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Enviado por   •  5 de Junio de 2013  •  2.324 Palabras (10 Páginas)  •  274 Visitas

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Los medios de comunicación y sus derechos

Como futuros comunicadores sociales debemos sabe que los medios de comunicación son los instrumentos mediante los cuales se informa y se comunica de manera masiva en la sociedad contemporánea. Por medio de ellos, los individuos, miembros naciones o comunidades específicas, se enteran de lo que sucede a nivel económico, político, social, etc., tanto en su contexto más inmediato como en el contexto global.

Por otro lado, los medios de comunicación son la representación física de la comunicación en nuestro mundo; es decir, son el canal mediante el cual la información se obtiene, se procesa y, finalmente, se materializa, se expresa y se comunica. Actualmente, las redes globales, nacionales y regionales de prensa, radio, televisión y medios virtuales, son las plataformas en las que se realiza esta materialización y se establece el vínculo directo con la sociedad.

A pesar de que a diario vemos, escuchamos, leemos y, en general, estamos en contacto con diversos medios de comunicación, es difícil establecer una sola definición que englobe toda su significación, pues esto implicaría dejar de lado varios conceptos y perspectivas valiosas.

Para algunos sectores de la sociedad contemporánea, los medios de comunicación son la manera más eficaz y rápida de transmitir un mensaje. Para otros, son un vehículo de manipulación social mediante el cual los diferentes poderes se hacen escuchar o imponen una sola visión de los problemas. Así también hay sectores de la sociedad que se acercan a los medios de comunicación en busca del reflejo de un momento específico, o como un medio en el que se manifiesta lo positivo y lo negativo de una situación o de un contexto histórico determinados.

Todo lo mencionado anteriormente, nos hace entrar a un tema de gran importancia como lo es el de los derechos de los medios de comunicación, que en este caso nos lo da la ley resorte que en su primer capítulo explica lo siguiente:

Artículo 1.

“Esta Ley tiene por objeto establecer, en la difusión y recepción de mensajes, la responsabilidad social de los prestadores de los servicios de radio y televisión, los anunciantes, los productores nacionales independientes y los usuarios y usuarias, para fomentar el equilibrio democrático entre sus deberes, derechos e intereses a los fines de promover la justicia social y de contribuir con la formación de la ciudadanía, la democracia, la paz, los derechos humanos, la cultura, la educación, la salud y el desarrollo social y económico de la Nación, de conformidad con las normas y principios constitucionales de la legislación para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes, la cultura, la educación, la seguridad social, la libre competencia y la Ley Orgánica de Telecomunicaciones. Las disposiciones de la presente Ley se aplican a toda imagen o sonido cuya difusión y recepción tengan lugar dentro del territorio de la República Bolivariana de Venezuela, y sea realizada a través de los servicios de radio o televisión públicos o privados siguientes:1. Servicios de radio: radiodifusión sonora en amplitud modulada (AM), radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM), radiodifusión sonora por onda corta, radiodifusión sonora comunitaria de servicio público, sin fines de lucro, y servicios de producción nacional audio, difundidos a través de un servicio de difusión por suscripción.2. Servicios de televisión: televisión UHF, televisión VHF, televisión comunitaria de servicio público, sin fines de lucro, y servicios de producción nacional audiovisual, difundidos a través de un servicio de difusión por suscripción.3. Servicios de difusión por suscripción. Quedan sujetas a esta Ley otras modalidades de servicios de difusión audiovisual y sonora que surjan como consecuencia del desarrollo de las telecomunicaciones a través de los instrumentos jurídicos que se estimen pertinentes.”

Un derecho que deberían tener todos los periodistas que laboran en los diferentes medios de difusión de información es el derecho a la libre democracia que de define como un tipo de gobierno que supone la participación directa o indirecta de la totalidad de los adultos que componen una sociedad. Así mismo, se entiende como un proceso histórico con fases de transición, consolidación y persistencia analíticamente distintas, aún si empíricamente son superpuestas.

Por tanto, la relación entre medios y la democracia consiste en que la información es la base de todo proceso democrático ya que todo proceso democrático es un proceso comunicativo", de ahí que existan intereses diversos en la posesión y ejecución de los medios, entre ellos el Estado, los mismos empresarios de los medios y en ocasiones, la sociedad organizada. Y es que la democracia es el resultado de procesos deliberativos y toda deliberación "supone la modificación endógena de las preferencias a través de la comunicación

En los regímenes autoritarios el tratamiento que se da a la información y a los propios medios es sistemáticamente de control, secrecía y un elaborado sistema de supervisión que marca las tendencias -o líneas- del contenido y programación de los medios. En dichos regímenes, el poder económico se encuentra concentrado en una minoría vinculada con las fuerzas políticas estatales, y como consecuencia, los medios "al hacer mancuerna con el poder público y el poder económico, han monopolizado el espacio público de intercomunicación e intercambio.

Por otra parte, los periodistas tienen otro derecho de gran importancia para la carrera como lo es la Libertad de expresión ya que os ciudadanos tienen el derecho a expresarse, sin correr peligro de sufrir castigos severos, en cuestiones políticas definidas con amplitud, incluida la crítica a los funcionarios públicos, el gobierno, el régimen, el sistema socioeconómico y la ideología prevaleciente.

La libertad de expresión que tendrá el periodista dependerá mucho del articulo N° 7 de la ley resorte, esto porque a pesar de que se tenga el derecho de expresarse libremente hay que cumplir con ciertos horarios para poder hacerlo.

Artículo 7

“A los efectos de esta Ley se establecen los siguientes tipos y bloques de horarios:

1. Horario todo usuario: es aquel durante el cual sólo se podrá difundir mensajes que puedan ser recibidos por todos los usuarios y usuarias, incluidos niños, niñas y adolescentes sin supervisión de sus madres, padres, representantes o responsables. Este horario está comprendido entre las siete antemeridiano y las siete postmeridiano.

2 Horario supervisado: es aquel durante el cual se podrá difundir mensajes que, de ser recibidos por niños, niñas y adolescentes, requieran de la supervisión de sus madres, padres,

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