Procesal Civil
Enviado por leirbag • 25 de Enero de 2012 • 2.786 Palabras (12 Páginas) • 471 Visitas
La función jurisdiccional
Sin lugar a dudas, el Estado tiene la misión de representar, dirigir u organizar a la comunidad, y teniendo en consecuencia ese poder indiscutible, su actuación intrínseca esta conducida a asegurar y garantizar el derecho, que es la base fundamental de la convivencia normal y pacifica de todos los miembros integrantes del conglomerado.
En virtud de la referida concepción es indispensable que la administración de la justicia este en manos de funcionarios públicos, no siéndole permitido su ejercicio a los particulares y de esa forma, el Estado delega en uno de sus grandes organismos, en el poder judicial, la misión de lograr la verdadera eficacia y vigencia de la aplicación del derecho, siguiendo las normas señaladas en el ordenamiento jurídico positivo.
Concentrando lo expuesto, podemos decir que la función jurisdiccional se deriva de la soberanía del Estado, incumbiéndole solamente a el, cuyo ejercicio lo delega en los tribunales de justicia, para aplicar en cada caso concreto, la norma abstracta de derecho dictada por el legislador.
El origen etimológico del concepto de jurisdicción; algunos sostienen que lo está en las voces ius dicere, decir el derecho, mas se considera que tal criterio entraña una confusión de la jurisdicción con el poder legislativo, y la razón la da Carmelutti, al enseñar que esa función incumbe tanto al legislador al promulgar la ley.
Otros mantienen que viene de la palabra jurisdictio, puesto que es al poder judicial a quien le corresponde aplicar el derecho, no alcanzando en su facultad a crear, sino meramente a interpretar.
También se la hace derivar de las voces juris dicere, debere, que no es otra cosa sino la obligación de hacer justicia, que solo corresponde a determinar persona u órgano, en razón de la función que en el cuadro organizativo del Estado le es pertinente.
Concepto de la función jurisdiccional
Cuando hablamos de proceso, veremos que este es una institución jurídica, cuyo fin último es el dar cabida y solución a las pretensiones formuladas por los interesados ante los organismos encargados por el estado de impartir justicia; por lo tanto la intervención de este, es lo conocido y definido por algunos autores con el nombre de jurisdicción.
En un sentido general e impropio, es usado el término jurisdicción para designar la esfera de acción, competencia o atribuciones de una persona o de una determinada entidad.
En una forma restringida, debe entenderse como la facultad de administrar justicia por el estado, siendo en consecuencia una función pública, cuyo objeto es la aplicación del derecho a los casos cuestionados por los particulares cuando acuden ante el funcionario pertinente, para dirimir o aclarar sus diferencias.
Características de la jurisdicción:
su función emana de la soberanía del Estado, porque es facultad intrínseca de este la de administrar justicia. Es autónoma, puesto que cada Estado la ejerce soberanamente dentro de sus propias fronteras, no pudiendo admitirse que la jurisdicción de un país se extienda a otro.
También se dice y es aceptada en el tráfico procesal, como el lugar donde el juez o tribunal ejerce sus funciones, o sea la porción del territorio que de acuerdo a las respectivas leyes, le es encomendada a cada juez para que administre justicia. El termino no es correcto, ya que se confunde con la competencia, cosa diferente, y en cuyo error incumbe nuestro código, al asimilar ambos conceptos.
Tiene una función garantizadora, basada en la idoneidad e imparcialidad de los agentes del poder público encargados de administrar justicia.
Como ya lo hemos dicho antes y con las salvedades expuestas, declara al derecho y aplica la norma abstracta a los casos concretos y cuestionados.
Podemos considerar a la función jurisdiccional desde los siguientes aspectos:
Subjetivo: que como bien lo dicen los autores, no es suficiente para precisar su verdadera naturaleza integrada; por el tribunal, las partes y los terceros que pueden venir a ser llamados al proceso.
Formal: referida a las formulas que se han de seguir según la naturaleza de cada caso, y acorde a los diversos procedimientos señalados en los códigos respectivos.
Material: se refiere a su propio contenido.
Naturaleza de la función jurisdiccional
En cuanto a la naturaleza de la función jurisdiccional, debe considerarse desde el punto de vista del derecho político como del derecho procesal. En relación al primero, es como ya lo hemos expresado una función pública atribuida al Estado, y en cuanto al aspecto procesal, deviene en un requisito del proceso, cuya ausencia impide entrar a conocer a fondo del asunto planteado ante el órgano respectivo.
Clases de Jurisdicción
Puede considerarse igualmente a la jurisdicción, como la actividad del estado administrando justicia, y la disposición de subordinar los intereses de los particulares al primordial que representa el interés público de la aplicación del derecho mediante el proceso, no importando la materia o asunto, ni las intervinientes en el litigio.
De acuerdo a la exigencia del servicio prestado se distinguen en la jurisdicción entre otras: la civil, penal, laboral, mercantil, administrativa, militar, fiscal, pudiendo decirse que se dan tantas jurisdicciones como ramas del poder judicial se hayan creado, no queriendo indicar la variedad una separación tajante, que siempre se da entre las mismas una colaboración constante.
Pero quizás la distinción más importante es la dada en la rama civil, al establecer la jurisdicción contenciosa y la voluntaria, entendiéndose por la primera, la ejercida invitos, o sea la surgida entre los que estando de acuerdo han de acudir a juicio en contra de su voluntad, ya sea a instancia o a solicitud de alguna de ellas, y su nombre le viene de la contención o disputa de sus derechos y cuya reclamación es llevada al órgano competente del poder judicial. En tanto la jurisdicción voluntaria, se practica a solicitud de una o más personas que buscan obtener la legalidad de una situación o la declaración de un derecho, no habiendo divergencia alguna en la petición, por lo que se hace a instancia o mediante consentimiento de las partes interesadas.
Algunas diferencias entre la jurisdicción voluntaria y la contenciosa:
1.- Según la Posición ocupada por las partes en la relación jurídico procesal: en la voluntaria, los interesados al iniciar el juicio persiguen determinados efectos para ellos mismos; en la contenciosa, buscan producir en forma obligatoria esos efectos para determinados demandados.
2.-Según la posición del juez al dictar la sentencia: en la contenciosa va dirigida
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