Propiedades de orden de los ueros reales
Enviado por quezadajonathan • 13 de Mayo de 2019 • Ensayo • 4.731 Palabras (19 Páginas) • 84 Visitas
REGLAMENTO INTERNO 2018
CAPITULO
PRIMERO DE LOS OBJETIVOS Y SUS FINES CAPITULO
SEGUNDO DE LA ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN
CAPITULO TERCERO DE LAS OBLIGACIONES DE LOS ACCIONISTAS
CAPITULO CUARTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
CAPITULO QUINTO DE LA ADMINISTRACIÓN ECONÓMICA DE LA COMPAÑÍA
CAPITULO SEXTO DE LAS ELECCIONES INTERNAS
CAPITULO SÉPTIMO DE LA TRANSFERENCIA DE DERECHOS Y ACCIONES
CAPITULO OCTAVO DEL COMISARIO DE LA COMPAÑÍA
CAPITULO NOVENO DE LAS SANCIONES
CAPITULO DECIMO DEL SISTEMA DE RADIO Y SANCIONES
CAPITULO ONCEAVO DE LA RELACIÓN LABORAL
CAPITULO DOCEAVO DE LAS AYUDAS A LOS SOCIOS Y FAMILIARES
CAPITULO TRECEAVO DEL CUMPLIMIENTO DE ESTE REGLAMENTO
CAPITULO PRIMERO:
Art. 1.- DE LOS OBJETIVOS Y SUS FINES:
a) Expedir el presente Reglamento Interno de la COMPAÑIA DE TAXI TRANSTAXPEAÑA S. A.; con sede en La Parroquia La Peaña, lo que trata es de normalizar eficientemente y en forma adecuada la actividad de los accionistas en su trabajo diario dentro de la Compañía, de sus colaboradores, conductores, y empleados de la empresa quienes deberán ordenar su conducta a las normas jurídicas establecidas y a las disposiciones dadas tanto por la junta como por las autoridades de la compañía,
b) La institución está conformada por personas naturales, ecuatorianos y, mayores de edad, capaces para cumplir y hacer cumplir las normas de este Reglamento Interno; y el desconocimiento del mismo no será causal de atenuante alguna peor aún eximirlo (a) de su responsabilidad; el presente Reglamento entrará en vigencia a partir de la fecha de aprobación legal.
CAPITULO SEGUNDO:
Art. 2.- DE LA ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACIÓN Y LA FISCALIZACIÓN.
a) DEL DIRECTORIO.
La compañía para su funcionamiento designará un directorio que actuará en receso de la junta de accionista, estará integrado orgánicamente por el presidente, el Gerente general y 3 vocales principales con sus respectivos suplentes, a falta de alguno de los vocales, será remplazado por su suplente; en caso de ausencia del presidente o el gerente general, se procederá de acuerdo al Art. 23 de el Estatuto Social de la compañía,
b) DE LA FISCALIZACIÓN.
La fiscalización estará a cargo del Comisario de la Compañía, quien junto a su suplente serán nombrados por la junta general de accionistas,
c) DE LA DURACIÓN EN FUNCIONES.
Los miembros del Directorio como de Fiscalización, durarán dos años en sus funciones, pudiendo ser reelegidos en forma consecutiva. - Si algún miembro del directorio cediere o transfiriere sus derechos y acciones, automáticamente será cesado en sus funciones y la junta procederá a nombrar su reemplazo, o en su defecto ratificarlo (a) en vista que para ser miembro del directorio no necesariamente debe ser socio o accionista.
Art. 3.- DE LA AUSENCIA DEL PRESIDENTE O GERENTE GENERAL EN LAS JUNTAS GENERALES DE
ACCIONISTAS.
a) Si por razones de fuerza mayor no pudiera estar presente el día de la junta de accionistas, el
presidente o el gerente general, el directorio nombrará de entre sus miembros un vocal principal para
que asuma las funciones en esa junta; y, en caso que faltaren ambas dignidades tanto el presidente
como el gerente general, la junta de accionistas tiene la facultad para resolver lo pertinente, incluso
suspender la junta para otra ocasión, b) Ante la ausencia definitiva de cualquier autoridad dentro del
directorio, la junta general de accionistas nombrará su reemplazo; incluso llamar a una junta
extraordinaria si el caso lo amerita contando con la mayoría de la mitad más uno.
CAPITULO TERCERO:
Art. 4.- DE LAS OBLIGACIONES DEL ACCIONISTA.
Los accionistas están en la obligación irrestricta de cumplir todas las disposiciones legales emanadas de
la Ley, el Estatuto, Reglamento Interno y disposiciones dadas por la Junta de Accionistas y autoridades
de la administración. El desconocimiento de estas normas jurídicas no lo exime de responsabilidad. Art.
5.- Todos los accionistas están en la obligación de pagar puntualmente las cuotas administrativas que
han sido fijadas por la Junta General de accionistas cada año; quien no cumpla esta disposición, la
administración está en la faculta de BORRAR los sellos a los vehículos; o tomar cualquier acción que crea
conveniente para que estos se cumpla sin atenuantes de ninguna clase; además le queda suspendido
cualquier trámite legal y documentación pertinente hasta que se ponga al día en sus obligaciones.
CAPITULO CUARTO:
Art. 6.- DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS.
La Instalara el Presidente y a Falta de este lo reemplazara el vicepresidente y así sucesivamente hasta
nombrar un accionista puesto por la Junta General Universal de accionistas, en su orden respectivo
considerándose valida si hay el quorum la mitad más uno respectivo; en caso de no haberlo se sesionara
una hora después con el número de accionistas asistentes y se considerara valida siempre que conste
este particular en la convocatoria; quien presida la Junta podrá convocar a Junta Ordinaria con al menos
48 horas de anticipación y las Juntas extraordinarias con 24 horas de anticipación.
Toda Resolución tomada en Junta Universal de Accionistas, no podrá ser reconsiderada a meros que
tenga el apoyo de la mitad más uno de los asistentes. Ninguna Resolución tendrá vigencia sin antes ser
aprobada por los accionistas asistentes. La Junta de accionistas está considerada como la máxima
autoridad, pudiendo juzgar los actos de los accionistas. Y la Junta de accionistas podrá declarar
clausurado en los siguientes: por no cumplir el Orden del día, por visible cansancio de los accionistas,
por actitud violetas que menoscaben el respeto y la cordialidad y por motivos considerados de fuerza
mayor.
El accionista que deseare hacer uso de la palabra solicitará al Presidente o a quien dirija la Junta,
pudiendo hacer tres intervenciones sobre el mismo tema y no se excederá de 3 minutos, en caso de
tomar la palabra sin autorización se considerara la intervención como acto indisiplinario.
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