Proyecto zona franca internacional del atlántico
Enviado por donaldopa • 24 de Febrero de 2014 • 9.143 Palabras (37 Páginas) • 460 Visitas
IDENTIFICACIÓN, VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL DEL DESARROLLO INDUSTRIAL DE LA ZONA FRANCA INTERNACIONAL DEL ATLÁNTICO (ZOFÍA) EN EL ÁREA RURAL DEL DEPARTAMENTO
WILVER RAFAEL FÁBREGAS NIETO
SERGIO LUIS FLOREZ SEÑA
JAINAR GÓMEZ PERALTA
JULIO CESAR PEÑA BILBAO
LAUDITH PAOLA PEREZ DÍAZ
CENITH ESTER RAMOS POLO
LIZETTE CAROLINA ROCA VEGA
EULALIA ROSADO JIMENEZ
ESPECIALIZACIÓN TÉCNICA EN EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
CENTRO PARA EL DESARROLLO AGROECOLÓGICO Y AGROINDUSTRIAL.
SENA - REGIONAL ATLÁNTICO
2012
1. GENERALIDADES
1.1 INTRODUCCIÓN
La Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) es el procedimiento técnico administrativo que sirve para identificar, prevenir e interpretar los impactos ambientales que producirá un proyecto en su entorno en caso de ser ejecutado. El proyecto zona franca internacional zofia es de tipo industrial se localiza en La finca denominada “San José 2” que se encuentra ubicada en la zona rural del Municipio de Galapa a 9.5 Km de las áreas portuarias y aeroportuarias de Barranquilla, sus coordenadas satelitales son 10º 55” 51,51” N y 74º 51”48,02” O. Se plantea la EIA con el fin de estimar los efectos que puede generar la elaboración de la Zona Franca Internacional durante su fase de construcción. Es necesario garantizar que la calidad del medio ambiente en el área de influencia del proyecto sea considerado durante la construcción del mismo. Para la recolección de datos se realizaron visitas en el área de desarrollo del proyecto por un mes con una frecuencia de 4 visitas, para la evaluación se aplicó la metodología de matriz de identificación de impactos y la matriz de Leopold magnitud-importancia para el procesamiento y el análisis de la información colectada. Debido a que en el departamento del Atlántico se vienen realizando varios proyectos tendientes al desarrollo industrial es viable adelantar un estudio de evaluación de impacto ambiental dirigido a empresas, institutos, personas jurídicas que con la ejecución de sus proyectos ocasionarían impactos ambientales.
1.2 OBJETIVOS
1.2.1 OBJETIVO GENERAL
Identificar, valorar y evaluar el impacto ambiental del desarrollo industrial de la zona franca internacional del atlántico (zofía) en el área rural del departamento.
1.2.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS
Elaborar un diagnóstico del área seleccionada aplicando las herramientas técnicas necesarias para el desarrollo del mismo.
Establecer el marco legal según la actividad, producto o servicio de acuerdo a la normatividad ambiental vigente.
Aplicar un método de evaluación, construyendo las respectivas matrices para evaluar el impacto ambiental del desarrollo industrial de la Zona Franca Internacional del Atlántico (Zofía) en el área rural del departamento.
Presentar un informe técnico, acompañado de un manual para la evaluación del impacto ambiental y un artículo para prensa de los resultados encontrados.
1.3 ANTECEDENTES
Entre los estudios realizados previos a la EIA, se elaboró una solicitud de permiso de adecuación y nivelación del terreno y ocupación de cauce, un inventario forestal con el propósito de obtener una Autorización de Aprovechamiento Forestal Único en bosque natural ubicado en terreno de dominio privado, este inventario forestal fue presentado ante la autoridad competente, la Corporación Autónoma Regional del Atlántico, para su aprobación. Además de la realización del seguimiento ambiental de la zona franca de bienes y servicios de Barranquilla S.A.
Se pretende canalizar el tramo de arroyo caña, en cumplimiento de la obligación impuesta mediante la resolución N° 349 de junio del 2008 que dice en el artículo 6 “La zona franca internacional permanente del Atlántico tiene la obligación de canalizar y estabilizar la parte de arroyo Caña que atraviesa el área donde se desarrolla el proyecto, desde el punto de entrada al lote hasta el punto de salida del mismo”.
La autorización de aprovechamiento forestal único se solicitó por parte de la Zona Franca permanente Internacional del Atlantico, para que le sea otorgada por el término de diez (10) años. Otro aspecto importante a considerar en las características de la autorización solicitada fue la relacionada con el cerramiento perimetral que debe tener el área destinada para la Zona Franca Permanente Internacional del Atlantico, tal como lo establece el régimen de zonas francas vigente en Colombia. En ese sentido, y tal como lo determina el decreto 383 de 2007, la Zona Franca Industrial de Bienes y de Servicios de Barranquilla S.A., debe: “para efectos del control de ingreso y salida de personas, vehículos y bienes de la zona franca, el área objeto de la declaratoria que mediante este documento se solicita será debidamente cerrada antes de la instalación de los nuevos usuarios de manera que todas las operaciones se efectúen por la puerta de acceso destinada específicamente para dicho fin. Las solicitudes de declaratoria de zonas francas se rigen por lo establecido en las siguientes normas (ver marco legal).
1.4 MARCO LEGAL
1.4.1 Normatividad para el establecimiento de Zonas Francas en Colombia.
Las solicitudes de Declaratoria de Zonas Francas se rigen por lo establecido en las siguientes normas:
• Ley 1004 del 30 de diciembre de 2005.
• Decreto 2685 del 28 de diciembre de 1999 y sus modificatorios:
Decreto 383 del 12 de febrero de 2007, Decreto 4051 del 23 de octubre de 2007, Decreto 780 del 13 de marzo de 2008, Decreto 1197 del 3 de Abril de 2009, Decreto 4285 del 4 de noviembre de 2009, Decreto 4584 del 24 de noviembre de 2009 y Decreto 1769 del 21 de mayo de 2010.
• Resolución 01 del 3 de diciembre de 2007, expedida por la Comisión Intersectorial de Zonas Francas.
• Resolución 5532 del 24 de junio de 2008 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
1.4.2 NORMATIVIDAD AMBIENTAL NACIONAL.
• Decreto 2811 de 1974. Código Nacional de los Recursos Naturales y de Protección del Medio Ambiente.
• Ley 99 de 1993. Crea el Ministerio del Medio Ambiente y organiza el Sistema Nacional Ambiental (SINA).
1.4.2.1 Aguas:
• Decreto 1594 de 1984. Sobre usos del agua y residuos líquidos. Decreto 2340/84 aclara decreto 1594/84.
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