ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Proyecto sustitución


Enviado por   •  17 de Enero de 2012  •  648 Palabras (3 Páginas)  •  1.169 Visitas

Página 1 de 3

TEMA 11

LAS SUSTITUCIONES

1. CONCEPTO:

Aplica en aquellos casos en que el testador hace una invocación a un segundo heredero o legatario cuando el primer heredero no tenga efecto, el cual puede ser directo, indirecto u oblicuo

Consiste en el llamado que realiza el testador a un segundo legatario por falta de efecto del primer heredero ya sea en forma directa, indirecta u oblicuo

2. FUNDAMENTOS:

De acuerdo al Art. 959 del c.c., establece que “Puede sustituirse en primero o ulterior grado otra persona al heredero o al legatario para el caso en que uno de ellos no quiera o no pueda aceptar la herencia o legado. Se pueden sustituir varias personas a una o una en varias.”

De esta disposición se concluye lo siguiente:

• Es nula toda sustitución, una vez que es aceptada la herencia debido a que la misma es cedida por el aceptante a sus herederos legítimos o testamentarios.

• Para que el sustituto pueda recibir la herencia o legado se requiere que el instituido no quiera o no pueda aceptar la herencia.

• No es válida la sustitución si el sustituto premuere al testador, es decir, no es posible adquirir por testamento el que ha dejado de existir, mientras que si será válida cuando el sustituto sobrevive al testador pero muere antes que el instituido haya renunciado a la herencia.

• Se considera caduca la disposición testamentaria cuando la renuncia es hecha posteriormente por el instituido, por lo que el sustituto capacitado para suceder obtiene el derecho a la sucesión y lo trasmite a los herederos.

• Si el sustituto es designado al mismo tiempo como instituido no podrá adquirir por testamento a menos que renuncie a la misma sucesión que posteriormente aspira aceptar como sustituto, debido a que estaría renunciando a los todos derechos, incluyendo el derecho a la sustitución y por otro lado cuando el testador designa a la vez una misma persona (instituido y sustituto) no podrá sustituir al sustituto habiendo renunciado antes a la herencia.

3. CLASES DE SUSTITUCION:

a. Sustitución Vulgar: es aquella mediante la cual el testador sustituye al heredero o legatario cuando el primer heredero o quiera o no pueda aceptar la herencia.

o Se puede verificar la sustitución vulgar cuando el testador llama a otra persona en vez de primer instituido estando abierta la sucesión, en caso de que el primero no pueda o no quiera recibir la herencia, condicionado a que el instituido no llegue a ser heredero.

o Las normas que rigen la sustitución vulgar son:

- Es indispensable que el sustituido no quiera o no pueda, entendiéndose que no quiere quien renuncia y no puede cuando haya premuerto al testador o conmuerto con testador, o por estar ausente o ser incapaz. Solo puede ordenar la sustitución en el caso de renuencia

- Pueden nombrarse varios sustitutos para una sola

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (4 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com