Proteccion Internacional De Los Derechos De Las Personas
Enviado por birdwawa • 23 de Junio de 2015 • 1.239 Palabras (5 Páginas) • 220 Visitas
A. Procedimientos: Admisibilidad de la denuncia, ante la Comisión Interamericana de Derechos humanos.
- Esquema grafico del proceso
Las peticiones individuales presentadas ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos son conocidas, primeramente, por la Comisión Interamericana y, en caso de que cumpla con determinados requisitos, posteriormente, por la Corte Interamericana. A grandes rasgos, el trámite normal de una petición individual se visualiza de la siguiente manera:
Flujograma o esquema gráfico:
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B. Presentación del caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
- Sólo los Estados Partes y la Comisión tienen derecho a someter un caso a la decisión de la Corte (Artículo 61.1 CADH).
- Por tanto, las víctimas de violaciones de derechos humanos no pueden presentar denuncias directamente ante la Corte, pero sí que pueden presentarlas (cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 46 CADH) ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la cuál podrá, si lo considera oportuno, someter el caso denunciado ante la Corte si antes no se llega a alguna de las demás soluciones contempladas en los artículos 49 a 51 de la CADH.
Flujograma o esquema gráfico:
C. Sistema Europeo de Protección de los Derechos Humanos.
1. Breve síntesis de sus antecedentes
El sistema europeo para la protección de los derechos humanos, en el ámbito del Consejo de Europa, es el sistema regional más antiguo y el que mayor grado de evolución y de perfección ha alcanzado. Ello viene motivado fundamentalmente por la relativa homogeneidad política de los Estados europeos y por su avance alcanzado en el campo de los derechos humanos. El sistema comenzó su andadura en 1950, con la aprobación del Convenio Europeo de Derechos Humanos, instrumento destinado a la protección de los derechos civiles y políticos. Por su parte, los derechos de carácter socioeconómico tuvieron que esperar hasta 1961, año en el que se adoptó la Carta Social Europea.
2. Instrumento jurídico de creación
Convenio Europeo de Derechos Humanos
Carta Social Europea
3. Instrumentos jurídicos creados por el Sistema
El Protocolo nº 1, de 1952, incorpora los derechos a la propiedad,26 a la educación27 y a la celebración de elecciones libres.28 29
El Protocolo nº 4, de 1963, prohíbe la prisión por deudas, regula la libertad de circulación, prohíbe que un Estado expulse a sus nacionales y prohíbe las expulsiones colectivas de extranjeros.30
El Protocolo nº 6, de 1983, prohíbe la pena de muerte, excepto en caso de guerra.31
El Protocolo nº 7, de 1984, establece garantías de procedimiento en el caso de expulsión de extranjeros, reconoce el derecho a un doble grado de jurisdicción en materia penal, establece el derecho a indemnización en caso de error judicial, establece el derecho a no ser juzgado dos veces por el mismo delito e instituye la igualdad entre cónyuges.32
El Protocolo nº 12, de 2000, incorporó una prohibición general de discriminación en la aplicación de cualquier derecho reconocido legalmente.33
El Protocolo nº 13 (de 3 de mayo de 2002) extiende la abolición de la pena de muerte y la prohíbe en cualquier circunstancia, incluso en tiempos de guerra.34
El Protocolo nº 11 (noviembre 1998) revisó en profundidad el texto de la Convención con el fin de modificar el procedimiento de protección de los derechos. Suprimió la Comisión Europea de los Derechos Humanos y reformó el Tribunal, permitiendo que los individuos presentaran demandas directamente ante él.
El Protocolo nº 14 (mayo 2004) completa los mecanismos de control del Convenio. Asimismo, hace más eficiente el sistema europeo de derechos humanos.35 Ha sido ampliado por el Acuerdo de Madrid, en mayo de 2009.
Las disposiciones incorporadas por los protocolos nº 2, nº 3, nº 5 y nº 8 fueron sustituidas por las del Protocolo nº 11. Este último también abrogó el Protocolo nº 9. En cuanto al Protocolo nº 10, nunca llegó a entrar en vigor y su contenido quedó superado al ser aprobado el Protocolo nº 11.
4. Aporte a la protección de los Derechos Humanos
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