento Administrativo y Contencioso Administrativo. III parcial

Unidad IV. Jurisdicción Contencioso Administrativa

Fundamento Constitucional  Art. 259La jurisdicción contencioso administrativa corresponde al Tribunal Supremo de Justicia y a los demás tribunales que determine la ley. Los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa son competentes para anular los actos administrativos generales o individuales contrarios a derecho, incluso por desviación de poder; condenar al pago de sumas de dinero y a la reparación de daños y perjuicio originados en responsabilidad de la Administración; conocer de reclamos por la prestación de servicios públicos; y disponer lo necesario para el restablecimiento de las situaciones jurídicas subjetivas lesionadas por la actividad administrativa.

Ley Orgánica de la jurisdicción contencioso administrativa

• Órganos q componen la jurisdicción contencioso administrativa Art. 11Son órganos de la Jurisdicción Contencioso Administrativa:

1. La Sala Político-Administrativa del TSJ.

2. Los Juzgados Nacionales de la JCA.

3. Los Juzgados Superiores Estadales de la JCA.

4. Los Juzgados de Municipio de la JCA.

• Art. 12 La jurisdicción especial tributaria forma parte de la JCA, su régimen especial es el previsto en el Código Orgánico Tributario.

• Máxima Instancia Art. 13 La Sala Político-Administrativa del TSJ es la máxima instancia de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Contra sus decisiones no se oirá recurso alguno, salvo lo previsto en la Constitución de la República.

• Distribución territorial Art. 14Corresponderá al TSJ en sala plena, a solicitud de la Sala Político-Administrativa, establecer el número y la distribución territorial de los órganos de la Jurisdicción Contencioso Administrativa

• Competencia Territorial Art. 15La competencia territorial de los Juzgados Nacionales de la JCA estará delimitada de la siguiente manera:

1. Dos Juzgados Nacionales de la JCA de la Región Capital con competencia en el Distrito Capital y los estados Miranda, Vargas, Aragua, Carabobo y Guárico.

2. Un Juzgado Nacional de la JCA de la Región Centro-Occidental, con competencia en los estados Cojedes, Falcón, Yaracuy, Lara, Portuguesa, Barinas, Apure, Táchira, Trujillo, Mérida y Zulia.

3. Un Juzgado Nacional de la JCA de la Región Nor-Oriental con competencia en los estados Nueva Esparta, Anzoátegui, Sucre, Monagas, Bolívar, Amazonas y Delta Amacuro.

El TSJ, en sala plena, a solicitud de la Sala Político-Administrativa, de conformidad con el artículo anterior, podrá crear nuevos Juzgados Nacionales de la JCA o modificar su distribución territorial, de acuerdo con las necesidades de esta jurisdicción.

• Integración de los juzgados nacionalesArt. 16Los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, estarán integrados por tres jueces o juezas. Sus respectivos juzgados de sustanciación serán unipersonales. (Igual q las cortes, son juzgados colegiados)

• Requisitos para ser juez Art.17Para ser Juez de los Juzgados Nacionales de la JCA, se requiere:

1. Ser venezolano

2. Ser abogado de reconocida honorabilidad y prestigio profesional.

3. Tener un mínimo de 12 años de graduado o y:

a. Tener título universitario de postgrado en el área del derecho público; o

b. Haber desempeñado funciones en el área jurídica o de gestión en la Administración Pública por un mínimo de 7 años;

c. Ser o haber sido profesor universitario en el área del derecho público, durante un mínimo de 7 años; o

d. Ser o haber sido Juez administrativo o haber desempeñado funciones en órganos del Estado pertenecientes al sistema de justicia administrativa vinculados al derecho público, por un mínimo de 7 años; o

4. Los demás previstos en la ley.

En el caso de los estados fronterizos se requerirá ser venezolano por nacimiento y sin otra nacionalidad.

• Distribución territorial de los juzgados superiores estadales Art. 18En cada estado funcionará al menos un Juzgado Superior Estadal de la JCA.

• Integración de los juzgados superiores estadales Art. 19 Los Juzgados Superiores Estadales de la JCA serán unipersonales

• Requisitos para ser juez de los juzgados superiores estadales Art. 20 Para ser Juez de los Juzgados Superiores Estadales de la JCA se requiere:

1. Ser venezolano

2. Ser abogado de reconocida honorabilidad y prestigio profesional.

3. Tener un mínimo de 10 años de graduado o graduada y:

a. Tener título universitario de postgrado en el área del derecho público; o

b. Haber desempeñado funciones en el área jurídica o de gestión en la Administración Pública por un mínimo de 5 años;

c. Ser o haber sido profesor universitario en el área del derecho público durante un período mínimo de 5 años; o

d. Ser o haber sido Juez administrativo o haber desempeñado funciones en órganos del Estado pertenecientes al sistema de justicia administrativa vinculados al derecho público, por un mínimo de 5 años; o

e. Haber desempeñado funciones de asesoría jurídica o de gestión en la Administración Pública por más de 5 años.

4. Los demás previstos en la ley.

En el caso de los estados fronterizos se requerirá ser venezolano por nacimiento y sin otra nacionalidad.

• Integración de los juzgados de municipio Art. 21 Los Juzgados de Municipio de la JCA serán unipersonales.

• Requisitos para ser juez de los juzgados de municipio Art.22 Para ser Juez de los Juzgados de Municipio de la JCA se requiere:

1. Ser venezolano

2. Ser abogado de reconocida honorabilidad y prestigio profesional.

3. Tener un mínimo de 5 años de graduado o graduada y:

a. Tener título universitario de postgrado en el área del derecho público; o

b. Haber desempeñado funciones en el área jurídica o de gestión en la Administración Pública por un mínimo de tres años;

c. Ser o haber sido profesor universitario en el área del derecho público, durante un período mínimo de 3 años; o

d. Haber desempeñado funciones en órganos del Estado pertenecientes al sistema de justicia administrativa vinculados al derecho público, por un mínimo de 3 años.

4. Los demás previstos en la ley.

En el caso de los estados fronterizos se requerirá ser venezolano o venezolana por nacimiento y sin otra nacionalidad.

• Competencia de la sala Político- AdministrativaArt. 23 La Sala

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