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Procedimiento por admisión de los hechos


Enviado por   •  21 de Abril de 2020  •  Apuntes  •  721 Palabras (3 Páginas)  •  144 Visitas

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PROCEDIMIENTO POR ADMISION DE LOS HECHO

  1. ¿En qué consiste la admisión de los hechos y en qué tipo de delitos procede?

En que consiste: La admisión de los hechos de un procesado ante un Tribunal es su mera confesión espontánea; es decir que, el Imputado manifieste con voluntad propia y sin presiones ser el responsable de un hecho punible.

Contra los delitos graves y menos graves

  1. ¿Cuál es la diferencia entre la suspensión condicional del proceso y la Admisión de los Hechos?
  • En la suspensión condicional del proceso el imputado  debe acompañar esta con una oferta de reparación social, admitir los hechos y se somete a las condiciones que fije el juez, esta suspensión tiene una duración no inferior a 3 meses ni mayor a 8 meses, acabado este plazo dentro de los 10 dias siguiente el juez verificara el cumplimiento de las condiciones y dictara el sobreseimiento por extinción de la acción penal.

En la admisión de hechos aunque de igual forma el imputado admite los hechos, y pide al tribunal la imposición inmediata de la pena respectiva (artículo 375 COPP), en esta, EL JUEZ PUEDE CAMBIAR LA CALIFICACION JURIDICA DEL DELITO UNA VEZ ADMITIDOS LOS HECHOS Y PUEDE ESTABLECER UNA CONDENA REBAJADA A UN TERCIO A LA MITAD DEL DELITO CORRESPONDIENTE Y UN TERCIO DE LA PENA EN CASO DE DELITOS CONTRA LAS PERSONAS QUE EXCEDAN DE 8 AÑOS.

RESUMAN LAS DIFERENCIAS COMO SE LES HAGA MAS FACIL: Suspensión condicional del proceso: (la abrevie así para no escribirla tantas veces SCP)

SOLICITUD: Se solicita acompaña de una oferta social, en la admisión de hechos no. (358 primer aparte).

OPORTUNIDAD: La SCP puede solicitarse en la audiencia de imputación o en la audiencia preliminar, en cambio la admisión de hechos la oportunidad es en la audiencia preliminar.

DURACION: La SCP tiene una duración inferior de 3 meses ni mayor a 8 meses. (Artículo 361 segundo aparte al final), la admisión de hecho no tiene duración en específico.

ACCION PENAL: La SCP extingue la acción penal (artículo 361 tercer aparte al final), la admisión de hecho no.

PENA: Si la SCP es cumplida no se fija pena, la admisión de hecho aplica pena rebajada un tercio a la mitad, o un tercio en caso de delitos que excedan 8 años (delitos contra las personas.

INCUMPLIMIENTO: La SPC, si es verificada su incumplimiento el artículo 362 fija dos numerales para ello: 1°  si se solicitó en la audiencia de imputación se notifica el incumplimiento al Ministerio público y en un lapso de 70 dias presenta acto conclusivo. 2°  si se solicitó en la audiencia preliminar, se notifica al MP y pasara a dictar sentencia de condena, conforme al procedimiento de admisión de los hechos. EN CAMBIO LA ADMISION DE HECHO NO HAY OPCIONES EN CASO DE INCUPLIMIENTO YA QUE ESTA EN EL IMPUTADO ADMITIR LOS HECHOS O NO.

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