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QUERELLA


Enviado por   •  22 de Abril de 2014  •  Tesis  •  2.152 Palabras (9 Páginas)  •  387 Visitas

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PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.

Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Desconcentradas.

Fiscalía Desconcentrada en Coyoacán.

Coordinación Territorial COY-5

Averiguación previa: FCY/COY-5/T3/0689/14-03

DELITO: DESPOJO

AMPLIACIÓN DE DECLARACIÓN

C. AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO

P R E S E N T E:

MARGARITA ELENA MAGAÑA SANCHEZ, promoviendo por mi propio derecho en calidad de querellante en la presente averiguación. Señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en Callejón de Neblina número uno colonia Jardines del pedregal código postal 01900 delegación Álvaro Obregón, México Distrito Federal, en calidad de coadyuvante en términos de lo establecido por la fracción II del apartado C del artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 9 y 9 Bis del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal nombrando como mis representantes legales y coadyuvantes para los efectos de que se impongan de la averiguación previa, reciban exhortos, copias certificadas y oficios a los CC. Miguel Ángel Álvarez Salgado y David Velázquez Torres ante Usted comparezco y expongo:

Que en relación al citatorio de fecha cinco de abril del presente año dos mil catorce y con fundamento en los artículos 8, 14, 16, 20 y 21 de la constitución, 9, 9 bis, y demás relativos del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal vengo a ampliar mi declaración de fecha cinco de abril del año en que se actúa en relación a los hechos que pueden ser constitutivos del delito que esta Representación Social determine, solicitando se castigue al responsable del hecho delictivo que resulte y se me restituya en reparación del daño en relación a lo siguiente:

Con fundamento en los artículos 276 párrafo primero y segundo, parte segunda y 280 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, bajo protesta de decir la verdad y apercibida de que el artículo 311 del Código penal para el Distrito Federal, impone sanción de dos a seis años de prisión y de cien a trescientos días de multa al que faltare a la verdad al declarar ante autoridad en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas amplio mi querella en los siguientes términos:

1. Que como ha quedado asentado en la declaración que antecede, la suscrita ciudadana mexicana, nacida en el estado de Mérida Yucatán, de setenta y ocho años cumplidos de edad de nombre Margarita Sánchez Magaña, estado civil casada, de ocupación actual dedicada al hogar en calidad de jubilada con grado de escolaridad a nivel maestría, profeso la religión Brama Kumari y tengo mi domicilio particular el ubicado en Calle “S” número 362, en la Unidad Habitacional Alianza Popular Revolucionaria, código postal 04800, delegación Coyoacán Distrito Federal y mi teléfono local es el siguiente; (55) 56842433.

2. La suscrita es propietaria de la unidad privativa número dos, del edificio treinta y seis, del andador o calle “S”, del Régimen de Propiedad en Condominio número cincuenta y ocho, del conjunto habitacional Alianza Popular Revolucionaria o también denominado “Margarita Maza de Juárez”, delegación de Coyoacán Distrito Federal, así como el derecho al uso de un cajón de estacionamiento, identificado con el mismo número, con todo cuanto le toca o corresponde, tal como lo acredito con mi título de propiedad consistente en el testimonio de la escritura número mil cuatrocientos nueve, tirada ante la fe del notario público número ciento cincuenta y tres, licenciado Jorge A. Sánchez Cordero, la cual exhibo en original y copia simple ante esta Representación para que previo cotejo y certificación que obre en los autos de la averiguación en que se actúa, la primera me sea devuelta por serme útil para diversos efectos.

3. Que durante los últimos treinta y ocho años me he conducido y he usado y tenido posesión sobre el cajón de estacionamiento que me corresponde de conformidad con el título que se exhibe, utilizándolo efectivamente para el aparcamiento de mi vehículo, de manera continua, pacifica y en calidad de dueña. He ejercitado durante los últimos aproximadamente treinta y ocho años, circunstancia que puede ser verificable por el testimonio que rindan los diversos vecinos de la unidad habitacional mencionada, hechos que les constan a la C. Griselda Padilla Sánchez con domicilio en calle “U”, número cincuenta, Unidad Habitacional Alianza Popular Revolucionaria, delegación Coyoacán en México Distrito Federal y a la C. María de Lourdes Hernández Anaya, con domicilio en calle “S” edificio 35 departamento 22 de la misma Unidad Habitacional Alianza Popular Revolucionaria, delegación Coyoacán México Distrito Federal, personas que pueden ser citadas a comparecer ante esta H. Representación Social para el efecto de que rindan su testimonio respectivo sobre los hechos posiblemente constitutivos de delito que se querellan por esta parte quejosa .

4. El día miércoles dos de abril del año en curso aproximadamente a las diez de la mañana, encontrándome en las inmediaciones de la unidad habitacional Alianza Popular Revolucionaria justamente al pasar cerca del cajón de estacionamiento que me corresponde me percaté de que el cajón de estacionamiento se encontraba obstruido por diversos materiales de construcción, como lo son arena, tabique y grava, lo cual me impedía estacionar mi vehículo como lo acostumbro al ser mi derecho real de uso, en el lugar de los hechos circunstancia de la cual se percataron los diversos vecinos de la unidad habitacional de quienes me encuentro recabando nombres y domicilios al efecto de ofrecer su testimonio.

5. En el lugar de los hechos se encontraban aproximadamente cinco sujetos del sexo masculino quienes ejercitaban trabajos de albañilería en el inmueble que se encuentra justamente enfrente de mi cajón de estacionamiento, motivo por el cual solicite a uno de los trabajadores descritos, que retirara el material que impedía el acceso a mi vehículo, ya que en ningún momento me habían solicitado autorización de ninguna clase para invadirlo con dichos materiales de construcción, y esta persona se negó rotundamente a hacerlo argumentando “que sólo cumplían órdenes”, pero sin proporcionarme nombre ni dato de localización de la persona o personas que le dictaban dichas órdenes y así continuaron obstruyendo continuamente mi cajón de estacionamiento, privándome del derecho real de uso que me corresponde por derecho tal y como lo acredito con el testimonio de la escritura que exhibo, el cual se tiene por inserto en obvio de repeticiones como si a la letra se insertare.

6. Es

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