Proyecto Final Legislacion
Enviado por dveliz • 25 de Octubre de 2014 • 921 Palabras (4 Páginas) • 724 Visitas
Proyecto Final
Deudino Veliz Castro
Legislación en Prevención
Instituto IACC
14 de Junio del 2014
Desarrollo
Introducción.
Si en una empresa trabajan más de 25 trabajadores, es imprescindible la creación de un Comité Paritario (CPHS) que se encargue de la detección y evaluación de los riesgos inherentes a los procesos, equipos e instalaciones. Ésta es una obligación legal, establecida en la Ley 16.744 sobre Accidentes Laborales y Enfermedades Profesionales, y está normada por el Decreto Supremo N° 54 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, el cual reglamenta la constitución y funcionamiento estos organismos.
En el caso de las empresas con más de 100 trabajadores, en donde es obligación además contar con un Departamento de Prevención de Riesgos, también participa como integrante del Comité Paritario, aunque sin derecho a voto, el Experto en Prevención de Riesgos asesor de la empresa.
Artículo 2º.- Si en una empresa existieren diversas faenas, sucursales o agencias y en cada una de ellas se constituyeren Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, podrá asimismo constituirse un Comité Paritario Permanente de toda la empresa. 1.-Especificamente en la constructora Tricahue, en las faenas de Proyecto Condominio Altos Tricahue, Condominio Floresta Clara y Edificio Bajo Sauce, es necesario en cada una de ellas la constitución de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad ya que cuentan con la cantidad necesaria de trabajadores(25) para constituirse por requerimientos legales y la Empresa deberá otorgarles todas las facilidades para que puedan funcionar en óptimas condiciones y con atribuciones de acuerdo al Decreto Supremo Nº 54, pero no se podrá crear Departamentos de Prevención de Riesgos en todas las faenas, pero si la Empresa se verá obligada a la creación de un Departamento de Prevención de Riesgos, que pueda asesorar las tres faenas dirigido por un Ingeniero en ejecución con directa relación con la seguridad e higiene del trabajo .
Análisis de infraestructura sanitaria básica.
Información Proyecto Condominio
Alto Tricahue Condominio
Floresta Clara Edificio Bajo
Sauce
Nº de Trabajadores 50 30 80
Genero de Trabajadores Hombres 48 30 76
Mujeres labor
administrativa 2 0 4
2.-Sobre las necesidades sanitarias básicas que deberían contar cada faena para sus trabajadores.
Todo lugar de trabajo debe disponer de servicios higiénicos para las personas. Estos elementos deberán cumplir ciertos requisitos:(Decreto Supremo 594).
a) Servicios higiénicos: en los lugares de trabajo se debe disponer de servicios higiénicos individuales o colectivos, equipados a lo menos con excusado y lavamanos. Los excusados deben disponerse independiente uno de otro, con puerta y con separaciones permanentes.
b) Agua potable: cuando los trabajadores desempeñen funciones que conlleven contacto y/o manipulación con sustancias tóxicas o que cause suciedad corporal a raíz del sudor o del polvo, entre otras; la empresa debe disponer de duchas
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