ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Procesal Civil I


Enviado por   •  29 de Octubre de 2014  •  11.213 Palabras (45 Páginas)  •  236 Visitas

Página 1 de 45

DERECHO PROCESAL CIVIL.

¿De donde previene la palabra Juicio?: Procede de la lógica, entendida ésta como ciencia del conocimiento, como ciencia del razonar, como ciencia del pensar. En su aspecto lógico, el juicio es un mecanismo del pensamiento, El concepto original de la denominación juicio corresponde o proviene de la lógica aristotélica y no es, en sentido, sino un mecanismo del razonamiento mediante el cual llegamos a la afirmación de la verdad.

EN QUE COSISTE LA UNIDAD PROCESAL.

Fundamentalmente en postular que el proceso es un fenómeno común y que presenta las mismas características esenciales, aunque los litigios que se ventilen tengan materias o sustancia diferente o distintas

CUALES SON LAS RAZONES FUNDAMENTALES DE LA UNIDAD DEL PROCESO

1. El contenido de todo proceso es un litigio.

2. La finalidad de todo proceso es la de dirimir o resolver un litigio.

3. Todo proceso presenta una estructura triangular en cuyo vértice superior está el órgano jurisdiccional y en los inferiores se encuentran las partes en contienda.

4. Todo proceso presupone la existencia de una organización judicial con jerarquías y escalonamientos de autoridad.

5. Todo proceso está dividido en una serie de etapas o secuencias que se desenvuelven a lo largo, desde su principio hasta su fin.

6. Todo proceso tiene un principio general de impugnación mediante el cual se postula la necesidad de ser reexaminadas o revisadas, ya sea porque no estén apegadas a derecho, porque sean incorrectas, equivocadas o ilegales.

7. En todo proceso existen cargas, posibilidades y expectativas propias, exclusivas y peculiares del propio proceso.

CARÁCTER TEMPORAL DEL PROCESO.

El proceso no se produce en su totalidad de manera instantánea, sino que se despliega en el tiempo. Es decir, no se produce en un solo acto de manera cabal, sino que se desarrolla a través de un conjunto de actos que se suceden en el tiempo. El proceso es un conjunto complejo de actos, ese conjunto complejo de actos se despliega, se desarrolla a lo largo de espacios temporales más o menos amplios, Como tal, el proceso tiene un principio y tiene un fin, y cada acto que le integra va sucediendo a otros, un primer acto inicial hasta un último acto final.

Se considera que en todo proceso existe una secuencia, un orden de etapas, desde su iniciación hasta su fin.

ETAPAS EN EL PROCESO.

Se pueden distinguir grandes etapas en todo proceso como son la instrucción y el juicio. La instrucción es la primera etapa y el juicio corresponde a la segunda y final.

Fase postulatoria. Ofrecimiento de pruebas

Instrucción Fase Probatoria Admisión de pruebas

Proceso Fase Preconclusiva Preparación de Pruebas.

Desahogo de Pruebas.

Juicio.

De aquí podemos ver que la instrucción se divide en tres fases: fase postulatoria, fase probatoria y fase preconclusiva; a su vez, la fase probatoria se ha subdividido en cuatro momentos que son el ofrecimiento de pruebas, la admisión, la preparación y el desahogo de la prueba.

Esta división que se hace al proceso en etapas obedece a razones lógicas, cronológicas y jurídicas.

(Ver punto de vista de antología.)

LA INSTRUCCIÓN.

La instrucción engloba, abarca y comprende todos los actos procesales, tanto del tribunal y de las partes en conflicto, como de los terceros ajenos a la relación sustancial; actos por los cuales se precisa, se determina el contenido del debate litigioso y por los cuales se precisa, se determina el contenido del debate litigioso, y por los cuales también se desarrolla la actividad probatoria y se formulan igualmente las conclusiones o alegatos de las partes. En la etapa de la instrucción, el objeto que se persigue es instruir al juzgador, es decir, provocarle un conocimiento acerca del litigio sobre el que en su oportunidad habrá de pronunciarse en la segunda etapa del proceso. Se trata, pues, de poner al juzgador en posición de pronunciar o de dictar una sentencia jurisdiccional que venga a resolver el conflicto de intereses.

FASE POSTULATORIA.

La primera fase de la instrucción es la postulatoria. Esta fase, por razones lógicas, antecede a las demás. El juzgador sólo administra justicia cuando se le requiere para ello, La jurisdicción, como función estatal, sólo se despliega, exclusivamente se desarrolla, únicamente se pone en movimiento cuando lo demanda un gobernado a través del ejercicio de su derecho de acción, y nunca antes, por ello, el juzgador nunca puede administrar justicia sin que se lo requieran, sin que se lo soliciten a través del ejercicio de acción.

En la parte postulatoria, las partes exponen sus pretensiones y resistencias, sus afirmaciones y negaciones, acerca de los hechos y finalmente y invocan las normas jurídicas aplicables al caso concreto. El objetivo que se trata alcanzar no es otro, sino el de recoger el debate litigioso, esto es, se trata de precisar el contenido del proceso, de determinar aquello que será objeto después de la actividad probatoria y de los alegatos y del dictado de la sentencia.

FASE PROBATORIA.

La fase probatoria tiene una estructura y una función complejas. La necesidad de esta fase radica en el hecho de que el juzgador solamente tiene hasta la fase postulatoria un conocimiento parcial y subjetivo de cada una de las posiciones de las partes contrapuestas en el proceso. Esto es, el juzgador solamente conoce la opinión personal respecto al litigio le presentan tanto el actor como el demandado. Por ello, es indispensable e imprescindible que el juzgador se llague un conocimiento objetivo sobre la controversia de intereses. Este conocimiento lo obtendrá el juez mediante la actividad probatoria que se desenvuelve en la fase que hemos llamado probatoria. El juez tienen necesidad de recibir todos los datos necesarios y suficientes por los cuales venga a constatar, venga a corroborar y a confirmar la posición o posiciones de las partes en el proceso. El Juzgador va a recibir de las partes los medios de prueba que apoyen, que apuntalen, que sostengan sus respectivas posiciones contrapuestas.

OFRECIMIENTO DE PRUEBAS

El primer momento de la fase probatoria es el ofrecimiento, en el, las partes ofrecen al tribunal, al órgano jurisdiccional, los diversos medios de prueba con los que se supone llegaran a constatar o a corroborar lo que han planteado en la fase postulatoria. Los medios de prueba que pueden ofecer las partes son, entre otros. La confesional, la testimonial, la documental privado,

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (71 Kb)
Leer 44 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com