Queja A La Suprema
Enviado por maryeri2 • 15 de Mayo de 2015 • 610 Palabras (3 Páginas) • 173 Visitas
Resolución Nro. 20
Arequipa, dos mil once, abril doce.-
VISTOS: El escrito de recurso de apelación interpuesto por Mauricio Ponce Núñez; y;
CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Antecedentes:
1.1. Mediante resolución de fecha veintinueve de marzo del año en curso se declaró improcedente la nulidad planteada por Mauricio Ponce Núñez, señalándose que no existía en el presente proceso inobservancia de derechos y garantías previstos en la Constitución.
1.2. El sentenciado Mauricio Ponce Núñez, contra la resolución antes mencionada, interpone recurso de apelación, solicitando que el superior anule la resolución impugnada y ordene emitir por el A quo una de acuerdo a ley y con sujeción al debido proceso, señalando como agravio que se está atentando contra su derecho de que el magistrado corrija el error material en que ha incurrido, además de no haberse podido revisar la sentencia que era objeto del recurso de apelación interpuesto en primera instancia..
SEGUNDO.- Marco Normativo:
2.1. Artículo 26 del Código Procesal Penal establece que: “Compete a la Sala Penal de la Corte Suprema: 1. Conocer del recurso de casación interpuesto contra las sentencias y autos expedidos en segunda instancia por las Salas Penales de las Cortes Superiores, en los casos previstos por la Ley…”.
2.2. El artículo 416 del Código Procesal Penal señala las resoluciones apelables y exigencia formal.- 1. El recurso de apelación procederá contra: a) Las sentencias; b) Los autos de sobreseimiento y los que resuelvan cuestiones previas, cuestiones prejudiciales y excepciones, o que declaren extinguida la acción penal o pongan fin al procedimiento o la instancia; c) Los autos que revoquen la condena condicional, la reserva del fallo condenatorio o la conversión de la pena; d) Los autos que se pronuncien sobre la constitución de las partes y sobre aplicación de medidas coercitivas o de cesación de la prisión preventiva; e) Los autos expresamente declarados apelables o que causen gravamen irreparable.
2.3. El artículo 417 del Código Procesal Penal señala la competencia para conocer el recurso de apelación 1. Contra las decisiones emitidas por el Juez de la Investigación Preparatoria, así como contra las expedidas por el Juzgado Penal, unipersonal o colegiado, conoce el recurso la Sala Penal Superior. 2. Contra las sentencias emitidas por el Juzgado de Paz Letrado, conoce del recurso el Juzgado Penal unipersonal
2.4. El Artículo 419 del Código Procesal Penal establece que: La apelación atribuye a la Sala Penal Superior, dentro de los límites de la pretensión impugnatoria, examinar la resolución recurrida tanto en la declaración de hechos cuanto en la aplicación del derecho.
TERCERO.- Análisis Jurídico Fáctico:
3.1. El apelante en su recurso solicita a la Sala Penal
...